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Resolución 210 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 210 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 1238.ª sesión, celebrada el 6 de septiembre de 1965.
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Resolución 210 (1965) de 6 de septiembre de 1965

El Consejo de Seguridad,

Tomando nota del informe del Secretario General[1] sobre los nuevos acontecimientos ocurridos en la situación de Cachemira desde que el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 209 (1965), de 4 de septiembre de 1965, pidiendo la cesación del fuego,

Tomando nota con suma preocupación de que la lucha se ha extendido y que la gravedad de la situación ha aumentado inmesurablemente,

1. Insta a las partes a que cesen inmediatamente las hostilidades en toda la zona de conflicto y que retiren rápidamente todo el personal armado a las posiciones que ocupaban antes del 5 de agosto de 1965;

2. Pide al Secretario General que haga todo lo posible para poner en práctica esta resolución y la resolución 209 (1965), que tome todas las medidas posibles para reforzar el Grupo de Observadores de las Naciones Unidas para la India y el Paquistán y para mantener al Consejo, rápida y corrientemente, informado sobre la aplicación de las resoluciones y sobre la situación en la zona;

3. Decide mantener esta cuestión bajo constante y urgente estudio a fin de que el Consejo pueda determinar qué medidas adicionales pueden ser necesarias para asegurar la paz y la seguridad en esa zona.

Aprobada por unanimidad en la 1238a. sesión.

  1. Ibid., documento S/6661.

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