Página:Sintaxis castellana.djvu/150

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buirlo a su desidia (G.. DE DIGO, $ 219 3.) Quería marchar, pero tuve que retrasarlo. (IB)

£g] Puede suceder, y es frecuente en los clásicos, que se reproduzca en plural una palabra expresada en otra parte en singular.

Esto sucede, en primer término, con los colectivos in- determinados. Ejemplos: Al ruido acudió toda la gente de la venta, y entre ellos el ventero, (CERVANTES, Q. I, 3.) De vos- otros, soez y baja canalla, no hago caso alguno, (fo. I, 3.) Esta gente, aunque OS llevan van de por fuerza. (Ío. l, 22.) Deteneos, esperad turba alegre y regocijada, que OS quiero dar a entender... (Io. Il, t1.) Fácilmente, Señor, conocerá V, Majestad esta gente en el ejercicio: y lo que más ayuda a conocerlos, es el estar bien acre- ditado el nombre de ladrón. (QUEVEDO, O. I, 185 )

También se oriyina la expresada silepsis cuando repro- ducimos en plural y mediante un pronombre «una idea que ha sido antes expresada en singular: El portuyués había teni- do razón de alabar el epitafio; en el escribir los cuales tiene gran primor la nación portuguesa. (CERVANTES ) Andaba el asturia- no comprando el asno donde los vendían. ÍD.» (BELLO, G.$ 822.)

b. Pronombres relativos

1] El relativo gue, concuerda con su antecedente en género y número, pero el caso lo fija la función sintáctica desempeñada en la oración subordinada que encabeza. Claro está que cuanto se dice aquí de género, número y caso, se refiere a la idea de dichos acciden- tes, por ser invariable el relativo gue.

Véanse algunos ejemplos donde se evidencia que el caso del relativo gue no depende del caso de su antecedente, y téngase muy en cuenta esta circuns- tancia en el análisis sintáctico : Este es el criado (nom.)