Resolución 221 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Resolución 221 (1966) de 9 de abril de 1966
El Consejo de Seguridad,
Recordando sus resoluciones 216 (1965) de 12 de noviembre y 217 (1965) de 20 de noviembre de 1965, y en particular su exhortación a todos los Estados a fin de que hicieran lo posible para romper sus relaciones económicas con Rhodesia del Sur, incluso establecer un embargo sobre el petróleo y sus productos,
Profundamente preocupado por las noticias de que podrían llegar a Rhodesia importantes suministros de petróleo como resultado del arribo a Beira de un barco petrolero y del acercamiento de otro petrolero, lo cual podría llevar a la reanudación del bombeo a través del oleoducto de la Companhia do Pipeline Moçambique Rodésias, con el asentimiento de las autoridades portuguesas,
Considerando que estos suministros proporcionarán gran ayuda y aliento al régimen ilegal de Rhodesia del Sur y por ende le permitirán prolongar su existencia,
1. Determina que la situación así provocada constituye una amenaza a la paz;
2. Pide al Gobierno de Portugal que no permita el bombeo de petróleo desde Beira a Rhodesia a través del oleoducto;
3. Pide al Gobierno de Portugal que no reciba en Beira el petróleo destinado a Rhodesia;
4. Pide a todos los Estados que tomen las providencias del caso para desviar cualquiera de sus naves de la que razonablemente se pueda pensar que transporta petróleo destinado a Rhodesia y navegue rumbo a Beira;
5. Pide al Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que impida, recurriendo a la fuerza si fuese necesario, la llegada a Beira de naves de las que razonablemente se pueda pensar que transportan petróleo destinado a Rhodesia, y autoriza al Gobierno del Reino Unido a detener y apresar el petrolero denominado Joanna V a su salida de Beira, en caso de que descargue petróleo en ese puerto.
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