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Real cédula de 22 de Abril de 1577, dirigida a la Audiencia de Guatemala, sobre peticiones de los religiosos franciscanos y la creación de la alcaldía mayor de San Salvador

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Real cédula de 22 de Abril de 1577, dirigida a la Audiencia de Guatemala, sobre peticiones de los religiosos franciscanos y la creación de la alcaldía mayor de San Salvador (1577)
de Felipe II de España
La creación de alcaldía mayor de San Salvador (con la orden para que se nombrase a un alcalde o justicia mayor para el gobierno en conjunto de las provincias de San Salvador y San Miguel, entonces lideradas por los alcaldes ordinarios de sus respectivos ayuntamientos) fue debido a lo dicho por el oidor de la audiencia de Guatemala Diego García de Palacios en su Descripción de la Provincia de Guatemala de 1576.
El Rey. Presidente y Oidores de la nuestra Audiencia Real que reside en la Ciudad de Santiago de la provincia de Guatemala: Vuestra carta de 14 de Marzo del año pasado de 1566 se ha recibido y ha parecido bien la orden que decís se podría dar para que los Religiosos de la Orden de San Francisco fuesen proveídos de las medicinas necesarias con que de los sínodos que vacasen en esa provincia se depositasen doscientos pesos en nuestra real caja para que de ellos se hiciese una botica y se pusiese en el hospital Real de esa Ciudad y se le diesen las dichas medicinas a los Religiosos, y también las hubiese para los pobres que allí se curasen, y para que esto pueda ser de efecto que se pretende proveeréis se haga como decís.
En cuanto a la limosna que los dichos religiosos suplican se les hiciese para ayuda a su sustentación y ornamentos, pues decís que con la que le mandamos hacer de vino y aceite y vestuarios y otras cosas, y el salario que por visitas les dan los encomenderos y otras limosnas que se les hacen se podrían sustentar, no se tratará de ello por ahora, y así se lo podéis decir.
Y en lo que os enviamos a mandar os informaseis de oficiales que lo entendiesen sobre el reparo que había menester la iglesia de San Francisco, pues decirles ha parecido que con la que tienen podrán pasar por ahora, por ser cómoda para la gente que hay en esa dicha Ciudad, y a vosotros os parecía lo mismo, no habrá que tratar de esto hasta que se entienda convenir otra cosa.
Para que se excusen los inconvenientes que referís se siguen de que los oficiales de nuestra Real Hacienda no paguen los cincuenta mil maravedís que se acostumbra dar a cada sacerdote que tuviere Doctrina de indios en esa provincia, se os envíen las Cédulas que hemos mandado dar en esta conformidad para la de Chiapas, Suchitepéquez y Honduras, haréis que se guarden y cumplan en el distrito de ese obispado como si se hubiesen dado para él.
En lo que decís que hasta ahora se ha pagado de mi Real Hacienda a los Religiosos de las Ordenes de San Francisco y Santo Domingo el vino y aceite que se les acostumbra dar, y que demás de esto de tres años a esta parte los Frailes Dominicos han pedido se les pague la limosna que de ordinario se suele dar a los clérigos que administran los sacramentos a los indios en sus partidos, y que habíais mandado a los encomenderos en cuyo pueblo doctrinasen le pagasen lo susodicho, y que lo mismo se hiciese en los pueblos que están en nuestra corona; porque ha parecido cosa nueva, luego que recibáis ésta, nos daréis aviso de lo que en esto se ha usado hasta ahora y la causa que estuvisteis para hacer esta novedad.
Decís que entre los lugares que el año de 1575 visitasteis vos el Licenciado [Diego García de] Palacios visteis la Ciudad de San Salvador y su término, de la Villa de San Miguel, y que parece que para que los indios de aquellas ciudades no se consuman y sean amparados y defendidos en justicia, y se estorben las extorsiones y molestias que suelen recibir, convendría proveer Justicia Mayor en sus términos, visto lo demás que referís y las causas susodichas, pues os parece que esto es tan importante, vos el nuestro Presidente proveeréis persona que la convenga y con moderado salario para que Justicia Mayor en los dichos pueblos, y todos tenéis de cuenta de nos avisar como sucede.
De Madrid a 22 de Abril de 1577 años. Yo el Rey. Refrendada de Antonio de Eraso y señalada de los Licenciados Otalora, Espadero, Zúñiga, López y el Doctor Santillán.

Referencia de archivo

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  • A.G.I., Audiencia de Guatemala, legajo 386, libro 2, fol. 63.