Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1824/Sesión del Senado Conservador, en 22 de marzo de 1824 (1)

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1824)
Sesión del Senado Conservador, en 22 de marzo de 1824 (1)
SENADO CONSERVADOR
SESION 37, EN 22 DE MARZO DE 1824
PRESIDENCIA DE DON AGUSTIN DE EYZAGUIRRE


SUMARIO. —Cuenta. —A probacion del acta precedente. —Solicitud de don Mariano Sarratea i promulgación del acuerdo que prohibe la devolución de derechos. —Disensiones entre los españoles del Alto i del Bajo Perú. —Eleccion del ciudadano Cotapos para jefe del cuerpo de guardias nacionales. —Discusion del reglamento de justicia. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De unas noticias que se publican sobre disensiones de los españoles del Alto i Bajo Perú, en un número de una gaceta de Buenos Aires, remitido por el Gobierno de aquel Estado.
  2. De una representación que don Antonio Alvarez, don Félix Antonio del Solar i don José del Sol, entablan, en nombre de los oficiales de guardias nacionales, en demanda de que el Senado apruebe la designacion que han hecho del ciudadano Cotapos para jefe del cuerpo. (Anexo núm. 266. V. sesion del 16 bis.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Sobre la solicitud de don Mariano Sarratea, mandar que se promulgue el acuerdo que prohibe la devolucion de derechos, a fin de no burlar la buena fe de los importadores i devolver al Gobierno la solicitud misma. (Anexo núm. 267. V. sesiones del 16 bis i del 18.)
  2. Archivar la gaceta remitida por el Gobierno de Buenos Aires, con noticias de las disensiones que han ocurrido entre los españoles del Alto i Bajo Perú.
  3. Sobre la representación de algunos oficiales de guardias nacionales, que se dirija al Gobierno para que informe con conocimiento de causa. (Anexo núm. 268. V. sesion del 9 de Abril venidero.)
  4. Despues de alguna discusion, dejar pendiente la del proyecto de reglamento judicial para otra sesion. (V. sesiones del 20 i del 23.)

ACTA[editar]

Se abrió con la lectura del acta de la anterior i fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Continuó la discusion sobre el reglamento de justicia, i habiendo entrado a la sala el señor Ministro de Hacienda, se suspendió ésta para tratarse de la solicitud de don Mariano Sarratea, a que habia sido citado. Leyóse ésta i tomándose en consideracion por el Senado los males que se podian ocasionar al comercio, si la lei sobre suspensión de devoluciones corria sin término alguno, engañando la buena fe con que habia practicado sus introducciones, se acordó:

"Que el artículo idel proyecto de aduanas se promulgue en los términos en que primeramente se sancionó, mandando se devolviese al Ejecutivo la petición indicada, por no estar ya el suplicante en el caso que motiva su reclamo." Leyóse por el Ministro de Hacienda i Guerra una gaceta que el Gobierno de Buenos Aires habia remitido por estraordinario a este Gobierno, en que se comunica la disensión que se ha suscitado entre los españoles serviles i liberales del Alto i Bajo Perú. El Senado quedó enterado.

Se leyó una representación firmada por don Antonio Álvarez, don Félix Antonio del Solar i don José del Sol, a nombre de los oficiales de guardias nacionales, en que, refiriendo haber elejido éstos ante el Comandante de Armas, al ciudadano Cotapos por su jefe; i piden que el Senado acepte el nombramiento, dando las órdenes correspondientes, se acordó: "Diríjase al Gobierno esta solicitud para que instruya con conocimiento de los antecedentes a que se refieren los que se suponen podatarios del cuerpo de oficiales nacionales."

Se llamó a discusion el reglamento de justicia i habiéndose hecho observaciones sobre todo él, se reservó para otra sesion.

En este estado, se levantó la presente. —Agustín de Eyzaguirre. —Doctor Gabriel Ocampo.


ANEXOS[editar]

Núm. 266 [1][editar]

Excmo. Señor:

Los que suscriben por sí i a nombre de los oficiales del cuerpo de nacionales, ante V. E., protestando nuestros respetos, decimos: que, para el nombramiento de los jefes que deben mandarlo, se nos convocó por el señor comandante jeneral de armas; i en uso de nuestros derechos lo hicimos, en don José Antonio Cotapos, convencidos de su aptitud i méritos contraidos en la revolucion. A pesar de ésto se resistió con tenacidad nuestra eleccion, i se manifestó un empeño decidido en desairarla, proponiendo en lugar de aquél, el mismo comandante jeneral a don N. Ovejeros, para jefe, puramente accidental. Repulsados de este modo nuestros votos i violadas nuestras facultades, nos fué preciso deferir por el momento, i sofocar el sentimiento que dejó estampado en nuestros corazones, una maniobra tan indebida. Si es digno de estrañarse el ínteres con que se sostuvo esa propuesta, aun es mas remarcable que posteriormente, para proceder al nombramiento del coronel i teniente-coronel del mismo cuerpo, no se nos hubiese reunido como se hizo ántes i que, faltando en la propuesta la precisa formalidad de la terna prevenida por V. E., se hubiese pretestado, para subsanar ese defecto, la falta absoluta de individuos capaces de desempeñar estos destinos. Parece que al responder de este modo el Poder Ejecutivo, se proyectó un nuevo agravio al cuerpo de oficiales i un ataque directo al honor nacional. Es la primera vez, Excmo. Señor, que se oye decir, que ni la revolucion, la disciplina militar, ni la esperiencia de tantos años de guerra, no presenten algunos individuos capaces de mandar el cuerpo cívico. Pero enmudeceremos a este nuevo agravio.

Cuando los que suscriben están convencidos de los peligros inminentes que amenazan la existencia de la Patria, i que su primer apoyo consiste en la organización de la guardia cívica, estrañan que se les compela a recibir unos jefes que no pueden merecer sus confianzas. Partiendo de este solo principio, protestamos a V. E. que, en nuestra negativa, no se mezclan intereses particulares sino puramente el deseo de salvar la Nación, dando toda la aptitud i enerjía necesaria a los brazos que deben sacrificarse por ella.

Al examinarla V. E., con el grande objeto que la produce, no se escucharán seguramente las malignas indicaciones con que acaso pueden confundirse la rectitud de nuestros sentimientos cívicos. Hemos abjurado las ideas rastreras, detestamos los partidos i queremos solo salvar la Patria. Este es el ájente poderoso que ha reunido nuestros votos para remover en tiempo los inconvenientes que ya principian a asomar.

En la peligrosa posicion en que nos hallamos, la razon i la prudencia no indican a Chile otro partido que el de tomar las armas, i en este sentido la organización de las milicias es necesaria a su libertad. Mas, en un momento en que acaba de fundarla sobre los escombros del poder arbitrario, V. E. no puede ponerse en contradicción con ella, ni ser indiferente al clamor de los mismos que se ofrecen voluntariamente a sacrificar sus propiedades i existencia, a componer la fuerza nacional i oponer una barrera impenetrable a las incursiones del despotismo. Ellos son los que, agregando a sus servicios un derecho incuestionable, exijen se les respete la facultad de nombrar al ciudadano, a cuya voz se marche a la consumacion de esta grande obra, cuyo primer elemento es la confianza pública. No se ha observado seguramente que es destruida en el solo hecho de hacer frente a ese interes jeneral, de los que deben sostener las instituciones sociales, i que, sin ella, todo cae por tierra.

En ningún sentido, puede considerársenos como una fuerza puramente pasiva para quitarnos el derecho de deliberar siempre nuestra misma organizacion. Una coalicion voluntaria de republicanos que se consagra a la defensa de la Patria puede darse, por sí misma, toda aquella aptitud que crea conveniente a su objeto. Este es, por otra parte, el primer oríjen de la disciplina, porque la subordinación está en proporcion directa de la confianza que inspira al soldado el jefe que lo manda, al paso que la violencia produce esos eternos resentimientos que separan a los hombres unos de otros, i que solo los retine para despedazarse. No habrá, Excmo. Señor, moralidad alguna en el cuerpo, faltará el órden i se alarmarán los resentimientos privados, si se abre esa guerra contra los principios. Los que suscriben no renunciaron, al tomar las armas, el voto activo que como ciudadanos les corresponde, para deliberar sobre sus intereses i que han afianzado en el pacto constitucional ¿I podrá privárseles de él al dar el paso que tiene mas relación con ellas? Nosotros protestamos que jamas seremos instrumentos pasivos del poder, ni que despreciaremos esa elección imponente que nos ofrecen todos los siglos de las desgracias, que una fuerza ciega ha sabido acumular sobre la cabeza de los pueblos.

Reclamamos, pues, el cumplimiento de los principios, al paso que protestamos que en los individuos nombrados para mandarnos no descubrimos todas las cualidades necesarias, i que con la misma sinceridad con que deseamos llenar nuestros deberes, creemos que en el ciudadano Cotapos se encuentran las que son suficientes para conducirnos con honor en los peligros. En esta virtud, suplicamos a V. E. se digne aceptar el nombramiento que hacemos, comunicando al efecto las órdenes convenientes. —Por los capitanes, Antonio Alvarez. —Por los tenientes, Félix Antonio Solar. —Por los alféreces, José del Sol.


Núm. 267[editar]

A la solicitud de don Mariano Sarratea, que acompaña V. E., con fecha 18 del que rije, el Senado, teniendo en consideracion los males que se pueden ocasionar al comercio, si la lei sobre suspensión de devoluciones corre sin término alguno, engañando la buena fe con que ha practicado sus introducciones, ha acordado que el artículo 1.º del proyecto de aduanas se promulgue en los términos en que primeramente se sancionó, mandando se devuelva a V. E. la peticion indicada, por no estar ya el suplicante, en el caso que motiva su reclamo. Con este objeto, reproduzco a V. E. mis consideraciones de aprecio. —Sala del Senado, Santiago, i Marzo 24 de 1824. —Al Excmo. señor Supremo Director Delegado.



Núm. 268[editar]

En sesión de 22 del que rije, el Excmo. Senado tomó en consideracion la solicitud de los oficiales don Antonio Alvarez, don Félix Antonio del Solar i don José del Sol, i ha resuelto se dirija a V. E., para que instruya con conocimiento de los antecedentes a que se refieren los que se suponen podatarios del cuerpo de oficíales nacionales. En su cumplimiento, tengo la honra de elevar a V. E. la predicha solicitud, reiterándole mis consideraciones de aprecio. —Sala del Senado, Santiago i Marzo 24 de 1824. —Al Excmo. señor Supremo Director Delegado.


  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Correspondencia del Congreso Nacional, años 1818 a 35, tomo 80, pájina 130, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)