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28 POLÍTICA DOMÉSTICA

Además de estas razones generales, las hay par- ticulares en pro de la autoridad en la familia.

Una sociedad puede componerse de personas que, consideradas en general, sean iguales entre si; pero la familia se compone de dos grupos necesariamen- te desiguaIes: por una parte los padres, y por otra los hijos. Por mucho que se aspire á la igualdad humana, no es razonable pretender que debe haber igualdad de voluntades en estos dos grupos de indi- viduos.

Es evidente también que cuando los hijos no pue- den alimentarse ni instruirse independientemente, y mientras que, por inexperiencia, no están en apti- tud de dirigir sus propias acciones, deben ser ali- mentados y dirigidos por otros; pero ¿á quién com- pete este cargo sino á los que habiéndolos puesto en el mundo, tienen la obligación de criarlos y edu- carlos?

Como padres, su autoridad es una, igual, solidaria: el hijo debe obedecer igualmente á su padre y á su madre, sin discutir cuál de los dos poderes es supe- rior al otro; y que así suceda siempre dependerá de la prudencia de ellos.

Mas como en dos personas, por bien unidas que estén, no es posible que exista constante uniformidad de miras, de sentimientos, y de voluntades, es menes- ter una voz preponderante que decida, es menester