Página:Vida y escritos del Dr. José Rizal, por Wenceslao Retana.pdf/408

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido corregida
388
W. E. RETANA

demnización la cantidad de veinte mil pesos; todo con arreglo á los artículos 11, 53, 63, 80, 89, 119, 188, núm. 2, 189, núm. 1, 229, número 1, 230 y demás de general aplicación del Código penal vigente en este Archipiélago.

»Vais á decidir, desempeñando la augusta misión de jueces, acerca de la futura suerte de D. José Rizal; pero tened presente en esos solemnes momentos que os piden justicia las muchas víctimas que con motivo del actual movimiento insurreccional, duermen el sueño eterno en esta tierra que siempre ha de ser española[1]; que asimismo os piden justicia esas esposas é hijas de pundonorosos oficiales villanamente ultrajadas por una muchedumbre desenfrenada y cruel; que os piden justicia millares de madres que con el llanto en los ojos y la angustia en el corazón siguen paso á paso las peripecias de esta campaña, pensando constantemente en sus hijos, que con la bravura propia del soldado español, luchan, sufriendo los rigores de un clima tropical y las asechanzas de una guerra traidora, por defender el honor y la integridad de la Patria, y por último, que os pide justicia el Fiscal, como representante de la Ley. —Manila, 21 de Diciembre de 1896. —Enrique de Alcocer y R. de Vaamonde

Rizal (el día en que se celebró el Consejo) oyó impávido la acusación; pero el último párrafo le inmutó. ¿Qué culpa tenía él de los rigores con que la guerra se hacía?

Por lo demás, y después de las breves notas con que hemos rebatido los principales conceptos del dictamen, sólo cabe añadir: ¡cuánto contribuyó este documento á que el odio de los filipinos á los españoles llegase al último extremo!…

Al día siguiente, 22 de Diciembre, la causa quedó en poder del defensor, D. Luis Taviel de Andrade, el cual se apresuró á estudiarla para emitir cuanto antes su dictamen. Rizal, estaba tan íntimamente persuadido de que no peligraba su vida, que ni aun después de conocer la acusación fiscal perdió un solo momento la serenidad. Su familia quería que el defensor se asesorase de un abogado. Es muy notable la siguiente esquela, á propósito del asunto[2]:

«Sr. D. Luis Taviel de Andrade.

»Mi muy estimado defensor: Es muy posible que mi Sra. hermana se presente en su casa de V. para hablarle de mi causa; y es muy posible también que en su ansia de verme libre, le pida á V. algo que


  1. Dejó de serlo, moralmente, el mismo día en que Rizal, fué fusilado; y en absoluto, á fines de 1898. —¡Á cuántas equivocaciones arrastra la retórica, Sr. Alcocer!
  2. Poseo el original, escrito con lápiz en la parte interior de un sobre previamente rasgado por los lados.