Resolución 234 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
234 (1967). Resolución de 7 de junio de 1967
El Consejo de Seguridad,
Observando que, pese a su llamamiento a los gobiernos interesados para que, como primer paso, adopten sin demora todas las medidas para la cesación inmediata del fuego y de todas las actividades militares en el Cercano Oriente [resolución 233 (1967)], prosiguen las actividades bélicas en esa zona.
Preocupado porque la continuación de las actividades militares puede crear una situación aún más amenazadora en esa zona,
1. Insta a los gobiernos interesados a que, como primer paso, cesen el fuego y todas las actividades militares a las 20 horas del Meridiano de Greenwich del 7 de junio de 1967:
2. Pide al Secretario General que mantenga al Consejo al corriente de la situación y le informe rápidamente sobre cualquier acontecimiento.

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