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Resolución 87 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 87 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 506.ª sesión, celebrada el 29 de septiembre de 1950.
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87 (1950). Resolución de 29 de septiembre de 1950
[S/1836]

El Consejo de Seguridad,

Considerando que le incumbe investigar toda situación que pueda producir un desacuerdo internacional o suscitar una controversia, a fin de determinar si la prolongación de esa controversia o de esa situación puede amenazar la paz y la seguridad internacionales, y establecer la existencia de cualquier amenaza contra la paz.

Considerando que en el caso de una denuncia respecto a situaciones o hechos similares a los mencionados, el Consejo puede escuchar a los querellantes,

Considerando que existen divergencias de opinión entre los miembros del Consejo con respecto a la representación de China y que, sin prejuzgar sobre esta cuestión, el Consejo puede, con arreglo al articulo 39 de su Reglamento, invitar al representante del Gobierno Popular Central de la República Popular de China a que le proporcione información o a que preste su concurso en el examen de esas cuestiones,

Tomando nota de la declaración de la República Popular de China con respecto a la invasión armada de la isla de Taiwán (Formosa),

Decide:

a) Diferir el estudio de esta cuestión hasta la primera sesión del Consejo que se celebre después del 15 de noviembre de 1950;

b) Invitar a un representante de dicho Gobierno para que asista a las sesiones del Consejo de Seguridad que se celebren después del 15 de noviembre de 1950 cuando se considere la declaración de dicho Gobierno concerniente a una invasión armada de la isla de Taiwán (Formosa).

Aprobada en la 506a. sesión por 7 votos contra 3 (China, Cuba, Estados Unidos de América) y 1 abstención (Egipto).

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