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La habia considerado bajo dos aspectos principales: el orográfico i el histórico.

En cuanto a la orografía, he estudiado la estructura íntima de la Cordillera, se puede decir, in loco, al pasar con Menendez por todo el ancho de ella i por dos cortes de tipo diverso, de modo que nos queda poco que agregar.

Mi teoría sobre la estructura de la Cordillera austral tiende a demostrar que la línea de frontera trazada por el señor perito Francisco P. Moreno es insostenible bajo el punto de vista orográfico.

De este modo mis deducciones podrán servir tal vez como corolario subsidiario al lado de la defensa concluyente del señor Barros Arana basada sobre el principio de la division de las aguas, es decir sobre el elemento hidrográfico que, aunque el verdadero i positivo, no es admitido por la interpretacion arjentina del Tratado. Los dos elementos, el hidrográfico i el orográfico, no se pueden separar con estrictez i se confunden en cierto modo. El señor Barros Arana se esmera sobre todo en demostrar la validez histórica del principio hidrográfico.

Me permito agregar en esta ocasion una cita poco conocida del señor Vicente G. Quesada, el autor mas caracterizado i el defensor mas celoso e los derechos de la Arjentina, como confirmacion de los alegatos del señor Perito de Chile i como prueba convincente, que el principio de la division de las aguas ha sido considerado válido en la República del Plata desde tiempo inmemorial. Dice: "Voi ahora a recordar que todo descubrimiento o esploracion en esas tierras interiores se hacia bajo la jurisdiccion i dentro del distrito del vireinato, cuyo límite occidental eran las cordilleras hasta sus cumbres. Entonces las autoridades de allende i aquende los Andes, tomaban el divortia aquarum (sic!) como el deslinde territorial, i asi lo observaron [1].

Difícilmente podrá haber un testimonio mas favorable a la interpretacion chilena del Tratado. Como el libro del señor Quesada se dió a luz en 1881, debemos suponer que el señor Quesada consideraba válido el principio, que invoca, al tiempo que se firmó el Tratado.

Habiendo dado bastante campo a la faz orográfica de la cuestion los comentarios que preceden, temo por consiguiente fastidiar al lector que no se interese especialmente por ella. He preferido recapitular por eso las conclusiones principales a que he arribado en un "Programa Orográfico" insertado en el "Apéndice" anexo a este libro, el cual se consultará con fruto por las personas que quisieran abordarla mas de cerca.

Nos resta todavía examinar la cuestion bajo el punto de vista jeneral, pasando a analizarla con respecto al papel indirecto de Menendez i a


  1. Vireinato del Rio de la Plata, Apuntamientos para servir en la Cuestion de Límites, Buenos Aires 1881 p. 209