Ir al contenido

Resolución 190 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

De Wikisource, la biblioteca libre.
Resolución 190 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 1128.ª sesión, celebrada el 9 de junio de 1964.

190 (1964). Resolución de 9 de junio de 1964

[S/5761]

El Consejo de Seguridad,

Recordando la resolución 1881 (XVIII) de la Asamblea General, de 11 de octubre de 1963, que condena al Gobierno de la República de Sudáfrica por el incumplimiento de las reiteradas resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad y le pide que renuncie al proceso arbitrario que está incoando y ponga en libertad, inmediata e incondicionalmente, a todos los presos políticos y a todas las personas encarceladas, internadas o sometidas a otras restricciones por haberse opuesto a la política de apartheid,

Recordando asimismo que el Consejo de Seguridad, en sus resoluciones 181 (1963) de 7 de agosto de 1963 y 182 (1963) de 4 de diciembre de 1963, exhortó al Gobierno de Sudáfrica a que pusiese en libertad a todas las personas encarceladas, internadas o sometidas a otras restricciones por haberse opuesto a la política de apartheid,

Observando con gran preocupación que se ha reanudado el proceso arbitrario de Rivonia incoado contra los dirigentes del movimiento de oposición al apartheid, y que el veredicto inminente que se ha de dictar en virtud de leyes arbitrarias que imponen largos períodos de prisión y la sentencia de muerte puede tener consecuencias muy graves,

Observando con pesar que el Gobierno de Sudáfrica ha rechazado el llamamiento del Secretario General de 27 de marzo de 1964,

1. Encarece al Gobierno de Sudáfrica que:

a) Renuncie a la ejecución de las personas sentenciadas a muerte por actos motivados por su oposición a la política de apartheid;
b) Ponga fin inmediatamente al proceso en curso, incoado en virtud de las leyes arbitrarias del apartheid;
c) Conceda una amnistía a todas las personas que se hallan ya en prisión, internadas o sometidas a otras restricciones por haberse opuesto a la política de apartheid, y especialmente a los acusados en el proceso de Rivonia;

2. Invita a todos los Estados a que ejerzan toda su influencia para inducir al Gobierno sudafricano a cumplir las disposiciones de esta resolución.

3. Invita al Secretario General a que siga de cerca el cumplimiento de la resolución y que informe al respecto al Consejo de Seguridad lo antes posible.

Aprobada en la 1128a. sesión por 7 votos contra ninguno y 4 abstenciones (Brasil, Estados Unidos de América, Francia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte).

Este trabajo está extraído de un documento oficial de las Naciones Unidas. La política de esta organización es mantener la mayor parte de sus documentos en el dominio público con el fin de difundir «lo más ampliamente posible las ideas contenidas en las publicaciones de las Naciones Unidas». De conformidad con la Instrucción Administrativa ST/AI/189/Add.9/Rev.2 de la ONU disponible en inglés únicamente, estos documentos están bajo dominio público en todo el mundo:

  1. Documentos oficiales;
  2. Documentos publicados por Naciones Unidas con símbolo ONU;
  3. Materiales de información pública diseñado principalmente para informar al público sobre las actividades de las Naciones Unidas (sin incluir material de información pública que se pone a la venta).