Resolución 222 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Resolución 222 (1966) de 16 de junio de 1966
El Consejo de Seguridad,
Tomando nota de que en el informe del Secretario General de 10 de junio de 1966[1] se afirma que en las actuales circunstancias sigue siendo necesaria la Fuerza de las Naciones Unidas en Chipre si se quiere mantener la paz en la isla,
Tomando nota de que el Gobierno de Chipre ha convenido en que, en vista de las condiciones existentes en la isla, es necesario mantener en ella la Fuerza después del 26 de junio de 1966,
1. Reafirma sus resoluciones 186 (1964) de 4 de marzo, 187 (1964) de 13 de marzo, 192 (1964) de 20 de junio, 193 (1964) de 9 de agosto, 194 (1964) de 25 de septiembre y 198 (1964) de 18 de diciembre de 1964, 201 (1965) de 19 de marzo, 206 (1965) de 15 de junio, 207 (1965) de 10 de agosto, 219 (1965) de 17 de diciembre de 1965 y 220 (1966) de 16 de marzo de 1966, así como el consenso expresado por el Presidente en la 1143a. sesión celebrada el 11 de agosto de 1964.
2. Exhorta a las partes interesadas a que actúen con la mayor moderación y a que hagan decididos esfuerzos para alcanzar los objetivos del Consejo de Seguridad;
3. Prorroga, por un plazo de seis meses que expirará el 26 de diciembre de 1966, el estacionamiento de la Fuerza de las Naciones Unidas en Chipre creada por resolución 186 (1964) del Consejo de Seguridad, con la firme esperanza de que al terminar ese plazo se hayan realizado apreciables progresos hacia una solución a fin de que sea posible retirar o reducir sustancialmente la fuerza.
- ↑ Ibid., Suplemento de abril, mayo y junio de 1966, documentos S/7350 y Add.1.

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