Resolución 384 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Resolución 384 (1975) de 22 de diciembre de 1975
El Consejo de Seguridad,
Habiendo tomado nota del contenido de la carta del Representante Permanente de Portugal (S/11899),
Habiendo oído las declaraciones de los representantes de Portugal y de Indonesia,
Habiendo oído a representantes del pueblo de Timor Oriental,
Reconociendo el derecho inalienable del pueblo de Timor Oriental a la libre determinación y a la independencia de conformidad con los principios de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, contenida en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960,
Tomando nota de que en su resolución 3485 (XXX) de 12 de diciembre de 1975, la Asamblea General, entre otras cosas, pidió al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que enviara una misión investigadora a Timor Oriental,
Profundamente preocupado por el empeoramiento de la situación de Timor Oriental,
Profundamente preocupado también por las pérdidas de vidas, y consciente de la urgente necesidad de evitar nuevos derramamientos de sangre en Tímor Oriental,
Deplorando la intervención de las fuerzas armadas de Indonesia en Timor Oriental,
Lamentando que el Gobierno de Portugal no haya cumplido plenamente con las responsabilidades que le corresponden en virtud del Capítulo XI de la Carta como Potencia administradora del Territorio,
1. Insta a todos los Estados a que respeten la integridad territorial de Timor Oriental, así como el derecho inalienable de su pueblo a la libre determinación, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General;.
2. Insta al Gobierno de Indonesia a que retire sin dilación todas sus fuerzas del Territorio;
3. Insta al Gobierno de Portugal a que, en su carácter de Potencia administradora, coopere plenamente con las Naciones Unidas a fin de que el pueblo de Timor Oriental pueda ejercer libremente su derecho a la libre determinación;
4. Exhorta a todos los Estados y demás partes interesadas a que cooperen plenamente en los esfuerzos de las Naciones Unidas para lograr una solución pacífica a la situación actual y facilitar la descolonización del Territorio;
5. Pide al Secretario General que envíe cuanto antes un representante especial a Timor Oriental a fin de que efectúe una evaluación sobre el terreno de la situación actual y se ponga en contacto con todas las partes en el Territorio y con todos los Estados interesados con miras a asegurar el cumplimiento de la presente resolución;
6. Pide además al Secretario General que vele por el cumplimiento de la presente resolución y que, teniendo presente el informe de su representante especial, presente recomendaciones al Consejo de Seguridad a la brevedad posible;
7. Decide continuar ocupándose de la cuestión.
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