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W. E. RETANA

que Blanco, y quien dice Blanco dice cualquier otro, fuese más ó menos campechano, más o menos benévolo, más o menos demócrata? Lo que importaba era tener libertad de imprenta y de asociación y representantes en el Parlamento; lo que importaba, en una palabra, era tener derechos políticos, y éstos no parecían por ninguna parte. Era, pues, necesario continuar trabajando en la sombra, muy en la sombra; porque ¡ay! estaban demasiado recientes los golpes sufridos. Tras de Rizal habían ido á la deportación, ó experimentado dolorosas deposiciones, algunos calificados filipinos, sólo por el hecho de aspirar á ser verdaderos ciudadanos. En efecto, el general Despujol, «haciendo uso de las facultades de que se halla investido, y atendiendo á razones de índole esencialmente política y gubernamental», había tenido á bien disponer, por su decreto de 13 de Septiembre de 1892, «la destitución de D. Manuel Argüelles, del cargo de Auxiliar de Fomento de la provincia de Batangas; la de D. Pedro Serrano, del de Maestro de instrucción primaria de la segunda escuela municipal de Binondo; la de D. Antonio Consunji y D. Ruperto Laxamana, de los cargos de Gobernadorcillo de San Fernando y Teniente primero de México, respectivamente, en la Pampanga, y el cambio de residencia de los vecinos de Manila D. Doroteo Cortés y D. Ambrosio Salvador; del de la Pampanga, D. Mariano Alejandrino; del de Bulacán, D. Antonio Rojas; del de Batangas, D. León Apacible; del de Cavite, D. José Basa, y del de la Laguna, D. Vicente Reyes»[1]. Es decir, que aun destinos que, como el de D. Pedro Serrano, se tenían en propiedad, el Gobernador general podía, «haciendo uso de sus facultades», quitárselo al propietario; como podía, en virtud de las mismas «facultades», disponer el «cambio de residencia» (léase destierro) del sujeto que no fuera de su devoción, así no hubiera contra éste el menor testimonio de que era merecedor de tan molesto y degradante castigo.

El Código penal, como Rizal había ya pronosticado á raíz de la implantación del mismo, no servía para nada. Una denuncia hecha por cualquier miserable, un informe reservado, ó algo así, motivaban esas iniquidades que se llamaron «expedientes gubernativos», y el Gobernador general, ¿qué había de hacer? Poner el conforme á lo que le proponían. Ocasión tendrá el lector de conocer «expediente gubernativo» de Rizal: si tratándose del primer hombre del país, en ese expediente se acumulan las más monstruosas inexactitudes, ¿qué no se haría en los expedientes de otros que, por no tener la personalidad de Rizal, no requerían tantos cuidados? — ¡Y así se gobernaba en las Islas Filipinas! ¿Qué mucho que hubiera desesperados? ¿Qué mucho


  1. Gaceta de Manila del día 20 de Septiembre de 1892.