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VIDA Y ESCRITOS DEL DR. RIZAL

liza como el pueblo chino, ó rompe la valla que le rodea, buscando el medio ambiente en que espera encontrar condiciones de vida y de libertad.» […] «Bastante hacía yo, puesto que no tocaba los bienes de aquellas Órdenes, y eso que conozco de dónde proceden, como conozco los derechos que á ellos pudiera alegar el Estado»…

Rizal, que se hallaba en Madrid, no asistió á ese banquete. ¿Por qué? Sin duda, su pesimismo se había acentuado. Sus secuaces de Calamba, cada vez más perseguidos; y aquí, en España, de Ministro de Ultramar, Fabié, en íntima comunión de ideas con el P. Nozaleda, un dominico máximo, uno de los amos de Calamba, que al volver á Manila para posesionarse del Arzobispado, llevóse en el bolsillo una Real orden mediante la cual podían los frailes enajenar sus bienes[1]… Es verdad que Rizal había tratado á algunos españoles que le daban la razón… Pero, según dijo hallándose en capilla:


  1. Esta famosa Real orden dióse poco menos que de tapadillo: Fabié no la publicó en la Gaceta de Madrid ni consintió que se publicara en la Gaceta de Manila. ¡Dió mucho que hablar aquella disposición, fechada el 4 de Diciembre de 1890!… El senador D. Manuel Merelo interpeló al Ministro de Ultramar, Sr. Fabié, en la sesión de 11 de Mayo de 1891; y decía el interpelante:
    …«ese expediente no abulta más que este pequeño número de pliegos que tengo en la mano; como que no contiene más que tres documentos: una instancia del señor Arzobispo de Manila, de 16 de Agosto de 1890, si no recuerdo mal; una nota del Negociado de asuntos eclesiásticos del Ministerio de Ultramar, con cuya nota aparece conforme la Dirección correspondiente de aquel Departamento, y la Real orden á que, antes me he referido…
    »Este asunto, señores Senadores, tiene una filiación bastante antigua. Arranca de hace algunos años; arranca allá desde Febrero de 1877, es decir, hace catorce años, en cuya fecha los señores Procuradores de las comunidades religiosas de Filipinas,… se dirigían al señor Ministro de Ultramar rogándole, entre algún otro particular que no hace al caso, que derogase las reales órdenes… de 17 Junio 1834 y 14 Octubre 1849. El que era á la sazón Ministro de Ultramar… accediendo á algo de lo que en ella se solicitaba, creyó que, por lo que respecta á la derogación de estas reales órdenes, debía buscar el consejo de más señores…
    »En efecto, en Abril del mismo año del 77 pedía informe sobre la exposición que se le había dirigido al Gobernador general… de Filipinas, mandándole que oyera y consultara al Consejo de Administración y á la Audiencia. El Gobernador general… consultó… además al Arzobispo… y al Director de Hacienda del Gobierno general.
    »Evacuados los informes,… todos conformes en reconocer la conveniencia de la derogación solicitada… pero manifestando todos muy especialmente que era dejando á salvo, dejando incólume la prerrogativa que correspondía al Real patronato de la Corona.
    »El Gobernador general devolvió el expediente, informando por su parte en términos análogos. Y recibido en el Ministerio de Ultramar, el Ministro, a pesar de la unanimidad, o casi, de pareceres,… consultó al Consejo de Estado.» — En Octubre del 77 se paso el expediente al Consejo para que informara en pleno, como lo hizo, en efecto, en contra de las aspiraciones de los frailes filipinos.