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Resolución 193 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 193 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 1143.ª sesión, celebrada el 9 de agosto de 1964.
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193 (1964). Resolución de 9 de agosto de 1964

[S/5868]

El Consejo de Seguridad,

Preocupado por el grave deterioro de la situación en Chipre,

Reafirmando sus resoluciones 186 (1964) de 4 de marzo de 1964, 187 (1964) de 13 de marzo de 1964 y 192 (1964) de 20 de junio de 1964,

Aguardando la presentación del informe del Secretario General sobre la situación,

1. Reafirma el llamamiento que el Presidente del Consejo acaba de dirigir a los Gobiernos de Turquía y Chipre, en la forma siguiente.

"El Consejo de Seguridad me ha autorizado a formular un llamamiento urgente al Gobierno de Turquía para que cese al instante el bombardeo y el empleo de fuerza militar de cualquier clase contra Chipre y al Gobierno de Chipre para que ordene a las fuerzas armadas bajo su control la inmediata cesación del fuego."

2. Insta a una inmediata cesación del fuego por todos los interesados;

3. Insta a todos los interesados a cooperar plenamente con el Comandante de la Fuerza de las Naciones Unidas encargado de mantener la paz en Chipre para restaurar la paz y la seguridad; y

4. Insta a todos los Estados a que se abstengan de todo acto que pueda agravar la situación o contribuir a que se extiendan las hostilidades.

Aprobada en la 1143a. sesión por 9 votos contra ninguno y 2 abstenciones (Checoslovaquia, Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas.

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