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SESION EN 20 DE OCTUBRE DE 1842
  1. Conceder licencia al señor Rozas Urrutía para ausentarse de la capital.
  2. Oficiar a los Diputados que se han ausentado de la capital para que vengan a las sesiones estraordinarias.

ACTA

SESION DE 20 DE OCTUBRE DE 1842

Se abrió con los señores Bernales, Bezanilla, Carvallo, Cobo, Correa don Luis, Dávila, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Guzman don José Pedro, Iñiguez don Vicente, Irarrázaval, López, Meneses, Palacios don Juan José, Palacios don Juan Manuel, Palazuelos, Prieto, Reyes don José, Renjifo, Rozas Urrutia, Sánchez, Seco, Tocornal Grez, Várgas, Velásquez, Vergara, Vial don Ramon, Vicuña, Vidal i Aristegui.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron dos oficios del Senado anunciando su conformidad con la modificación acordada por esta Cámara en el proyecto de lei para aumentar la renta del M. R. Arzobispo, i haber determinado cerrar sus sesiones ordinarias en el discurso de este dia, i se mandaron archivar.

Asimismo se leyó otro del Presidente de la República, por el que convoca estraordinariamente al Coongreso desde el dia 21 del corriente.

Luego se sometieron a discusion las reformas hechas por el Senado a los artículos 1.° i 5.° del proyecto de leí scbre guaneras que sancionó esta Cámara i fueron admitidas, quedando dichos artículos como sigue:

Artículo primero. Se declaran de propiedad nacional las guaneras que existen en las costas de la provincia de Coquimbo en el litoral del desierto de Atacarna i en las islas e islotes adyacentes.

Los individuos que ántés del 1.° de Abril del presente año hubieren de buena fe preparado cargamento de guano en las costas de la República, haciendo para ello gastos efectivos, podrán embarcar hasta el 1.° de Enero de 1843, con permiso especial del Gobierno, dichos cargamentos, sin pagar de contado a la Aduana el derecho que el Gobierno señalare por cada quintal que se estrajese.

En seguida se tomaron en consideracion las solicitudes de don Antonio Baeza i doña Matilde Samaniego, i conformándose la Sala con los informes de las comisiones respectivas, se acordaron los proyectos de decretos siguientes:

Artículo único. Se concede al maettro mayor de montaje, don Antonio Baeza, la cantida de $ 1,500 del tesoro público, por una sola vez en compensacion de los servicios que ha prestado a la Nacion.

Artículo único. Se concede a la señora doña Matilde Samaniego una pension de $ 17 mensuales que gozará durante su vida.

Por último, se concedió permiso al señor Rozas Urrutia para ausentarse de la capital, con lo que se levantó la sesion, despues de haber ordenado el señor Presidente se oficie a los Diputados que se hallan fuera de la ciudad para que concurran a las estraordinarias. —García Huidobro. —José Miguel Aristegui, Diputado-Secretario.


ANEXOS

Núm. 311

No habiendo alcanzado el Congreso a resolver en el período de sus sesiones ordinarias prorogadas hasta hoi los diversos e importantes asuntos sometidos a su deliberacion que se hallan pendientes en ámbas Cámaras, i siendo el despacho de estos asuntos imperiosamente reclamado por las exijencias del servicio público i por la conservacion del órden co istitucional, he resuelto, de acuerdo con el Consejo de Estado i en uso de la facultad que me confiere la parte 5.ª del artículo 82 de nuestra Carta, convocar a las Cámaras Lejislativas a sesiones estraordinarias desde el dia de mañana, a fin de que se sirvan considerar i resolver:

La aprobacion de las cuentas de gastos nacionales del año anterior, i de los presupuestos para el de 43 inmediato i sus incidentes.

La designacion de la fuerza permanente para el mismo año.

La reforma de la lei jeneral de elecciones.

La lei del Réjimen Interior.

La aprobacion de la transacción celebrada con el Encargado de Negocios de los Estados Unidos sobre la presa del bergantin Macedonia.

La lei de caminos, canales, puentes i calzadas.

La lei sobre pesos i medidas.

La de impuesto sobre el ganado en el matadero de la Serena.

La de impuesto sobre los ómnibus que trafican en Valparaiso.

La declaratoria sobre le lei de alcabalas.

La lei sobre nombramiento i dotacion de los jueces.

La de visita judicial

La de establecimiento de Universidad.

La relativa a las canonjías que deben establecerse en la Catedral de la Serena.