Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1824/Sesión del Senado Conservador, en 19 de febrero de 1824

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1824)
Sesión del Senado Conservador, en 19 de febrero de 1824
SENADO CONSERVADOR
SESION 17, EN 19 DE FEBRERO DE 1824
PRESIDENCIA DE DON AGUSTÍN DE EYZAGUIRRE


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta precedente. —Créditos fiscales. —Empréstito de cincuenta mil pesos para la espedicion a Chiloé. —Cuentas de inversion i presupuestos anuales. —Prohibicion de jirar letras i razón de las jiradas. —Citacion del Ministro de Hacienda i medidas contra el contrabando. —Fijacion de la tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Director Delegado urje vivamente al Senado a que cuanto antes procure al Gobierno los cincuenta mil pesos que se le han pedido para subvenir a los gastos mas premiosos de la espedicion a Chiloé. (Anexo núm. 115. V. sesión del 17.)
  2. De otro oficio en que el mismo funcionario comunica haber impartido las órdenes convenientes para que se abonen a los oficiales de la Secretaría del Senado los sueldos que les corresponden. (Anexo núm. 116. V. sesiones del 17 i del 20.)
  3. De otro oficio con que el señor Ministro de Hacienda acompaña un decreto que ordena a la Tesorería Jeneral abonar los sueldos a los oficiales de la Secretaría del Senado, a contar desde la instalacion de este Excmo. Cuerpo. (Anexos núms. 117 i 118. V. sesiones del 4 bis i del 20.)
  4. De una razón de los créditos del Fisco desde 1790 hasta la fecha, presentada por los inspectores fiscales i del estado de decadencia de la Hacienda pública. (Anexo núm. 119. V. sesión del 11.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Archivar el estado de los créditos fiscales i reservar para otra sesión el discutir sobre la suspensión propuesta por el señor inspector Vial de los empleados de la Aduana de Valparaiso. (V. sesion del 20.)
  2. Autorizar al Gobierno para negociar con la caja de descuentos un empréstito de cincuenta mil pesos, en forma que concibe las urjencias del Erario con los intereses de la misma caja. (Anexos núms. 120 i 121. V. sesiones del 20 de Febrero i del 7 de Abril de 1824.)
  3. Pedir al Gobierno que, en conformidad con la Constitucion, presente al Senado la cuenta de inversión de los caudales públi cos i el presupuesto de los gastos anuales. (Anexo núm. 122. V. sesion del 26.)
  4. Pedir al Poder Ejecutivo una razón de las letras en circulación i prohibir hasta nueva órden qne se jiren mas. (Anexo número 123. V. sesiones del 17 i del 26.)
  5. Citar al señor Ministro de Hacienda para la próxima sesión a fin de discutir los medios de parar el contrabando de las aduanas i la decadencia del Erario. (V. sesiones del 30 de Julio de 1823, del 20 de Febrero de 1824 i del 7 de Marzo de 1823.)
  6. Dejar en tabla para la próxima sesión la mocion del señor Egaña i la del gobernador de Rancagua. (V. sesion del 17.)


ACTAS[editar]


Sesion reservada

Se abrió con la lectura del acta pública de la anterior, que fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

El señor inspector Vial se personó a la Sala con el objeto de dar cuenta al Senado de las deudas activas del Fisco, i tocando incidentemente de la decadencia de la Hacienda pública, demostró la necesidad de que se reformasen los grandes abusos de que adolece, si el Senado no quería ver al Estado dentro de mui poco sin rentas i recursos para subvenir a los gastos de su administración. Se remontó al oríjen de los males, demostró la causa de ellos i enumeró entre los principales la grande corrupción de los empleados de la aduana de Valparaíso, el ser esta principal i sin dependencia de la de esta capital, i la famíliarizacion del comercio con el mas descarado contrabando. En virtud de esta esposicion, concluyó haciendo formal mocion para la suspensión de aquellos empleados, apoyándola en que la Constitución faculta al Senado i Directorio para este efecto por ineptitud, omision o delito. Se tomó en consideración i, despues de haberse discutido detenidamente, se reservó para otra sesión.

En este estado, se levantó la presente, pasándose a tratar en pública negocios de esta clase.


Sesion pública

Se abrió con la lectura del acta de la anterior, i fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Se presentaron a la Sala los señores inspectores fiscales con el objeto de dar al Senado la razón de las deudas activas del Fisco, que les fué pedida en acuerdo de 11 del corriente, i despues de haber hecho una esposicion detallada de las incobrables con plazo vencido i de las que lo tenían por vencer, presentaron un estado de ellas, que comprende desde el año 1790 hasta el presente, i se mandó archivar.

Continuó la discusión sobre el empréstito de cincuenta mil pesos pedidos por el Gobierno para subvenir a los gastos que prepara la espedicion a Chiloé, i despues de haberse examinado varios arbitrios i de considerarse detenidamente que el proyectado por el Gobierno, a mas de traer consigo los inconvenientes de toda exacción directa, era de difícil plantificacion por las dificultades que trae i de su recaudación, principalmente en el estado de indijencia en que se halla el vecindario, se acordó: Se autoriza al Gobierno para que negocie con la caja de descuentos los cincuenta mil pesos que ha pedido, bajo las prevenciones hechas por la lei sobre el destino del empréstito. Oficíese a los directores de la caja, avisándoles esta resolución, para que verifiquen el contrato de una manera que concilie las urjencias del Erario con las ventajas del empréstito.

Leyóse el número 17 del artículo 39 de la Constitución, en que se atribuye al Senado la facultad de examinar i aprobar cada año la inversión de los caudales públicos, i en cualquier época si lo halla necesario, i el número 20, artículo 18 de la misma, en que es de la atribución del Director, formar por sus Ministros el presupuesto de los gastos anuales, la inversión del anterior, i en su consecuencia, se acordó: se pidan ámbas al Director. Se tomó en consideración los graves perjuicios que ocasiona a la Hacienda pública la considerable emisión de letras hecha por el Ministerio de Hacienda, i teniéndose presente que éste es el medio mas activo para arruinar el crédito del Gobierno, se acordó: "Pídase al Ejecutivo una razón de las letras que están en circulación, previniéndosele que hasta segunda disposición no se jiren nuevas letras."

En este estado, se levantó la sesión, anunciándose para la próxima la mocion del señor Egaña, i el oficio del gobernador de Rancagua. —Agustín de Eyzaguirre. —Doctor Gabriel Ocampo.

ANEXOS[editar]

Núm. 115[editar]

La importantísima espedicion a Chiloé está espuesta a frustrarse por la falta de recursos. El 7 del actual lo hizo así presente el Directorio al Senado, por conducto del Ministerio de Hacienda i Guerra. Quince dias de demora son bastantes para asegurar a España la perpétua posesion de aquel interesante archipiélago, porque no tomándose en todo el entrante mes llega el crudo invierno en aquellas rejiones. Por otra parte, S. E., el Supremo Director, cuenta con la ejecucion de sus órdenes, porque jamas podrá persuadirse que sean entorpecidas en materia de tan alta importancia. Así es que a la fecha habrá zarpado del puerto de Talcahuano, llevando solo los víveres precisos para una navegacion feliz, i contando con que se le remitirán de Valparaíso los necesarios para sostenerse el tiempo que permanezca en aquellas escasísimas provincias, o el que gaste en restituirse a éstas. Dinero solo llevará para pagar un dia a su ejército.

Este es el estado en que marcha el Supremo Director a la espedicion mas importante que ha emprendido Chile, como que ella sola puede afianzar nuestra independencia i la de todo el Pacífico, como que ella sola va a cortar la única áncora en que nuestros enemigos han fijado sus esperanzas de dominar la América.

En vano se ajita el Gobierno Delegado por llenar el mas sagrado de sus deberes i cumplir las terminantes órdenes del Supremo Director, si el Senado no le franquea los recursos necesarios, i no le presta su mas activa cooperacion.

En vano ha esperado trece dias la respuesta de su mensaje, cuando las horas i minutos son preciosos para salvar la Patria. Por tanto, el Gobierno hace presente al Senado i lo hará al Supremo Director i a la República toda, que ha cesado su responsabilidad en materia tan delicada; pero no el profundo dolor con que ve perderse tan preciosos momentos.

Saludo al Senado, protestándole mis respetos i aprecio. —Departamento de Hacienda, Santiago, Febrero 19 de 1824. —Fernando Errázuriz. —D. J . Benavente. —Al Excmo. Senado Conservador.


Núm. 116[editar]

El Gobierno ha decretado, con esta fecha, el abono de los sueldos asignados a los cinco oficiales nombrados para al servicio de la Secretaría del Excmo. Senado, en los mismos términos que el señor Presidente indica, en su honorable oficio de ayer, que dejo contestado, ofreciéndole mi respeto i aprecio. —Ministerio de Hacienda, Santiago, 19 de Febrero de 1824. —Fernando Errázuriz. —D. J . Benavente. —Señor Presidente del Senado.


Núm. 117[editar]

Incluyo al señor Secretario del Senado, el decreto que ordena a la Tesorería Jeneral el abono de los sueldos designados a los oficiales de su Secretaría, de que habla en su oficio de ayer, que contesto, protestándole mi aprecio. —Ministerio de Hacienda, Santiago, 19 de Febrero de 1824. —D. J . Benavente. —Señor Secretario del Senado.


Núm. 118[editar]

A consecuencia del aviso oficial del Excmo. Senado Conservador, de 18 del presente mes, sobre nombramiento de oficiales para el desempeño de su Secretaria, el Gobierno decreta:

Que, desde el dia de la instalación de este Cuerpo, se abonen las asignaciones siguientes: a don Miguel Riesco, oficial mayor, ochocientos pesos anuales; a don Domingo Acevedo, don Manuel Magallanes i don Antonio Argomedo, quinientos pesos anuales a cada uno; i a don Calixto González, con el nombramiento de oficial auxiliar, treinta pesos mensuales en las épocas que se le ocupe, precediendo aviso del Secretario del Senado, que esprese el tiempo que ha servido. —Tómese razon donde corresponda. —Santiago i Febrero 19 de 1824. —Fernando Errázuriz. —Benavente.

Se tomó razon en el Tribunal Mayor de Cuentas de Santiago a 21 de Febrero de 1824, a fojas 60 vuelta del libro del libro de decretos número 24. —Correa de Saa.

Se tomó razón a fojas 198 vuelta del libro de títulos. —Santiago, 23 de Febrero de 1824. —Vargas. —Marsan.


Núm. 119[editar]

Aduana Jeneral
Deudas incobrables relativas al año de mil setecientos noventa 92,682 6 ½
Cuasi incobrables en la mayor parte 12,585 4
Idem que siguen espedientes 11,168 ¾
Idem de plazo cumplido 39,508 3 ½
Idem que cumplen en todo Febrero 4,879 1 ½
Idem que cumplen en todo Marzo 8,994 7 ¾
Idem que cumplen en Abril i Mayo 9,533 ½
TOTAL 179,352 3
Aduana Principal de Valparaíso
Deudas contraidas en Enero de 1824 47,758 7 ¾
Idem en Noviembre de 1823 39,911
Deudas contraidas en Octubre de 1823 62,425 5 ½
Idem contraidas en Setiembre de 1823 62,766 6 ¾
Idem idem de los meses anteriores. 13.779 
Idem reducidas a espedientes. 14,330  3
Total  308,701  ¼


Si con arreglo al artículo 21 de la ampliacion al reglamento de mil ochocientos trece se hubiesen hecho algunos pagos por cuenta de las anteriores sumas, siempre quedan éstas bajo el valor que se miran, porque en tal caso deben aparecer deudas anteriores a las fechas indicadas, que o no se han cobrado por no estar cumplidos sus últimos plazos o por otros motivos que no pueden por ahora esclarecerse.

Por no demorar mas esta razon, que se pide con urjencia, no se han separado los deudores estranjeros de los nacionales i al mismo tiempo considerando que el objeto es saber su total deuda i poco mas o ménos las obligaciones del pago.


Tesorería Jeneral

Deudas activas hasta el 17 de Febrero de 1824
Tenientes de Ministros por cuenta de las que tienen rendidas i sin exámen, debiendo por esto considerarse como deudas imajinarias.
112,757   ¾
Deudas que pueden considerarse como incobrables.
32,941  2⅓
Principales a intereses de temporalidades que deben reputarse incobrables. 71,674 
Idem, de temporalidades a censo i que por lo mismo no puede contarse con ellas. 14,555 
Deudas reducidas a espedientes i que 110 será mui fácil su cobro. 33,091 
Cantidades que por tener los deudores crédito contra el Fisco, solicitan su compensacion, i por lo mismo no puede contarse con ellas. 38,785  1⅓
Idem que pueden cobrarse aunque con trabajo 13,096 
Deudas de fácil cobro con inclusión de tres mil pesos que deben pagarse en Abril 11,603 
Total 328,504  7⅓

Santiago, i Febrero 17 de 1824. —Correa de Saa.


Núm. 120[editar]

El Senado, penetrado en los sentimientos mas heroicos de patriotismo, ha considerado del mayor interes a la independencia de Chile la ocupacion del archipiélago de Chiloé. El se halla animado de los mismos sentimientos que manifiesta V. E., en su nota de hoi, i por ello es que, desde el momento mismo que el Supremo Director solicitó su permiso para marchar a la cabeza de la espedicion, no trepidó en concedérselo, a pesar de que las escaseces del Erario hacen hoi dia mas sensible la erogacion de los recursos estraordinarios con que se debía contar para su realizacion. Sin embargo, esta dificultad no arredró el ánimo del Senado, ántes, por el contrario, dió nuevo impulso de uniformidad a sus sentimientos con las medidas dictadas por el Director, i se propuso en su marcha secundar siempre las patriotas miras de aquél.

En esta situacion, el Senado recibió el mensaje de V. E., de que hace referencia la nota indicada, i como él no pudiese proceder sin la iniciativa constitucional, sin dar un terrible ejemplo de una infracción legal, pidió a V. E. verificase aquélla. En oficio del 9 del presente, propuso V. E. se levantase un empréstito de 50,000 pesos entre los vecinos mas pudientes i el Senado, desde el momento que la recibió, contrajo toda su atencion a este solo objeto. Él ha absorbido esclusivamente la discusion de varias sesiones; pero, tocando desde el principio de ellas los graves inconvenientes que ocasionan medidas de esta clase, principalmente en los pueblos donde la miseria se ha personificado, donde solo se oyen los lamentos de la indijencia i, finalmente, donde éstas se miran con un especial horror, creyó de su deber buscar otros arbitrios que fuesen ménos gravosos i que llenasen, tal vez con mas prontitud, los fines a que se les destinan. El Senado consideró igualmente que el proyectado por V. E., a mas de la retardacion que ofrecía el rateo i su recaudacion, exijia, en virtud del articulo 39 número 4.º de la Constitucion, la reunion i prévio asenso de la Cámara Nacional, i por este principio también tomó el mayor empeño en subrogar al empréstito proyectado otro arbitrio mas asequible.

Guiado por estos principios, el Senado creyó deber tomar un conocimiento de la situacion actual de la Hacienda para dictar la medida mas conveniente. Sin datos ni antecedente alguno acerca de ella, habría sido aventurar cualquier acuerdo i tal vez acelerado la ruina del Erario. Los trece dias que ha esperado V. E. la respuesta a su mensaje, se han empleado en adquirirlos, i solo la actividad con que se ha trabajado ha sido capaz de presentar al Senado un lijero bosquejo de cuanto necesitaba i de la horrorosa situacion de aquélla.

Con conocimiento de todo lo espuesto, el Senado ha venido en autorizar a V. E. para que negocie con los directores de la caja de descuentos el empréstito de los 50,000 pesos pedidos bajo el supuesto que, en su concepto, ésta es la medida que puede salvar la actual urjencia i evitar el descontento i fatales consecuencias que traen consigo las exacciones directas.

Tengo el honor de comunicarlo a V. E., en contestación a su indicada, reiterándole los sentimientos de mi aprecio. —Sala del Senado, Santiago, Febrero 19 de 1824. —Señor Director Delegado.


Núm. 121[editar]

Con esta fecha, el Senado ha autorizado al Gobierno para que negocie con la caja del cargo de Uds. un préstamo de 50,000 pesos para auxiliar la espedicion que marcha a Chiloé, ordenándome lo prevenga a Uds. para que, con arreglo a la lei sobre el destino del empréstito, celebren este contrato, concillando siempre las ventajas del Erario con las de la caja. —Lo que tengo el honor de verificar, ofreciéndoles mis consideraciones. —Secretaría del Senado. Santiago, Febrero 19 de 1824. —Señores directores de la caja de descuento.


Núm. 122[editar]

En sesión de ayer, el Senado ha acordado, en virtud de la facultad que le confiere el artículo 39 número 17 de la Constitución, se pida a V. E. la inversión de los caudales públicos pertenecientes al año anterior i el presupuesto del corriente: pues, le es sumamente necesario tener un conocimiento de los destinos a que se han aplicado aquéllos i al mismo tiempo una noticia aproximada de los que nos ofrecen el presente año para que se puedan preparar en oportunidades los recursos que deben cubrirlos, en caso de que las entradas ordinarias del Erario no alcancen a verificarlo.

Tengo el honor de comunicarlo a V. E., asegurándole los sentimientos de mi aprecio. —Sala del Senado, Santiago, Febrero 20 de 1824. —Al señor Director Delegado.


Núm. 123[editar]

El Senado necesita tener conocimiento de las letras emitidas por el Gobierno i que se hallan en circulación, i en acuerdo de ayer, ha ordenado se pida a V. E. una razón de ellas i que al mismo tiempo se le prevenga no se haga nueva emisión de letras hasta segunda disposición. —Lo que tengo el honor de comunicarle, reiterándole mis consideraciones. —Sala del Senado, Santiago, Febrero 20 de 1824. Al señor Director Delegado.