Resolución 284 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Resolución 284 (1970) de 29 de julio de 1970
El Consejo de Seguridad,
Reafirmando la especial responsabilidad de las Naciones Unidas respecto del Territorio y el pueblo de Namibia,
Recordando su resolución 276 (1970) de 30 de enero de 1970 sobre la cuestión de Namibia,
Tomando nota del informe y las recomendaciones[1] presentadas por el Subcomité Especial establecido en cumplimiento de la resolución 276 (1970) del Consejo de Seguridad,
Tomando nota asimismo de la recomendación del Subcomité Especial sobre la posibilidad de solicitar una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia,
Considerando que una opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sería útil para el Consejo de Seguridad en su examen ulterior de la cuestion de Namibia y la promoción de los objetivos a que aspira el Consejo,
1. Decide formular, de conformidad con el párrafo 1 del Artículo 96 de la Carta de las Naciones Unidas, la siguiente consulta a la Corte Internacional de Justicia, solicitándole que emita una opinión consultiva que se habrá de transmitir al Consejo de Seguridad en fecha próxima:
- "¿Cuáles son las consecuencias jurídicas que tiene para los Estados la continuación de la presencia de Sudáfrica en Namibia, no obstante lo dispuesto en la resolución 276 (1970) del Consejo de Seguridad?";
2. Solicita al Secretario General que transmita la presente resolución a la Corte Internacional de Justicia, de conformidad con el Artículo 65 del Estatuto de la Corte, acompañada por todos los documentos que puedan arrojar luz sobre la cuestión.
- ↑ Ibid., documento S/9863.

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