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VIDA Y ESCRITOS DEL DR. RIZAL

obras y escritos pasados [en general, llenos de nobles advertencias á Los gobernantes, pues que en ellos sintetizaba las aspiraciones del pueblo filipino]; sus antecedentes [de espíritu recto, soñador, amante del bienestar de sus compatriotas]; lo que ya existía antes de producirse el actual levantamiento. ¿Y se hubiera determinado algún Tribunal, sin más datos de culpabilidad que esos antecedentes, á condenar á la pena de muerte á Rizal antes del 19 de Agosto [de 1896], antes de que los sucesos actuales se desarrollaran? Seguramente que no. Pues tampoco ahora puede en justicia hacerse, porque no hay otros méritos para ello que los que entonces existían. [Véase la nota 493.]

»De cuanto hoy ocurre, Rizal es en rigor irresponsable; porque ni ha dado su asentimiento para ello, ni con él contaron los rebeldes para realizarlo. No hay, pues, términos hábiles de hacer las declaraciones ni de aplicar las penas que en la acusación fiscal se piden. El fallo que procede, y que pido, debe ser en estricta justicia, absolutorio.

»El Consejo de guerra va á pronunciarlo dentro de breves momentos. Pero antes, séale permitido al defensor de Rizal dirigir á los dignos señores que le escuchan una excitación, opuesta en un todo á la que se contiene al final del dictamen del ilustrado representante del Ministerio público; necesita procurar á todo trance la destrucción del efecto que los elocuentísimos párrafos [impregnados de cursi patriotería] en que está redactado, haya podido producir.

»Para conseguir el fin á que aludía al comienzo de esta defensa, para descartar todo prejuicio, toda influencia, toda impresión que pueda desviar del camino recto de la justicia el ánimo y el criterio de los que hoy van á administrarla á mi defendido, preciso es desoir los conceptos [retóricos] que en aquella excitación de la acusación fiscal se contienen. Aparten, pues, de su vista imágenes de compañeros queridos muertos ó mutilados por ruines traidores; de nobles matronas é inocentes doncellas villanamente ultrajadas; de madres, esposas, hijas y hermanas que, con los ojos del alma puestos en los bravos que como valientes luchan y como valientes mueren por mantener inmaculada la honra de la gloriosa bandera de España, piden al Dios de Misericordia que los libre de los azares de la guerra y los vuelva sanos y salvos á sus brazos. No. Estas imágenes, en los momentos actuales, sólo pueden engendrar ideas de venganza; queden en las mentes de los que marchan al combate. Los jueces no pueden ser vengadores; los jueces no pueden ser más que justos. —He dicho.» [26 Diciembre 1896.]

Esta razonada y, en medio de su sencillez, brillante defensa, fué acogida por gran parte del público con cierta indiferencia. El prejuicio subsistía; la opinión de los patrioteros demandaba la sangre de