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W. E. RETANA

para venir libremente á Manila [tierra que no pisó], hallarse aquí cuando la sublevación estallara, y poder de esa manera ponerse á su frente desde luego!

»He aquí la razón de esa opinión tan abiertamente hostil á mi defendido. Los dignos señores jueces que me escuchan, antes de serlo, seguro estoy, segurísimo, de que participarían, como buenos españoles [chauvinistas], como participábamos todos, [¡qué hermosa confesión!; ¡qué ingenuidad tan honrada!], de aquellas prevenciones y prejuicios, y de que se habrán visto influidos por aquella opinión que todos formamos. [Todos los «buenos españoles», es decir, los buenos «chauvinistas».]

»¿Se borró todo ello, como se borra de un encerado lo escrito con tiza, al recibir sus nombramientos de Jueces, para dejar el campo libre á la imparcialidad y al reposo de ánimo y de juicio absolutamente necesarios para el desempeño de la sacratísima misión que tienen á su cargo? Yo así firmemente lo creo, y lo espero. Es más: así tiene que ser forzosamente para elevar el espíritu hasta las serenas regiones de la Justicia, que, como facultad emanada directamente del Dios de todo lo creado, ha de ejercitarse desprovista de todo mísero y mundanal ligamento.

»Sursum corda!, digamos, pues, repitiendo las sagradas palabras. ¡Elévense los corazones!, que es la vida de un hombre lo que va á decidirse; y esto logrado, colocados en los platillos de la balanza de la Justicia los cargos contra José Rizal y sus exculpaciones, sin acumular á los primeros, cual nueva espada de Breno, prejuicios no justificados, ni influencia de una opinión ordinariamente falible é incompleta, veremos que la balanza permanece en su fiel, y que, por lo tanto, y en estricta justicia, el fallo del Consejo ha de disentir en mucho de la opinión sustentada por el ilustrado representante del ministerio fiscal en este proceso.

»Considera este digno funcionario en su brillantísimo dictamen [plagado de inexactitudes] que mi defendido es autor de dos delitos; el de fundar asociaciones ilícitas y el de haber promovido la actual rebelión, siendo el primero medio necesario para realizar el segundo, y en su consecuencia, y por concurrir la agravante de raza y ninguna atenuante, pide que le sea aplicada la pena más grave que para dichos delitos se determina por la ley: la de muerte.

»Fundamentos de todo esto; en síntesis: que Rizal fundó la «Liga Filipina», según resulta del hecho, confesado por aquél, de haber sido él quien en 1891 redactó los Estatutos de la Sociedad; que el objeto de ésta era realizar la rebelión, según afiman varios co-procesados de Rizal; que los trabajos revolucionarios los dirigía éste, conforme ase-