Resolución 53 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
53 (1943). Resolución de 7 de julio de 1948
El Consejo de Seguridad,
Tomando en consideración el telegrama del 5 de julio de 1948, enviado por el Mediador de las Naciones Unidas[1],
Dirige un llamamiento urgente a las partes interesadas para que acepten en principio la prolongación de la tregua durante el período que se decida en consultas con el Mediador.
- ↑ Ibid., Tercer Año, Suplemento de julio de 1948, documento S/865.

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