Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1823/Sesión del Congreso Constituyente, en 2 de setiembre de 1823
CONGRESO CONSTITUYENTE SESION 16.ª, EN 2 DE SETIEMBRE DE 1823 PRESIDENCIA DE DON JUAN EGAÑA SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta anterior. —Renuncia de don Alejo Currel, diputado por la Laja. —Juramento del Director Supremo. —Id. de don José Maria Rozas. —Desavenencias del Perú. —Eleccion de un tercer diputado propietario por Chiloé. —Fecha en que empezaron a prestar sus servicios los amanuenses de la secretaría. —Iluminacion del Congreso i de la ciudad. —Archivo del juramento del Supremo Directo. —Acta. —Anexos. El Supremo Director presta el juramento de obediencia al Congreso. (Anexo núm. 227. V. sesion del 24 de Enero de 1823.) CUENTA[editar]Se da cuenta:
ACUERDOS[editar]Se acuerda:
ACTA[editar]Se abrió a la hora acostumbrada con treinta i nueve diputados. Leyóse el acta del dia anterior i fué aprobada i rubricada por el Presidente. El diputado suplente por la Laja, don Alejo Currel, presentó certificado de la enfermedad que alegó para interponer su renuncia. Se admitió ésta, i se acordó: ofíciese al Poder Ejecutivo para que dé órdenes a efecto de que proceda a nuevo eleccion. Entró a la sala el Director Supremo, prestó el juramento de obediencia al Congreso, i desempeñar fielmente los deberes de su ministerio i se retiró. El señor don José María Rozas, diputado por Chiloé, prestó juramento i tomó asiento. Entró a discusion el modo de conciliar las autoridades del Perú. Se resolvió: pídanse al Ejecutivo las últimas noticias i datos que tenga sobre el Estado de las desavenencias de aquéllas. I se suspendió la discusion. Se pasó a la eleccion del diputado de Chiloé que quedó para esta sesion, i haciéndose conforme al reglamento, resultó electo don Manuel de Ortúzar. En este estado, se levantó la sesion a la nueve de la noche. —Juan Egaña. —Doctor Gabriel Ocampo, secretario. ANEXOS[editar]Núm. 227[editar]Como ▼Director Supremo del Estado i como Teniente Jeneral de sus Ejércitos, reconozco en el ▼Congreso, que actualmente se halla reunido, la ▼Representacion Nacional, i juro a Dios Nuestro Señor, i empeño mi palabra de honor en que respetaré i obedeceré i haré respetar i obedecer conforme a las leyes sus disposiciones. Así Dios me ayude si cumpliese i si no él i la ▼Patria me lo demanden. —▼Ramon Freire Núm. 228[editar]El Director Supremo de la República
Santiago, Setiembre 2 de 1823
El ▼Director Supremo ha recibido del Soberano ▼Congreso la lei dictada con fecha 1.º de Agosto, que dice así: "Dése montepío a las viudas i familias de los militares que fallecieron ántes de la revolucion en servicio del Rei Católico." El Director observa que esta leí habla indistintamente con todas las viudas i familias de los militares sin las limitaciones que prescribe el reglamento del monte en que se declaran las personas que tienen derecho a pension. Desea pues, saber la voluntad del Soberano Congreso, esto es, si contra lo dispuesto en el reglamento se abonará a todas las viudas i familias dicha pension, o se entiende este abono conforme a lo preceptuado en el referido reglamento. I si lo primero parece inconcuso que tambien la disfruten con mas razon las de los militares que han fallecido i fallecieron en adelante en servicio de la Patria. El Director reitera al Soberano Congreso los sentimientos de su alta consideracion i distinguido aprecio. —▼Ramon Freire . —Santiago Fernández. —Al Soberano Congreso Nacional. Núm. 229[editar]▼Excmo. Señor: La Comision de Hacienda ha visto el espediente formado sobre la venta hecha por el cura de Valparaíso de algunos fundos destinados a ejercicios espirituales; i opina que, en su actual estado, es un asunto puramente contencioso, que debe resolverse por la autoridad judicial. MINUTA DE ▼DECRETO
Vuelva este espediente al Poder Ejecutivo ▼para que le de el curso, que exije su naturaleza, — Santiago i Setiembre 2 de 1823 Juan Egaña. —R. Correa i Saa. —Juan de Dios Vial del Rio. Núm. 230[editar]DON MANUEL JULIAN GRAJALES, LICENCIADO EN CIRUJÍA MÉDICA, MÉDICO, ETC.
Certifico: haber asistido a don ▼Alejo Currel en una enfermedad disentérica el año de mil ochocientos veintidos, que arrojó una porcion de membranas del intestino recto, quedándole siempre aquella parte algún tanto resentida en circunstancias en que no puede estar mucho tiempo parado ni sentado, que al instante no se resienta la parte dicha, con especialidad cuando los piés están frios, lo que creo es suficiente causa para no entregarse a ejercicios mentales i activos. I para que conste lo firmo en Santiago de Chile a dos de Setiembre de mil ochocientos veintitres. —Manuel Grajales. Núm. 231[editar]Yo el infrascrito juro a Dios nuestro Señor por sus Santos Evanjelios conservar la ▼Relijion Católica, Apostólica i Romana, como única del Estado, obediencia i fidelidad al Soberano ▼Congreso, defender a toda costa la libertad e ▼independencia de la República, i cumplir con los deberes que me imponen las leyes por mi ministerio. —Santiago, 1.º de Setiembre de 1823.- José Manuel de Astorga. Núm. 232[editar]En sesion del 2 del corriente, admitió el Soberano ▼Congreso la ▼renuncia del diputado ▼suplente por ▼la Laja, don ▼Alejo Currel, por la enfermedad que alegó padecía i acordó se oficiase al Poder Ejecutivo para que dando sus órdenes se proceda a nueva eleccion. Tengo la honra de comunicarlo a US. para su gobierno, ofreciéndole mi particular aprecio. —Secretaría del Congreso Nacional. —Santiago, Setiembre 4 de 1823. —Al Señor Ministro de Gobierno. Núm. 233[1][editar]En sesion del 1.º del corriente, tomándose en consideracion el medio de conciliar las autoridades del Perú, se resolvió se pidiesen a US. las últimas noticias i datos que tenga sobre el estado de las desavenencias de aquéllas. Lo comunico a US. para que se digne participarlas, ofreciéndole los sentimientos de mi consideracion. —Santiago, Setiembre 4 de 1823. —Doctor ▼Gabriel Ocampo, secretario. —Al Señor ▼Ministro de Estado en el departamento de Gobierno. Núm. 234[editar]Habiendo aprobado el Soberano ▼Congreso el proyecto de lei sobre nombramiento de diputados suplentes por ▼Chiloé, se procedió a verificarlo i resultó haber sido usted nombrado, en la sesion de ayer, por mayoría. Lo comunico a usted para que se sirva presentarse esta misma noche, si es posible, a prestar el juramento de estilo. —Secretaría del Congreso, Santiago, 3 de Setiembre de 1823. —Señor don ▼Manuel Ortúzar. Núm. 235[editar]Señor: Don José Calisto González i don Domingo Olalquiaga entraron a servir en esta Secretaría en clase de amanuenses, el primero desde el 28 de Agosto, i el segundo, desde el 1.º de Setiembte, con la asignacion de veinticinco pesos mensuales cada uno, conforme a lo acordado por el Soberano Congreso. Lo pongo en manos de US. para los fines consiguientes, ofreciéndole mis respetos. —Secretaría del Congreso Nacional, Santiago, Setiembre 3 de 1823. —Al señor Ministro de Hacienda. |
- ↑ Esta referencia fué errada, pues el acuerdo se celebró el 2. (Nota del Recopilador.)