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Resolución 135 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 135 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 863.ª sesión, celebrada el 27 de mayo de 1960 de 1960.
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 metadatos.
135 (1960). Resolución de 27 de mayo de 1960
[S/4328]

El Consejo de Seguridad,

Consciente de su responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales,

Observando con pesar que no se han confirmado las esperanzas que había puesto el mundo en el feliz resultado de una reunión de los Jefes de Gobierno de los Estados Unidos de América, Francia, el Reino Unido y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas,

Considerando que ello ha causado gran decepción y preocupación en la opinión pública mundial,

Considerando también que la situación resultante podría hacer que aumentase la tirantez internacional, lo que podría poner en peligro la paz y la seguridad,

Convencido de la necesidad de hacer cuanto sea posible para restablecer y consolidar la buena voluntad y la confianza internacionales, basadas en los principios establecidos del derecho internacional,

Consciente en especial del creciente peligro que encierra la continuación de la carrera de armamentos,

  1. Recomienda a los gobiernos interesados que traten de solucionar los actuales problemas internacionales mediante negociaciones u otros medios pacíficos, conforme a la Carta de las Naciones Unidas;
  2. Pide a los gobiernos de todos los Estados Miembros que en sus relaciones internacionales se abstengan de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza; que respeten recíprocamente su soberanía, su integridad territorial y su independencia política, y que no tomen ninguna medida que pueda hacer que aumente la tirantez;
  3. Pide a los gobiernos interesados que prosigan sus esfuerzos para resolver constructivamente la cuestión del desarme general y completo bajo un control internacional eficaz, de conformidad con la resolución 1378 (XIV) de la Asamblea General, así como para lograr la suspensión de todos los ensayos de armas nucleares bajo un sistema de control internacional adecuado, y también que continúen sus negociaciones sobre las medidas para prevenir la posibilidad de ataque por sorpresa, incluso medidas técnicas, como ha recomendado la Asamblea General;
  4. Exhorta a los Gobiernos de los Estados Unidos de América, Francia, el Reino Unido y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas a que reanuden sus conversaciones lo antes posible y a que acepten la asistencia que a tal fin puedan prestar el Consejo de Seguridad y otros órganos competentes de las Naciones Unidas.
Aprobada en la 863a. sesión por 9 votos contra ninguno y 2 abstenciones (Polonia, Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas).

Este trabajo está extraído de un documento oficial de las Naciones Unidas. La política de esta organización es mantener la mayor parte de sus documentos en el dominio público con el fin de difundir «lo más ampliamente posible las ideas contenidas en las publicaciones de las Naciones Unidas». De conformidad con la Instrucción Administrativa ST/AI/189/Add.9/Rev.2 de la ONU disponible en inglés únicamente, estos documentos están bajo dominio público en todo el mundo:

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