Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1823/Sesión del Congreso Constituyente, en 2 de setiembre de 1823

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1823)
Sesión del Congreso Constituyente, en 2 de setiembre de 1823
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 16.ª, EN 2 DE SETIEMBRE DE 1823
PRESIDENCIA DE DON JUAN EGAÑA


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta anterior. —Renuncia de don Alejo Currel, diputado por la Laja. —Juramento del Director Supremo. —Id. de don José Maria Rozas. —Desavenencias del Perú. —Eleccion de un tercer diputado propietario por Chiloé. —Fecha en que empezaron a prestar sus servicios los amanuenses de la secretaría. —Iluminacion del Congreso i de la ciudad. —Archivo del juramento del Supremo Directo. —Acta. —Anexos.

El Supremo Director presta el juramento de obediencia al Congreso. (Anexo núm. 227. V. sesion del 24 de Enero de 1823.)

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Director consulta si el montepío acordado en la sesion del 27 de Agosto, debe darse como lo reza la lei a todas las viudas i familias de los militares del Rei, o solo a aquellas que se comprenden en la lei jeneral de la materia. (Anexo núm. 228. V. sesion del 3.)
  2. De un informe de la Comision de Hacienda sobre la enajenacion de un fundo intentada por el cura interino de Valparaíso; dicha Comision opina que el asunto es contencioso i que el espediente debe devolverse al Supremo Cobierno para los efectos consiguientes. (Anexo núm. 229. V. sesiones del 27 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1823.)
  3. De un certificado de enfermedad presentado por don Alejo Currel, diputado de la Laja. (Anexo núm. 230. V. sesion del 29 de Agosto último.)
  4. De un juramento de obediencia que don José Manuel Astorga, administrador jeneral de aduanas, presenta en cumplimiento de la Constitucion. (Anexo núm. 231. V. sesiones del 23 de Agosto i del 12 de Setiembre de 1823.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Aceptar la renuncia de don Alejo Currel, diputado por la Laja, i mandar que se proceda a nueva eleccion. (Anexo núm. 232. V sesion ordinaria del 4 de Diciembre de 1823.)
  2. Pedir al Supremo Gobierno las últimas noticias que haya recibido sobre las desavenencias del Perú. (Anexo núm. 233. V. sesiones del 29 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1823.)
  3. Elejir como tercer diputado por Chiloé a don Manuel de Ortúzar. (Anexo núm. 234. V. sesiones del 1.º i del 3.)
  4. Cumunicar al Supremo Gobierno la fecha en que don José Calisto González i don Domingo Olalquiaga, amanuenses de la secretaría, empezaron a prestar sus servicios. (Anexo núm. 235. V. sesiones del 28 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1823.)
  5. Iluminar el dia de mañana el edificio del Congreso i disponer que lo mismo ordene la intendencia de la capital en celebracion del juramento prestado por el Director Supremo. (V. sesiones del 1.º i del 3.)
  6. Archivar el juramento escrito firmado por el Supremo Director.

ACTA[editar]

Se abrió a la hora acostumbrada con treinta i nueve diputados.

Leyóse el acta del dia anterior i fué aprobada i rubricada por el Presidente.

El diputado suplente por la Laja, don Alejo Currel, presentó certificado de la enfermedad que alegó para interponer su renuncia.

Se admitió ésta, i se acordó: ofíciese al Poder Ejecutivo para que dé órdenes a efecto de que proceda a nuevo eleccion.

Entró a la sala el Director Supremo, prestó el juramento de obediencia al Congreso, i desempeñar fielmente los deberes de su ministerio i se retiró.

El señor don José María Rozas, diputado por Chiloé, prestó juramento i tomó asiento.

Entró a discusion el modo de conciliar las autoridades del Perú. Se resolvió: pídanse al Ejecutivo las últimas noticias i datos que tenga sobre el Estado de las desavenencias de aquéllas.

I se suspendió la discusion.

Se pasó a la eleccion del diputado de Chiloé que quedó para esta sesion, i haciéndose conforme al reglamento, resultó electo don Manuel de Ortúzar.

En este estado, se levantó la sesion a la nueve de la noche. —Juan Egaña. —Doctor Gabriel Ocampo, secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 227[editar]

Como Director Supremo del Estado i como Teniente Jeneral de sus Ejércitos, reconozco en el Congreso, que actualmente se halla reunido, la Representacion Nacional, i juro a Dios Nuestro Señor, i empeño mi palabra de honor en que respetaré i obedeceré i haré respetar i obedecer conforme a las leyes sus disposiciones. Así Dios me ayude si cumpliese i si no él i la Patria me lo demanden. —Ramon Freire


Núm. 228[editar]


El Director Supremo de la República
Santiago, Setiembre 2 de 1823

El Director Supremo ha recibido del Soberano Congreso la lei dictada con fecha 1.º de Agosto, que dice así:

"Dése montepío a las viudas i familias de los militares que fallecieron ántes de la revolucion en servicio del Rei Católico."

El Director observa que esta leí habla indistintamente con todas las viudas i familias de los militares sin las limitaciones que prescribe el reglamento del monte en que se declaran las personas que tienen derecho a pension. Desea pues, saber la voluntad del Soberano Congreso, esto es, si contra lo dispuesto en el reglamento se abonará a todas las viudas i familias dicha pension, o se entiende este abono conforme a lo preceptuado en el referido reglamento. I si lo primero parece inconcuso que tambien la disfruten con mas razon las de los militares que han fallecido i fallecieron en adelante en servicio de la Patria.

El Director reitera al Soberano Congreso los sentimientos de su alta consideracion i distinguido aprecio. —Ramon Freire . —Santiago Fernández. —Al Soberano Congreso Nacional.


Núm. 229[editar]

Excmo. Señor:

La Comision de Hacienda ha visto el espediente formado sobre la venta hecha por el cura de Valparaíso de algunos fundos destinados a ejercicios espirituales; i opina que, en su actual estado, es un asunto puramente contencioso, que debe resolverse por la autoridad judicial.

MINUTA DE DECRETO

Vuelva este espediente al Poder Ejecutivo para que le de el curso, que exije su naturaleza, — Santiago i Setiembre 2 de 1823 Juan Egaña. —R. Correa i Saa. —Juan de Dios Vial del Rio.


Núm. 230[editar]

DON MANUEL JULIAN GRAJALES, LICENCIADO EN CIRUJÍA MÉDICA, MÉDICO, ETC.

Certifico: haber asistido a don Alejo Currel en una enfermedad disentérica el año de mil ochocientos veintidos, que arrojó una porcion de membranas del intestino recto, quedándole siempre aquella parte algún tanto resentida en circunstancias en que no puede estar mucho tiempo parado ni sentado, que al instante no se resienta la parte dicha, con especialidad cuando los piés están frios, lo que creo es suficiente causa para no entregarse a ejercicios mentales i activos.

I para que conste lo firmo en Santiago de Chile a dos de Setiembre de mil ochocientos veintitres. —Manuel Grajales.


Núm. 231[editar]

Yo el infrascrito juro a Dios nuestro Señor por sus Santos Evanjelios conservar la Relijion Católica, Apostólica i Romana, como única del Estado, obediencia i fidelidad al Soberano Congreso, defender a toda costa la libertad e independencia de la República, i cumplir con los deberes que me imponen las leyes por mi ministerio. —Santiago, 1.º de Setiembre de 1823.- José Manuel de Astorga.


Núm. 232[editar]

En sesion del 2 del corriente, admitió el Soberano Congreso la renuncia del diputado suplente por la Laja, don Alejo Currel, por la enfermedad que alegó padecía i acordó se oficiase al Poder Ejecutivo para que dando sus órdenes se proceda a nueva eleccion.

Tengo la honra de comunicarlo a US. para su gobierno, ofreciéndole mi particular aprecio. —Secretaría del Congreso Nacional. —Santiago, Setiembre 4 de 1823. —Al Señor Ministro de Gobierno.


Núm. 233[1][editar]

En sesion del 1.º del corriente, tomándose en consideracion el medio de conciliar las autoridades del Perú, se resolvió se pidiesen a US. las últimas noticias i datos que tenga sobre el estado de las desavenencias de aquéllas.

Lo comunico a US. para que se digne participarlas, ofreciéndole los sentimientos de mi consideracion. —Santiago, Setiembre 4 de 1823. —Doctor Gabriel Ocampo, secretario. —Al Señor Ministro de Estado en el departamento de Gobierno.


Núm. 234[editar]

Habiendo aprobado el Soberano Congreso el proyecto de lei sobre nombramiento de diputados suplentes por Chiloé, se procedió a verificarlo i resultó haber sido usted nombrado, en la sesion de ayer, por mayoría. Lo comunico a usted para que se sirva presentarse esta misma noche, si es posible, a prestar el juramento de estilo. —Secretaría del Congreso, Santiago, 3 de Setiembre de 1823. —Señor don Manuel Ortúzar.


Núm. 235[editar]

Señor:

Don José Calisto González i don Domingo Olalquiaga entraron a servir en esta Secretaría en clase de amanuenses, el primero desde el 28 de Agosto, i el segundo, desde el 1.º de Setiembte, con la asignacion de veinticinco pesos mensuales cada uno, conforme a lo acordado por el Soberano Congreso.

Lo pongo en manos de US. para los fines consiguientes, ofreciéndole mis respetos. —Secretaría del Congreso Nacional, Santiago, Setiembre 3 de 1823. —Al señor Ministro de Hacienda.


  1. Esta referencia fué errada, pues el acuerdo se celebró el 2. (Nota del Recopilador.)