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SIGUE NOTA (2) DE PAJ. 79, ESPOSICION OROGRÁFICA

    ria para el bienestar de las Repúblicas Sud-Americanas. Ojalá que la venerable sombra de Menendez, que invocamos aquí a última hora en el altar de la paz, logre convencer a nuestros contendores de allende de los Andes que sus pretensiones son infundadas, i conjurar de este modo la terrible conflagracion de que se hallan amenazados los dos paises o talvez todo el Continente!

    II
    un nuevo problema orográfico.

    Hemos hecho presente ya que estos derechos históricos podrian haber caducado en virtud de las disposiciones del tratado vijente de límites. Falta saber pues si éste i el protocolo de 1893 hayan establecido estipulaciones que contradigan de un modo terminante las bases sostenidas por Chile o sea el principio de la division de aguas.

    Hemos tratado de probar en nuestra "Orografia" [n 1] publicada en 1893, que esta línea forma el límite i que ella es idéntica a la línea culminante trazada segun las reglas de la orografía, por lo que no hai lugar a diverjencias. Segun nuestro humilde concepto la frontera marcada por las vertientes es intachable bajo este punto primordial de vista, es decir corresponde perfectamente a las disposiciones del Tratado.

    Pudiendo referirnos a ese testo, no habria necesidad de insistir sobre este particular, si no fuera que el exámen de nuestro cuadro oro-jeográfico de los viajes de Menendez revelara en esta parte de la Cordillera una estructura bastante complicada i en cierto modo escepcional, que ha sido considerada solo parcialmente en nuestro libro. Nos vemos por esta razon en la necesidad de analizarla con el fin de ver si obedece o no a las reglas jenerales establecidas en dicho testo. Aprovechamos pues la ocasion de hacerlo aquí.

    Resulta en primer lugar que la anchura de la pendiente occidental de la Cordillera es en esta latitud de 24 leguas en vez de 15 que le habíamos asignado como término medio i en vista de la que tiene en la latitud de Nahuelhuapi. Ateniéndonos a la autoridad de Moraleda[n 2], quien la estima en el Palena en 10 leguas i halla exajerado el cálculo de algunos que atribuian 30 leguas al Aysen, creíamos correcta nuestra avaluacion.

    En segundo lugar, segun ya lo manifestamos arriba, los rios Vodudahue i Reñihue no alcanzan la division de aguas, i el cordon, de que descienden, no es divisor de aguas, como creia Menendez i como lo hemos afirmado equivocadamente descansando en su autoridad [n 3]. Nuestra cita


  1. Introduccion a la Orografía i Jeolojía de la rejion austral, entrega primera. Valparaiso. Cárlos F. Niemeyer. Editor, 1893.
  2. l. c. p. 434
  3. Orografia p. 96.