Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1825/Sesión del Congreso Nacional, en 17 de marzo de 1825

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1825)
Sesión del Congreso Nacional, en 17 de marzo de 1825
CONGRESO NACIONAL
SESION 64, EN 17 DE MARZO DE 1825
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL INFANTE


SUMARIO-Cuenta. — Poderes de don Rafael Vicuña. — Libertad de los señores Argomedo i Fontecilla. —Fijacion de la tabla. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el señor Ministro del Interior i Relaciones Esteriores acompaña, para información de la Comision de Hacienda, dos razones de los empleados i sueldos de uno i otro departamento. (Anexo núm. 122 . V . sesiones del 17 i del 18.)
  2. De unos poderes que acreditan a don Rafael Vicuña como diputado propietario por la Ligua. ( V. sesión del 13.)
  3. De una defensa que don José Gregorio Argomedo hace de su inculpabilidad en la tentativa de asesinar a los señores Vera i Campino. (Anexo núm. 123. V . sesión del 16.)
  4. De un oficio con que la Suprema Corte de Justicia remite los autos seguidos entre don Gabriel Larrain i doña Josefa Soiza, sobre nulidad de su matrimonio. (A nexo núm. 124 . V . sesión del 14.)
  5. De otro oficio con que la Corte de Apelaciones acompaña un informe sobre la recusación de don José Miguel Infante, interpuesta por don Juan Albano. (Anexos núm. 125. i núm. 101 de la sesión del 14 de Marzo. V . sesiones del 9 i documento agregado a la del 23.)


ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Aprobar los poderes de don De unos poderes que acreditan a don Rafael Vicuña i llamarle a que preste juramento.
  2. Mandar que se ponga en libertad a don José Gregorio Argomedo i a don Francisco Borja Fontecilla, por no resultar del sumario motivo alguno contra ellos para mantenerlos en prisión. (V. sesiones del 21 de Marzo i del 12 de Abril de 1823.)
  3. Dejar en tabla el informe de la Comision de Hacienda sobre la demanda de recursos hecha por el Gobierno. (V. sesiones del 16 i del 18.) ===ACTA ===

Se abrió con asistencia de los señores Araos, Arriagada, Baquedano, Bezanilla, Barros, Caceres, Calderón, Concha, Eyzaguirre, Elizondo, Elizalde, Echeverría, Huici, Infante, Iñiguez, Lazo, Larraín, Merino, Montt, Novoa, Ovalle don José Antonio, Ovalle don Vicente, Ovalle don Tomás, Olmedo, Ocampo, Prieto, Palazuelos, Pérez, Ruiz, Silva, Urízar i Ügalde.

Se leyeron los poderes de don Rafael Vicuña, diputado por la Ligua, i aprobados por la Sala, se le incorporó en ella, previo el juramento de estilo.

Antes de empezarse a leer el proceso criminal, ordenó el señor Presidente se llamase a los acusados, lo que se verificó solo con el diputado Argomedo, por haber espuesto el secretario que el coronel Fontecilla le habia contestado que no asistía a la relación; i concluida la lectura del proceso, alegó el referido [[:bcnbio:José Gregorio De Argomedo Montero|Argomedo], i declarado el asunto por bastante discutido, despues de largas observaciones i de haber permanecido el Congreso en su Sala hasta las cuatro de la tarde, se pronunció, por unanimidad de sufrajios, el auto siguiente: "Vistos: por lo que del sumario i del estado actual de la causa resulta, en consideración a lo espuesto por el señor fiscal e informado por la Comision, póngase en libertad a los señores don José Gregorio Argomedo i a don Francisco de Borja Fontecilla, con la calidad de comparecer a oir la sentencia que se dictase definitivamente en la causa que continuará tramitándose por la Comision. — Infante, Presidente. —Lazo, secretario. —Dr. Ocampo, secretario."

En este estado, se levantó la sesión, anunciándose para la próxima el informe de la Comision de Hacienda, cerca de proporcionar recursos al Gobierno para medio año. José Miguel Infante, Presidente.

ANEXOS[editar]

Núm. 122[editar]

Tengo el honor de acompañar a US. dos listas que contienen los oficiales empleados en los departamentos del Interior i Relaciones Esteriores de mi cargo, sus clases i ocupaciones, como US. tuvo a bien espresar en su nota, de 10 del pasado Marzo, a que tengo la satisfacción de contestar. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago, Marzo 16 de 1825. —Francisco R. de Vicuña.—Señor Secretario del Congreso Nacional.

Núm. 123 [1][editar]


Alegato pronunciado en el Congreso por el doctor don José Gregorio Argomedo en 17 de Marzo de 1825.

Señores:

Mi defensa va a ser singular, porque también lo es el jénero de mi causa. Correrán siglos sin verse repetido el escandaloso ejemplo de que yo soi la víctima. Mil veces ha jemido la humanidad inculpada. Mil veces se ha visto la inocencia en prisiones: pero la mano alevosa, o se ocultaba a la sombra de formas tutelares o se ha presentado en su propio ropaje, presidiendo la injusticia i el crimen. Mas, un atentado como el presente estaba reservado a Chile, para manchar los anales de nuestra historia i sellar mi sacrificio.

He dicho que mi defensa va a ser singular, porque solo estriba en la publicación documentada de mi causa. Basta su simple lectura para descubrir la verdad. Yo sé que, al leerla, el ciudadano pacífico se estremecerá de pavor en su retiro, el Majistrado desesperará de obtener la independencia de su cargo i el representante de la Nación, si ha sido libre en su opinion, o correrá a ofrecer servilidades espiatorias, o temerá sufrir como yo, la persecución i la calumnia. Destiérrese de nosotros aquella terribilísima lei de Sila: No haya pena para los calumniadores.

Veamos cómo se esplica esta causa en el ofició con que se ha sorprendido al Congreso, en ese oficio que obligó a algunos de los señores diputados a creer el hecho por la mano que lo suscribía i por la seguridad que dió el Ministro en la Sala de su verdad.[2]

Es preciso leerlo muchas veces para que mis jueces i el público se penetren de la falsedad de la imputación.[3]

¿Con que Argomedo, el representante de la Nación, el que tuvo el honor de presidirla, el Presidente del Supremo Poder Judicial, el ciudadano decorado con las primeras distinciones de la Patria a los 58 años de edad, ejercitado siempre en la beneficencia, viene a ser el asesino del proceso? Argomedo, que cree hallarse entre aquellos célebres majistrados de Esparta, que multaban a sus conciudadanos cuando eran insensibles a las injurias, ¿sufrirá la que refleja en esta Sala en todos i cada uno de los señores diputados i en todos i cada uno de sus conciudadanos? ¿Callará cuando su silencio le esponia al ultraje i a ver holladas las garantías i las leyes? ¿Olvidará una causa que iba a formar la pieza principal en el Martirolojio de Chile? ¡Ah! si esta horrible ofensa se hubiera proferido por un particular solo merecería el desprecio; pero pronunciada por Ministerio que, en la Sala misma de la Representación Nacional, osó decir que era preciso que corriese alguna sangre para asegurar la tranquilidad del país [4] , i presentada como un hecho incuestionable, ¡qué idea! ¡qué imájenes de horror se presentan a la observación de aquellos que desconocen la adulación!... ¿Qué? El estandarte de la Libertad ¿deberá mancharse con sangre, como lo está el cetro del despotismo? Nó. Los que han roto con una mano las cadenas de la esclavitud no empuñarán con la otra el cuchillo de que se arma el verdugo.

¿Dónde están los antecedentes que sirven de base a las calumnias? Se ha leído ese sumario peregrino, que solo ahora he oido, en que debia resultar el espíritu de acriminacion, si los jueces fuesen ménos justificados, i nadie habla de asesinatos de Argomedo. Se ha examinado la miserable declaración de ese hombre despreciable, que ha servido de ájente en esta farsa ignominiosa, i no nombra a Argomedo en tal crimen; pero, lo que es mas, niega la existencia o intención del crimen misino que se supone. Se ha recorrido escrupulosamente la de su asociado Bustamante; nada dice, i aun no se conocen con Argomedo. ¿I estos son los testigos examinados por el juez de letras, estos los testigos que se condenan? ¿Esta es la constancia del sumario, i estos los datos que tan indudablemente se aseguran en el oficio? ¿Esta es la acusación que hizo atrepellar la inviolabilidad de mi carácter público; la que me hace sorprender a media noche; la que me saca de la cama, enfermo; la que no permite las mayores seguridades de mi persona [5], la que me arrastra a un calabozo inmundo; la que me tiene doce dias en incomunicacion i veintisiete en prisiones; la que ántes de la sentencia me priva del honor i confianza que depositó en mí uno de los primeros pueblos de la República [6]; la que produce el arrebato de mis papeles, en que pudieran ir consignadas mis primeras confianzas, i aun mis debilidades privadas? ¿Esta es la que los lleva sin lacrarse las cerraduras, sin inventario, sin un ministro de fe, i las que los hace reconocer sin mi citación? ¡Qué ataque a la moral de los pueblos!

Los mejores jurisconsultos convienen en que dos testigos no bastan para proceder contra un oficial de preeminencia i persona pública; porque debe considerarse siempre la calidad, dignidad i servicios para ver si es presumible el delito que se imputa; ¿i para Argomedo, ni aun se ha menester de uno solo, ni aun de uno, aunque sea probado por la lei? [7]

Acerquémonos mas al proceso, haciéndome fuerza si es posible por un momento, conformándome con la prevención del señor Presidente, para olvidar la ofensa que tan justamente produce mi exaltación.

Dice el oficio: que los dos hombres destinados a la bárbara empresa de asesinar a los señores Vera i Campino fueron sorprendidos por los serenos en los medios de ejecutar sus designios. Acabamos por primera vez de oír leer el proceso, i yo no entiendo cuáles eran los medios de este sonado asesinato.

A Sotomayor, lo mismo que a su compañero, se le encuentra en su propio traje, descubierto, despues de haber hecho varias correrías en la plaza pública con su cabeza agobiada de la embriaguez; pedia que lo condujesen donde el Supremo Director. El comandante de serenos le desprecia i le entrega a su concuñado Errázuriz, de quien también he oido ahora decir que era el conductor queesplicaba las perfidias de Sotomayor. Por mano del mismo Errázuriz i de su casa, se trae al Palacio, i el resultado de todo fué que una hora ántes, sí, una hora ántes de recibir el juez Echevers la primera declaración, se habia decretado mi prisión. Al oir leer el sumario, he notado que se ha puesto recibida la primera declaración a las doce de la noche. El escribano i amanuense, estrechados del juramento, declaran que a la una i media no se habia comenzado, i ántes de la una estuvo la fuerza armada en mi casa a aprehenderme. Omito otras circunstancias por prudencia i porque no quiero perder tiempo, ofendiendo la buena razón de mis jueces, para desbaratar una imputación que por grosera solo ha producido en el pueblo la mas acerva indignacion.

¿Seré yo tan desgraciado que a la vista de este simple relato, único resultado del sumario, aun quede entre nosotros alguno que no observe que el sujeto verdadero del asesinato era el honor de Argomedo? Gracias a Dios, no se ha llenado el fin. El cielo amparó la inocencia. El público, que se limitaría a compadecerme si me considerase criminal, jamas me ha horrado con mayores distinciones. Mi prisión, despues de comunicado, se ha convertido en una sala de recibo. Mi familia ha tenido mayor concurrencia [8], acreditando todo que solo es infamado el que trate de infamarme.

¡Con qué placer he oido leer este dia el homenaje que ha hecho el señor Vera a la amistad i al honor!

Ese mismo señor Vera, que en el oficio se suponía la víctima destinada, dice que nunca ha creído ni la intención de este crimen [9].

Amigo mio, repasa las épocas de nuestra vida; mírate las manos en que has tenido siempre el corazon de Argomedo, rejistra nuestras confianzas, sufre un momento el dolor de recordar nuestros mútuos empeños en las desgracias de la revolucion, yo te lo suplico; sí, tu amigo Argomedo te lo ruega. Tú le oyes, tú le miras; mide, sí es posible, cuál seria mi dolor al oir que se me imputaba tan negra alevosía!...

Señores: a este corto rapto me ha conducido la amistad; dispensadlo.

El señor Campiño igualmente se aparta de la causa [10]

¿I solo el Ministro se ha engañado? Nó. Nó. ..

Jamas ha creído su corazon lo que ha tratado de persuadir; pero era preciso suponer un tal crímen para salvar la barrera de mi inviolabilidad. El Ministro se habia propuesto en la estincion del Congreso un sistema de servidumbre a que era preciso consagrar víctimas; bien claro lo manifestó en esta propia Sala. Yo fui la preferida para el ensayo, porque mi representación hacia mas ruidoso el aparato; i porque pagara de este modo la firmeza, sí, la firmeza, de no haber quemado el incienso a sus errores. Para sacrificar a Argomedo, aun no se esperó ese sueño.

Si no hai, pues, un testigo, un indicio ni nada: si así se fija el asesinato como constante del su mario, mediten mis jueces el grado de dolo a que sube el calumniante. Mediten cuál deberá ser la pena del calumniante, que debe compararse siempre con ese dolo, en el criterio del juicio.

Pasemos a otro célebre cargo. Aseguradas las personas, (dice el oficio) i entregadas al juez de letras, ha resultado don José Gregorio Argomedo era uno de los autores de este proyecto i de los anónimos que han circulado en el país, con otras incidencias que horrorizan. La imprudencia i falsedad de esta atroz imputación es solamente lo que debe horrorizar. Supongamos por un momento que lo afirmase Sotomayor: la aseveración de este hombre, pérfido i despreciable; de este hombre, cuya conducta doble, bajo todos Gobíernos, ha sido vender o calumniar a su benefactor Fontecilla; de este hombre falsario acostumbrada a suplantar firmas [11]; de este hombre, a quien no hai uno del pueblo quien no conozca por sus vicios; de este hombre, de quien pocos dias ántes, el ex-Ministro de Hacienda don Diego Benavente, en esta propia Sala, habia hablado con execracipn por la dilapidación de la Hacienda del Bajo i Espejo, ¿seria bastante testimonio para dar por probado un cargo tan enorme? Las leyes i la razón enseñan el desprecio que se merecen los asertos del cómplice, del falsario, del vicioso i del delator sin prueba. Yo no quiero ofender la ilustración de mis jueces, citándolas. ¿Qué individuo, que clase, qué conducta se pondría a cubierto de la infamia i de la traición, si un dicho de esta naturaleza fuese un testimonio bastante para atacar el honor i seguridad? ¿A quién faltan enemigos, i mucho mas al que se halla revestido de mi carácter público? ¿Quién no conoce malvados capaces de venderse i de comprar?

Para conocerme por el escándalo, observen mis jueces que la aseveracion de Sotomayor es un referente sin relato. El dice que el señor Fontecilla le comunicó haberle yo dado un pasquín, o ser yo el autor de los pasquines; el señor Fontecilla lo niega. ¿Dónde está, pues, la legalidad del cargo? El pasquín que se presenta, que mandó con una caita Sotomayor a su compadre, su concuñado i su comanguíneo, don Javier Errázuriz, es un estracto del que oyó leer en el Congreso a nombre del Procurador Nacional. ¿No seria mas creíble que el mismo Sotomayor lo forjase por lisonjear así a sus comitentes, i que me entrometiese a mí en la farsa para darse mayor aire a presencia dé la amistad que manteníamos con el señor Fontecilla?

Ataca también a don Joaquín Echeverría, diciendo que yo le entregué un pasquín. Por acaso dijo esta vez una verdad; pero fué el mismo que circulaba por el público con el título indicado, i con el objeto insinuado en mi confesion, conforme con la declaración del señor Echeverría, recibidas ámbas en los dias de mi incomunicación, por lo que no se me ha hecho cargo alguno.

Concluye asentando que, en una conversacion en la Alameda, le dije yo: Primero muerto que confesor, con referencia a los pasquines. Sí no se ñala pasquín alguno que yo le haya dado ¿por qué le hacía aquella prevención? Si no señala una pequeña confianza mia ¿por qué era el martirio? ¿qué callaba si ni pasquines ni nada le habia confiado? No nos cansemos. Mis jueces están mirando en el testimonio de Sotomayor que él es tan despreciable i tan inadmisible como lo fué el de Asclepiades por Cicerón cuando defendía a Lucio Flaco.

Apenas me recibí de Presidente del Congreso cuando este infeliz hombre presentó una solicitud para que se le restituyese en arriendo la hacienda del Bajo i Espejo, que habia dilapidado, i porque la entorpecí, abrigaba contra mí un veneno que vino a vomitar en las imposturas de que he hablado, perdiendo ya la esperanza de vengar de otra manera su resentimiento.

Conózcanlo mejor mis jueces, oyendo en el acuerdo al señor diputado don Marcelino Ruiz, que presenció aquella conversacion mui inmediato a nosotros; él dirá si produje semejantes palabras.

El señor diputado don Fernando Urízar podrá informar también si muchas veces le convidé a sentarme distante de Sotomayor, significándole que me avergonzaba su compañía. Con estos antecedentes ¿liaría yo la menor confianza de este hombre?

¡Ah! Si Sotomayor fuera capaz de decir alguna vez verdad, ¡cómo avergonzaría yo a los que me han creído susceptible de bajezas! Huyo tanto de ellas, que tengo por mejor callar que dar a entender ni remotamente que hablo ahora por el estado en que me hallo.

Repito que no he dicho tales espresiones. ¡Qué miserable es la acusación por palabras! Nada hai mas fácil que formar por ellas una calumnia. Yo recomiendo a mis jueces las doctrinas de los mejores publicistas, sobre una especie de acusación que ha menester de tantas observaciones. Las indagaciones i perseguimientos por una conversación familiar, son solo dignas del gobierno de un Domiciano, decia Tácito en la Vida de Agrícola. La palabra no pasa de la esfera de la voluntad. La voluntad sin acción, no es un crimen sujeto al Tribunal del hombre.

En compendio: el asesinato ha sido una farsa, con las miras que observan mis jueces i el público. I la imputacion de anónimos i pasquines, el vestido que quiso darse a los actores supuestos, i que, por desgracia del Ministro inventor, se ha conocido el disfraz.

En una palabra, i con mayor claridad, si es posible, el Ministro esperaba la disolución del Congreso aquel dia. Su conservacion ha sido la salvaguardia de la inocencia.

Defensores ilustres de la Augusta Representacion, yo he sido la víctima escapada a esfuerzos de vuestra integridad. Recibid el justo homenaje de mi gratitud. Recibid las felicitaciones de los libres, i de su mano los laureles, que debisteis ceñiros ese dia. Mi sentencia, ántes que vosotros, ya la ha pronunciado el público; pero esto no os quita la obligación de entrar hoi en el criterio del juicio, reducido todo al siguiente exámen.

Si no hai acusación, si no hai sombras de acusacion, si la imputación ha sido tan atroz, si a proporcion de ella debemos medir la pena i el desagravio, ¿qué castigo damos al ofensor? ¿Qué satisfaccion aplicamos al ofendido? Miradlo bien. .. Sí... miradlo. .. Este es vuestro cargo. Yo descanso mui tranquilo en la confianza de vuestra integridad. Dispensad también mi exaltacion. Mi corazon ha gobernado la palabra, i yo no lie podido resistirle, lie concluido. Me retiro a mi arresto.



Discurso del señor Campino, pronunciado en la sesión del 20 de Febrero en la sala del Congreso [12].

En este negocio he vacilado sobre si debería tomar o nó la palabra. [13]

Tal vez no podré hecerlo con la moderación que exije la solemnidad del lugar, i la respetable concurrencia en que me hallo.

He oido apurar todo el saber lejista de los miembros del Congreso, para probar las solemnidades que se necesitan en esta causa. Pero, señor, es mui cierto que todo el que tenga algún conocimiento práctico en materias de Gobierno, no dejará de conocer que la jurisprudencia revolucionaria[14] es absolutamente distinta de la ordinaria: aquélla es preciso observarla de hecho cuando la Patria está en peligro. En semejantes casos, no puede valer la jurisprudencia ordinaria, que nunca podia tener caso en cavilaciones misteriosas i en maniobras oscuras. [15]

¿Qué medio habrá que no se toque en el día para minar todas las autoridades?

¿I se esperará, que haya dos testigos que denuncien?.[16]

¿Nos atendremos a la táctica calmosa que se acostumbra en los tribunales, para destruir a los sediciosos, que no pierden momento en desacreditar i arruinar el orden actual?[17].

¿Cuántas otras cosas habrá para convencernos, que no podrán concurrir en juicio por mas que se cite el artículo del reglamento?[18].

Artículo de que he sido el autor.

Un asesinato que hubiese sucedido sin las circunstancias de ahora, no hai duda que deberia juzgarse con todos los trámites, porque no supondría mas que un simple delito; pero cuando, persona i persona tal, se encuentra cómplice i no solo cómplice, sino el autor, ¿qué debemos esperar?[19]

Que se hallan, como es evidente, complicados otros muchos individuos de este Cuerpo, i que aquí está la levadura, sí, aquí está: oríjen i gran porte de las maniobras que se notan al presente.[20]

Por esto es preciso la disolución de este Cuerpo. Las circunstancias lo exijen i la misma seguridad del país. Yo, por mi parte, haré todo lo posible para que se disuelva; i en caso que no se consiga por la resistencia de los diputados, iré, i aconsejaré mil veces al Gobierno que, en el último estremo, a bayonetazos disuelva el Congreso [21].

Insisto en que se nombre una comision lejíslativa hasta que se haga nueva elección por los pueblos [22].

El Congreso actual no puede hacer cosa útil. Sí, señor, no puede hacer cosa útil. Hasta ahora no han llevado en todo un sistema de oposicion, impidiendo de este modo i poniendo estorbos a la marcha del Congreso [23].

Este era el modo de desacreditarlo, este era el modo de ponerlo en situación que no fuese capaz de hacer nada para justificar la antigua administración, porque se quiere volverlal sistema de los manejos oscuros i vengativos . [24]

Examínese, señor, cuál ha sido la conducta de la actual administración desde su principio. El jeneral Freire se presenta aquí sin el menor espíritu de partido i repetidas veces se le quiere asesinar i se sabe quiénes han sido los asesinos. [25]

El jeneral Freire conserva a sus enemigos mas descubiertos en sus destinos. El jeneral Freire... diré mas, llama a la participacian secreta de su amistad a los enemigos de su poder. ¿I cuál, señor, era el motivo para cavilar contra esta administración?. [26]

Si en ella se notaban defectos ¿no existían todos los medios legales que se pueden presentar en un país libre? ¿Por qué no los declaraban por medio de la prensa? ¿Por qué en un país en que está reunida la Representación Nacional no se acusaba ante ella al Gobierno? ¿Por qué se quiere volver al sistema de las cavilaciones minando al sistema actual?

Yo, que siempre he opinado por la existencia de estos cuerpos, conozco la necesidad de que se disuelva éste; porque léjos de ser el autor de los bienes i el defensor mas decidido del órden, es i será siempre el oríjen del desorden i de maquinaciones indecentes. [27]

¿Qué chileno hai, señor, que no se horrorice al ver dos advenedizos introducidos en Sala?.[28]

Es una vergüenza. Semejante Congreso no debe tener nunca respetabilidad. En fin, señor, insisto en dos cosas: primera, que los Ministros del Gobierno indiquen a la Sala los peligros en que se halla la Patria, en los que están iniciados algunos individuos del Congreso; segunda, que se lea la mocion que tengo hecha, en la intelijencia que damos con la conservación de este Cuerpo el ejemplo de apoyar la anarquía i el desórden. Yo de hecho me abstendré de venir mas [29] i creo que muchos señores harán esto mismo i entónces será mas ver gonzosa su disolucion, hasta que dentro de cua tro meses se vuelva a reunir, renovados ya sus miembros. Pido ademas que el Congreso se declare en sesión permanente hasta que se resuelva sobre la mocion.


Núm. 124[editar]

Para el fin indicado en su apreciable nota, la Suprema Corte remite a US. los autos seguidos entre don Gabriel Larraín i doña Josefa Soiza, sobre nulidad de matrimonio.

Dígnese US. aceptar su respeto i aprecio. — Marzo 16 de 1825. —Lorenzo José de Villalon. —Señor Secretario del Soberano Congreso doctor don José Silvestre Lazo.


Núm. 125[editar]

Esta Corte tiene el honor de remitir a US. el informe que pide la Comision de Justicia del Congreso Nacional, sobre la recusación del señor don José Miguel Infante interpuesta por don Juan Albano, en contestación a su apreciable nota, de 14 del corriente.

Saluda a US. con la mayor consideración de aprecio. —Corte de Apelaciones i Marzo 16 de 1825. —Juan de Dios Vial del Rio. —Señor Secretario del Congreso Nacional.



Núm. 126 [30][editar]

El Presidente del Congreso tiene el honor de decir a S. E. que han cesado los motivos de con- servarse en la Sala los tres edecanes mas que se pidieron por el Ministerio de la Guerra, debiendo permanecer por ahora los cuatro de mayor graduación, que actualmente conservan el órden i prestan su servicio en las delicadas atenciones de la Sala.

Su Presidente se complace, con este motivo, de reiterar al Supremo Director los sentimientos de su distinguido aprecio. —Sala del Congreso, Marzo 17 de 1825. —Al Excmo. Supremo Director.


  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Papeles Sueltos, tomo XIV, años de 1818 a 1831, pajina 139, del archivo de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)
  2. El señor diputado Campino produjo en la Sala, el dia que se pasó el indicado oficio, el discurso que va anotado al fin i que no se copia aquí por la necesidad de hacer sobre él sus observaciones.
  3. Se sentó el orador, i leyó el oficio de foja 1 que sirve de cabeza de proceso, llamando la atención en todas las espresiones que indicaban la constancia del delito; concluido, volvió a ponerse en pié, manteniéndose algunos momentos en silencio. Continuó en la forma que sigue.
  4. El señor Campino, en la sesión del 16, dijo también que era necesario suspender la lei de garantías para asegurar el país.
  5. Un hijo mió pasó, inmediatamente despues de intimado el arresto, a ofrecer al señor Director las seguridades que gustase hasta quedar él preso, con tres hermanos mas, porque se le permitiese a su padre mantenerse en su casa hasta las ocho de la mañana siguiente, i se le negó.
  6. Se discutió, ántes de llamarse al diputado Argomedo, si debería hablar desde su asiento de diputado, i se resolvió que no, i que se colocase dentro de la barra, al frente del Presidente. Argomedo, al entrar, espuso que hablaría desde afuera, i que no pasaria de la barra, miéntras no fuese declarada su inculpabilidad i enteramente satisfecho su honor; no se le permitió.
  7. Aquí el Presidente tocó la campanilla al orador, notando su exaltación i llamándole a la moderación: le contentó que estaba mui herido; que aquel fuego le era mui natural; que creía imposible contenerse; pero que se empeñaría, i continuó unos pocos momentos en tono mas bajo i ménos encendido.
  8. Pasaron de seiscientas las personas que visitaron mi casa el primer dia de la prisión.
  9. Argomedo i Vera, desde los principios de la revolución, se han protejido mutuamente en sus desgracias, admirando el publico sus satisfacciones.
  10. Argomedo siempre se ha manejado amigablemente con el señor Campino. Siendo aquél fiscal protejió tan descubiertamente la casa de Sierra Bella, encargada a la familia del señor Campino, que su hermano don José Antonio, en la primera vez que se vieron juntos con don Joaquín, le dijo a éste que era el mayor amigo que habia reparado aquellos intereses. El señor Vera lia sido también testigo de esta amistad.
  11. Falseó la firma de don Juan Albano en una boleta para un remate público, i muchas otras en unas cuentas que presentó al Estado, descubriéndose indudablemente la suplantacion.
  12. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Papeles sueltos, tomo XIV, años de 1818 a 1839, pajina 144, del archivo de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)
  13. Mejor le estaría no tomarla para no incitar contra sí ti odio de los pueblos, a quienes quiere manejar a bayonetazos en las personas de sus representantes.
  14. Por jurisprudencia revolucionaria, entiende sin duda la bala i la bayoneta; i tal uso es el que recomienda este padre de la Patria en los peligros clasificados solo por él i por un Ministro falsario, con el fin de poder manejar los pueblos a bayonetazos. Estos son los que se llaman liberales por antífrasis.
  15. La persecución de Argomedo ha sido maniobra tan clara que ia han visto los ciegos.
  16. Nó; el antojo del interesado basta para fusilar, basta para dar por probado lo que no se ha soñado i basta para afirmar hechos que horrorizan pueblos. Cuidad mucho en la elección de vuestros representantes i no os alucinéis con una cata!
  17. La calma ha servido en el dia para apurar los trabajos de la Inocencia.
  18. Diariamente van saliendo las que descubren la verdad en la presente farsa.
  19. ¿Qué debemos esperar? Una acriminacion supuesta, despreciable, infame, ruin, para mandar en compañía del Ministro el señor Campino sin freno alguno, i poder elejir las víctimas a su voluntad, para que nadie los contuviese.
  20. Nadie las ignora. Todos conocen la levadura.
  21. ¡Grande amigo del Gobierno! ¿Podria alguno dar peor consejo para desacreditarlo? Señor diputado, no es preciso recurrir a la jurisprudencia revolucionaria para castigar una blasfemia semejante. La ordinaria bastaba para privar a usted de voz activa i pasiva para siempre. Éstos sí que deben llamarse asesinatos de personas, i personas tales, etc.
  22. ¿Qué tal saldria, señor diputado, esa elección, si resultaban todos los electos amigos de bayonetear a los pueblos? ¿Se disolvería entonces al Congreso?
  23. El que quiera juzgar acertadamente lea las discusiones i observe también quiénes han sido los sujetos nombrados para las principales comisiones que han debido presentar sus proyectos, i conocerá dónde está la levadura. Se le encarga al que se tome este trabajo que observe particularmente si Argomedo ha puesto el menor estorbo a la marcha del Congreso i que lo señale.
  24. Se repite que el del presente Ministro i diputado ha estado mui claro i mui humano con Argomedo.
  25. Falsedad igual al asesinato en cuestión i primera noticia que se tiene de semejantes intenciones.
  26. Hablando copulativamente de la administración, se comprende al señor Freire; pero la jeneral prevención del pueblo ha sido solo contra los sinistros. Era preciso ser cómplice en los desórdenes para mirarlos con indiferencia. Véase la siguiente nota de la Comision de Hacienda i decídase de buena fe si podrá ningún ciudadano amante a su país prestar su sufrajio por semejante Ministerio. No era del resorte de la Comision hablar de los errores del señor Pinto; puede ser que Argomedo tenga lugar de detallarlos algún dia, persiguiendo la calumnia con que éste le ha herido.
  27. Si él las causa o fomenta.
  28. Pudo haber dicho cuatro, pero su intención ha sido herir solamente a los señores Ocampo e Iñiguez. Nadie ignora el motivo. Son notorias las buenas luces i conducta intachable del señor Ocampo. El señor Iñiguez ha hecho algunas mociones que ciertamente no han agradado al señor Campino.
  29. ¡Qué ejemplo, qué respetabilidad! ¡Con que no haciéndose lo que quiere el señor Campino no hai Congreso! I esto ¿cómo se llamará? ¿A cuál de las jurisprudencias pertenece? ¿Dónde está la levadura?
  30. V. documento agregado a la sesión del 23 de Marzo. (Nota del Recopilador.)