Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1825/Sesión del Congreso Nacional, en 22 de enero de 1825

De Wikisource, la biblioteca libre.
Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1825)
Sesión del Congreso Nacional, en 22 de enero de 1825
CONGRESO NACIONAL
SESION 41, EN 22 DE ENERO DE 1825
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RAMON DE Vicuña


SUMARIO. —Cuenta. —Incidente sobre el juramento del coronel Cáceres. —Eleccion para Presidente i Vice-Presidente de los señores Vicuña i Vera. —Solicitud de doña Josefa Soiza en demanda de que ciertos diputados se declaren implicados para conocer del recurso de don Gabriel Larrain. —Sueldos de los escribientes de los taquígrafos. —Solicitud de don Juan Antonio Díaz Salcedo de Muñoz en demanda de que se le ceda un fundo. —Id. de don Juan Enrique Guzman sobre abono de sueldos para rematar una estancilla. —Lei de enajenacion de bienes nacionales. —Fijacion de la tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Diector comunica haber reiterado a la Tesorería Jeneral la órden de cubrir puntualmente los sueldos de la Secretaría del Congreso. (Anexo núm. 304. V. sesion del 19.)
  2. De otro oficio en que el comandante jeneral de armas comunica haber ordenado que diariamente, sin pretesto alguno, vengan dos ordenanzas a ponerse al servicio de la Secretaría del Congreso. (Anexo número 305. V. sesión del 21.)
  3. De un informe de la Comision de Hacienda, sobre la solicitud que don Juan Antonio Díaz Salcedo de Muñoz ha entablado en demanda de que, atentos sus servicios a la Patria, se le ceda en las condiciones que espresa la propiedad de cierto fundo que indicará ante quien corresponda. (V. sesion del 20 de Diciembre de 1824.)
  4. De una solicitud que don Manuel de Zañartu i Opazo i don José Larrañaga, amanuenses de los taquígrafos, entablan en demanda de que se les asigne sueldo. (Anexo núm. 306. V. sesion del 6 de Diciembre de 1824.)
  5. De otra solicitud que don José Cebrero entabla por doña Josefa Soiza, en demanda de que se falle el recurso de don Gabriel Larrain, esposo de la suplicante. (Anexos núms. 307 i 308. V. sesion del 20 de Diciembre de 1824.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. No aviniéndose el señor Cáceres a prestar juramento sin restricciones, que la Comision de Poderes informe. (V. sesiones del 21 i del 25.)
  2. Elejir para Presidente i Vice-Presidente por un nuevo periodo reglamentario, respectivamente a don Francisco Ramon de Vicuña i a don Bernardo de Vera. (Anexo núm. 309. V. sesiones del 29 de Diciembre de 1824 i del 26 de Enero de 1823.)
  3. En el recurso de don Gabriel Larrain, nombrar a don José Tomás Ovalle i Bezanilla, a don José Miguel Infante i a don Manuel José Gandarillas para reemplazar en la Comision de Justicia a los señores Argomedo, Pérez i Vera, implicados, i acordar que dicho recurso se termine en una sesion con los diputados que concurran. (V. sesion del 14 de Marzo de 1825.)
  4. Asignar a los amanuenses de los taquígrafos el mismo sueldo de que gozan los oficiales de la Secretaría. (Anexo núm. 310. V. sesión del 26.)
  5. Sobre la solicitud de don Juan Antonio Díaz Salcedo de Muñoz, recomendar al Gobierno los méritos del suplicante para que le tenga presente cuando se dicte la lei de enajenacion de los bienes nacionales. (V. sesiones del 9 de Febrero de 1825 i del 17 de Diciembre de 1827.)
  6. Sobre la solicitud de don Juan Enrique Guzman, recomendar al Gobierno la liquidacion de los sueldos que se adeudan al suplicante, i que, no pagándoselos al contado, se le entregue su ajuste para que pida la compensacion que creyese justa. (Anexo núm. 311. V. sesiones del 14 de Enero i del 4 de Febrero de 1825.)
  7. Recomendar asimismo al Gobierno que se dicte cuanto ántes la lei de enajenacion de bienes nacionales. (V. sesiones del 23 de Diciembre de 1824, del 21, 25 i del 31 de Enero de 1825.)

ACTA[editar]

Se abrió con asistencia de los señores Argomedo, Arriagada, Araos, Baquedano, Borgoño, Bezanilla, Cordovez, Campino, Calderon, Caldera, Eyzaguirre, Elizondo, Elizalde, Echeverría, Fernández, Gandarillas, González, Hurtado, Huici, Infante, Lazo, Luco, Meneses, Merino, Mendiburu, Montt, Ovalle don Vicente, Ovalle don José Tomás, Ovalle don José Antonio, Ocampo, Olmedo, Pérez, Palazuelos, Prieto, Torres, Valdivieso, Vera i Vicuña.

El señor Cáceres se presentó a incorporarse a la Sala, i en el acto de prestar el juramento, lo hizo con la restriccion de sus poderes; esto es, que en todos los negocios de gravedad debe consultar al pueblo comitente. La Sala, observando que esta circunstancia podria retardar notablemente la espedicion de sus trabajos, acordó se pasasen los poderes del señor Cáceres a la Comision de este título para que informe, por haberse denegado el indicado a otorgar el juramento llanamente.

El señor Presidente anunció a la Sala que, habiendo llenado el término de su duracion, estaba en el caso de ocuparse de la eleccion de la persona que debia subrogarle en la Presidencia.

En esta virtud, se llamó a votacion, i numerados los diputados sufragantes, resultaron treinta i ocho; verificado este acto i hecha la comprobacion de sufrajios, se procedió al escrutinio. El señor Vicuña obtuvo en esta operacion veintiún sufrajios para Presidente; el señor Eyzaguirre diez i seis para el mismo destino, i un voto en blanco. Para Vice-Presidente, obtuvo el señor Infante quince sufrajios; el señor Vera, diez i ocho; el señor Albano, tres; el señor Elizondo, uno, i el señor Echeverría, uno. Estando la mayoría absoluta de sufrajios por el señor Vicuña, se le proclamó Presidente de la Sala; pero, como ninguno de los designados para Vice-Presidente reuniese la mayoría necesaria para este destino, se llamó a nueva votacion, proponiéndose como únicos candidatos a los señores Infante i Vera, que obtuvieron en su favor el mayor número de votos. Evacuado este acto, el señor Vera obtuvo diez i nueve votos; el señor Infante quince, i el señor Caldera tres, quedando el primero electo por la mayoría para el encargo de VicePresidente.

Posesionado el señor Vicuña de la Presidencia, se llamó la atencion de la Sala a los negocios particulares que debian ocuparle en la presente sesion. En este estado, se leyó una representacion del procurador de pobres, a nombre de doña Josefa Soiza, esponiendo que, noticiada de que don Gabriel Larrain ha recurrido al Congreso reclamando la resolucion de la Corte Suprema, en el recurso de fuerza que se elevó a ella, en la causa matrimonial que sigue con él, cree necesario poner en su conocimiento que, debiendo previamente pasar este recurso a la Comision de Justicia, debian subrogarse los señores Argomedo, Pérez i Vera, miembros de ella que están implicados, i que, estándolo igualmente algunos otros señores de la Sala para entrar en la discusion de este negocio, se acuerde que, abierta legalmente la sesion, se discuta i termine con el número de diputados que quede, escluidos los implicados. Se tomó en consideracion i penetrada la Sala de la justicia de esta solicitud, se nombró por el Presidente que cesó, para integrar la Comision de Justicia, a los señores don Tomas Ovalle, Infante i Gandarillas, decretándose al mismo tiempo el reclamo de que se ha hecho mérito se discuta i acuerde, según lo pide la suplicante.

Se leyó una representacion de los amanuenses de los taquígrafos, en que solicitan se les asigne el sueldo de que deben disfrutar, i se acordó que gozasen la misma asignacion que los oficiales de la Secretaría, abonándoseles desde el dia que han prestado su servicio.

Don Juan Antonio Díaz Salcedo de Muñoz, esponiendo sus infortunios i patriotismo, pide se le conceda la propiedad de un fundo nacional que designará ante quien corresponda, con la condicion de reconocer con hipoteca del mismo el valor de su tasacion, pagando el rédito anual que corresponda. Sensibilizado el Congreso de su esposicion i penetrado por otra parte de la urjente necesidad de dictar la lei que arregle el método i forma en que debe hacerse la venta de bienes nacionales para que el Estado saque de ella toda la utilidad posible i al mismo tiempo que de nada serviría la recomendacion que se acordase a favor del suplicante sin que se diese aquella preliminarmente, acordó que recomiende al Ejecutivo el mérito i desgracias del suplicante en la época en que se dicte la lei de que se ha hecho mencion, para que sea concedida la solicitud, cuando se vendan los bienes nacionales.

Leyóse otra de don Juan Enrique Guzman, en que pide se prevenga al Supremo Director se le entregue la estancilla de Santa Rosa, perteneciente al convento de Santo Domingo, o bien en venta, pagando su importe con los cinco mil i mas pesos que le adeuda el Erario i el líquido de otros cargos que debe hacerle, o arriendo, en los mismos términos que la tiene hoi don Rafael Arburú. Se tomó en consideracion i se acordó se recomiende al Gobierno la liquidacion de los sueldos que se le adeudan a este interesado, i que, no satisfaciéndoseles éstos al contado, se le entregue su ajuste para que solicite la recompensa que creyere conveniente, i que a mas se le recomiende al Gobierno que se dicte la lei sobre enajenacion de bienes nacionales.

En este estado, se levantó la sesion, reiterándose para la próxima la órden anunciada en la sesion ordinaria del dia anterior.


El señor Presidente abrió la sesion con 36 diputados, i habiéndose presentado el señor Cáceres, diputado por Quirihue, se le llamó para que prestase el juramento de estilo, el cual no lo dió por la restriccion de sus poderes.

Se reservó el acta de la anterior para la sesion ordinaria.

El señor Presidente anunció que habia concluido el término de su Presidencia i que lo primero en que se debia ocupar el Congreso, era la eleccion de oficios de Presidente i Vice-Presidente, para que se habia reunido.

Se procedió a la eleccion con 38 sufragantes i resultaron del escrutinio, para Presidente, los señores Vicuña, con 21 sufrajios, i Eyzaguirre con 16, i un voto en blanco, quedando electo para Presidente el señor Vicuña. Para Vice-Presidente salieron los señores Vera, con 18, Infante con 15, Albano con 3, Elizondo con 1 i Echeverría con 1, i como no resultase la pluralidad absoluta en la eleccion de Vice-Presidente, se reiteró la votacion, fijándose solo en los señores Vera e Infante, de la que salió el señor Vera para VicePresidente, con 19 sufrajios. El señor Infante sacó 15 votos i el señor Caldera 3.

El señor Campino despejó el asiento, dando gracias a la Sala por haberse distinguido con él.

El señor Vicuña entró a ocuparle, espresando los sentimientos de reconocimiento que le animaban.

Inmediante se leyó una representacion de doña Josefa Soiza, pidiendo se escluyesen de la Sala los señores de la Suprema Corte que están en él i los demás implicados en su causa, que, separados éstos, se procediese con los demas al conocimiento de ella. Se acordó accediendo a su peticion.

Se dió cuenta de otra que hicieron los amanuenses de los taquígrafos, haciendo presente que ellos estaban admitidos i trabajando desde el 22 de Noviembre i aun no se les habia reconocido, ni se habia tomado razon de sus sueldos en la Tesorería Jeneral.

Se acordó que se oficiase al Ejecutivo para que se tomase razon, abonándoseles desde que comenzaron a trabajar con los taquígrafos.

Se leyó otra de don Juan Antonio Díaz Salcedo, sobre que se le concediese la propiedad de un fundo rústico, prefiriéndose a él por los servicios que habia prestado a la Patria, en caso que otros quisiesen hacer posturas. Se leyó tambien el informe que dió la Comision de Hacienda sobre este asunto.

El señor Íñiguez. —He visto con la mayor ternura la representacion que se eleva al Congreso por un ciudadadano desgraciado. Él es bastante recomendable por sus muchos servicios con que se ha distinguido en favor de nuestra independencia.

Nos hallamos reunidos para hacer la felicidad de la República, el bien público debe ser nuestro objeto, éste no es término opuesto al bien de los individuos que le componen; al contrario, es el de todos ellos reunidos, es el de todos porque es el de cada uno. Dictar leyes benéficas para desterrar de los pueblos la mendicidad, aumentar el número de sus propietarios, conceder toda clase de proteccion a los ciudadanos que, despues de haberse sacrificado por la salud de la Patria, se hallan sumerjidos en la mas lamentable orfandad, hé aquí el primer deber de los representantes de la Nacion.

El ciudadano Díaz Muñoz pudo haber tocado resortes que fijamente habrían llenado el objeto de su solicitud; pero ha creido que ataca de frente a los principios de delicadeza que caracterizan al señor Ministro del Interior, con quien le ligan las mas íntimas relaciones de sangre i estrecha amistad. Soi, pues, de dictámen que el Congreso no debe trepidar un momento en acceder a la solicitud del ciudadano Díaz, cuando se dé el reglamento de la enajenacion de bienes nacionales.

Con los mismos sentimientos, se espresaron los señores Vera, Ocampo, Caldera i González, solo advirtiendo que todavía no habia una lei sobre este particular.

(NOTA. —Con bastante sentimiento, el taquígrafo dejó pasar los discursos de estos señores, por haberse descompuesto la pluma i no tener repuesto para estos casos.)

El señor Presidente fijó la proposicion, despues de haberse declarado suficientemente discutida, en estos términos: se le recomienda al Ejecutivo sobre la solicitud del señor Díaz o se espera a que se dicte la lei.

Se tomó la votacion, de la que resultaron veinte sufrajios por que se esperase la lei para recomendarle; ocho por la contraria; cuatro porque se le recomendase ahora i cuando se dictase la lei, i dos cuando quiera el interesado, quedando acordado que se esperase la lei para recomendarle.

Se leyó otra de don Juan Enrique Guzman, pidiendo se le diese en venta la estancilla de Santa Rosa i que se liquidase la cuenta de sus sueldos.

Se acordó lo mismo que en la anterior.

En este estado, se levantó la sesion.


ANEXOS[editar]

Núm. 303 [1][editar]

Hemos oido hablar en la Sala de la Lejislatura sobre un proyecto de lei para la enajenacion de los bienes nacionales. Hemos tenido tambien gran complacencia, oyendo varios dictámenes acerca del modo de hacerlo para que, resultando en ventaja de la Nacion, lo sea de los ciudadanos particulares, cuyas fortunas se hayan consumido por la revolucion.

Ya ántes el señor Campino habia sábiamente demostrado las ventajas que debia reportar el Fisco con su enajenacion, i aun avanzando su dictámen hasta tener por mas conveniente que se obsequiasen, si no habia compradores, que el que se hallasen arrendados o en administracion siendo propiedades fiscales.

El señor Vera opinó por que la lei que se sancionase, fuese reglamentando el modo de su enajenacion, a efecto de que se aumentase el número de propietarios i que la subasta recayese en los que no lo son.

Este señor representante ha dado en el principio de hacer sentir inmediatamente los beneficios de una lei buena. ¿Qué importaría que la Representacion Nacional se ocupase de un Código, cuyo efecto bueno o malo, debia producirse dentro de tres o cuatro jeneraciones? ¿Qué importaría, volvemos a decir, que nos fijásemos en los principios rutineros de hacer lo bueno, porque únicamente lo es o ha surtido bienes en otras partes, sin meditar el caso o las circunstancias que mediaron? En nuestro país, la actual jeneracion es la que padece; la revolucion ha introducido la mas espantosa miseria; ella ha hecho nacer de sus mismos horrores el monopolio i el aislamiento de miles de familias, i será preciso dar ocupacion ántes a los que perecen por falta de recursos para subsistir, que presentarles leyes que prevengan en lo sucesivo el mal que está hecho i es preciso curar de pronto.

Si se persigue al vago, éste preguntará a sus perseguidores cuál es la ocupacion que se le prepara para no serlo; si se quiere castigar al tramposo o ratero, ellos dirán que estando entregados en manos de la avaricia i el monopolio, aun de los artículos mas necesarios para la vida, es un arbitrio legal la superchería i chicana; i si, en fin, se quiere tranquilidad ¿cómo conseguirla sin evitar la mendicidad? Concluiremos con el célebre Montesquieu, al libro 28, pájina 313:

«Cuando se halla despoblado un Estado a causa de particulares accidentes, cuales guerras, hambres i pestes, hai varios arbitrios todavía. Los hombres que quedan, pueden conservar el espíritu del trabajo e industria i son capaces de tratar de reparar sus desastres i volverse mas industriosos con la calamidad misma. El mal es casi incurable cuando la despoblacion trae su oríjen de mui atras por un vicio interno i un mal réjimen. Han perecido ya los hombres de una enfermedad insensible i continua, i nacidos en la languidez i miseria i en medio de la violencia o errores del Gobierno, se vieron consumir sin conocer frecuentemente la raíz de su ruina. Los países asolados por el despotismo o por las excesivas prerrogativas del clero sobre los legos, son ejemplares de ésta.

«Para reponer un Estado despoblado en estos términos se esperarían en balde remedios de las criaturas que pudiesen nacer. No es ya tiempo; los hombres están decaídos i sin industria en sus desiertos. Cuesta dificultad para mantener a una familia con una porcion de tierras que podrían mantener a una poblacion entera, El pue blo ínfimo de tales países ni aun tiene parte en la miseria de ellos, es decir, en los baldíos de que abunda. El clero, príncipes, ciudades, grandes i algunos ciudadanos principales, se han hecho insensiblemente los propietarios de todo el territorio que está inculto; pero las familias arruinadas les dejaron sus pastos i nada tiene el trabajador. En semejante posicion convendría ejecutar en todo el ámbito del imperio lo que los romanos ejecutaban en una parte del suyo, practicar cuando hai escasez de habitantes lo que Roma practicaba cuando los habia con abundancia: distribuir tierras a cuantas familias carecen de todo, suministrándoles facultades para desmontarlas i labrarlas. Habria de hacerse este repartimiento a proporcion que hubiese hombres para recibirle, de suerte que no se malogre un instante de trabajo.»


Núm. 304[editar]

Hoi se ha repetido la órden a la Tesorería Jeneral para que, con la puntualidad posible, cubra los sueldos de la Secretaría del Congreso. Solo la absoluta escasez del Erario ha impedido que estos i otros empleados a quienes se deben algunos meses, sean pagados con la exactitud que se desea.

El Gobierno tiene la honra de noticiarlo al Congreso, en contestacion a su honorable oficio de ayer, i de ofrecerle sus respetos. —Santiago, Enero 21 de 1825. —Ramón Freire. D. J. Benavente. —Al Congreso Nacional.


Núm. 305[editar]

Ignoro los motivos que hayan ocasionado la falta de los ordenanzas destinados al servicio de la Secretaría del cargo de US., que, en su apreciable comunicacion, fecha de hoi, me anuncia, i he ordenado que diariamente, sin pretesto alguno, se presenten en la Casa de las Sesiones del Soberano Congreso para desempeñar sus obligaciones.

Ofrezco a US. los sentimientos de mi consideracion i aprecio. —Comandancia Jeneral de las Armas, Santiago, Enero 21 de 1825. Luis de la Cruz. —Señor Secretario del Soberano Congreso.


Núm. 306[editar]

Don Manuel Zañartu i don José Larrañaga, con el mayor respeto, ante el Congreso, esponemos: que, desde el 22 de Noviembre, fecha en que, todavía no tenia la Secretaría un amanuense, se nos llamó a ella en clase de escribientes, ofreciéndosenos una gratificacion que equivaliese a nuestro trabajo, miéntras el Congreso nos asignaba el sueldo i la Secretaría se proveía de mas oficiales. Así estuvimos solos desempeñando todos los trabajos de dicha Secretaría, hasta que el dia 8 de Diciembre se nos dedicó a escribientes de los taquígrafos, con la asignacion que tuviesen los demás oficiales. Ellos son testigos del mucho trabajo que tenemos diariamente.

En la propuesta que se hizo al Congreso de los oficiales se nos tuvo presentes, i se nos aprobó por toda la Sala; pero en el oficio que se pasó al Supremo Gobierno no se participó de estas plazas que se habian establecido, para que se tomase razon en la Tesorería Jeneral, así es que, por este motivo, no se nos reconoce como acreedores a la dotacion. En esta virtud, suplicamos al Congreso se digne oficiar al Ejecutivo para que ordene a la dicha Tesorería se tome razon i se nos abonen nuestros sueldos desde aquella fecha. —Manuel de Zañartu i Opazo. —José Larrañaga. —Al Congreso Nacional.


Núm. 307[editar]

Señor:

El procurador de doña Josefa Soiza, por el poder que presenta en forma, usando del privilejio de su declaracion de pobreza corriente en los autos, con don Gabriel Larrain, sobre el valor de su matrimonio, con mi mayor respeto, digo: que el recurso del contendor elevado a este Soberano Congreso es coetáneo a su instalacion, i hasta hoi no se ha relacionado con el informe de la Comision de Justicia, en grave perjuicio de mi parte.

Por tanto

Suplico a Vuestra Soberanía se digne tomar en consideracion el recurso indicado, señalando una reunion estraordinaria en que se vea.

Es gracia, etc. —José Cebrero.


Núm. 308[editar]

En la ciudad de Santiago de Chile, en dieziocho de Enero de mil ochocientos veinticinco, ante mí el escribano i testigos pareció en casa de su morada doña Josefa Soiza, a quien doi fe que conozco, i otorga por el presente, que da todo su poder cumplido bastante, el necesario en derecho, al procurador del número don José Cebrero; jeneralmente, para que siga por todos sus grados e instancias, las causas que tiene pendientes con don Gabriel Larrain, sobre el valor de su matrimonio i alimentos i para cuantas incidencias sobre el particular se ofreciesen, sin omitir la menor jestion i dilijencias que sean precisas hasta oir sentencias interlecutorias i definitivas, consintiendo las favorables i apelando de las contrarias para ante los jueces i tribunales que de ello conozcan, haciendo los recursos i súplicas que sean conducentes, a fin de conseguir favora bles decisiones en todos ellos. Asimismo le da mas poder i facultades para que entienda por su representacion en cualquiera otra clase de causas que se suscitasen en lo sucesivo, con tal que no conteste a primera demanda que se le ponga, miéntras que a la otorgante se le haga saber en persona i siendo constante, obre en ellas cuanto sea en su favor sin omitir la menor jestion que crea oportuna; i cuanto hiciese es de su aprobacion, franqueándole este poder con todas las cláusulas que por derecho se requiere i aquí no se espresen i con facultad de sustituirlo. A su firmeza obligó sus bienes habidos i por haber con las sumisiones i renunciaciones de leyes en derecho necesarias. Lo firmó i otorgó siendo testigos don Gabriel Muñoz i don José Tomas Asaola. —Josefa Soiza. Ante mí. —Juan Crisóstomo de los Álamos, escribano público.

Concuerda su orijinal a que me refiero i es dada esta copia a peticion de la parte i en este papel por tener doña Josefa Soiza declaracion de pobreza, que corre en los autos de la materia. Para que conste, doi la presente en Santiago, Abril 20 de 1825. —(Hai un signo.) Juan Crisóstomo de los Álamos, escribano público.


Núm. 309[editar]

El Congreso, reunido en su sala de acuerdos, el dia de hoi, tomó en consideracion la nueva eleccion de su Presidente, por haberse cumplido el mes designado por el reglamento, i habiendo recaído el nombramiento en el señor diputado don Francisco Ramon de Vicuña i Vice-Presidente en el doctor don Bernardo Vera, tiene el honor el Presidente que acabó de ponerlo en noticia del Supremo Director de la República, reiterándole su mas alta consideracion i aprecio. —Sala del Congreso, Enero 22 de 1825. —Al Excmo. Supremo Director.


Núm. 310[editar]

El Congreso, en sesion de 21 del corriente, ha acordado que los escribientes de los taquígrafos, don Manuel de Zañartu i Opazo i don José Dolores Larrañaga, que han prestado sus servicios desde el 1.° de Diciembre del año próximo pasado, disfruten el sueldo anual de 500 pesos, principiando su abono desde aquella fecha en que fueron llamados a esta ocupacion i durante el período del Congreso.

El Presidente saluda respetuosamente al señor Director de la República. —Sala del Congreso, Enero 25 de 1825. —Al Excmo. Supremo Director.


Núm. 311[editar]

Se ha acordado por el Congreso se recomiende al Gobierno la liquidacion de los sueldos que se adeuden a este interesado, i que, no satisfaciéndosele al contado, se le entregue su ajuste para que solicite la compensacion que crea convenirle, i que, al mismo tiempo, se reitere la recomendacion cuando se dicte la lei de enajenacion de bienes nacionales. Entréguesele para los usos que le convenga. —Sala del Congreso, Enero 22 de 1825. —Vicuña. —Doctor Ocampo.


Santiago, Enero 26 de 1825. —Informe el comisario jeneral del ejército. —Pinto.


Núm. 312 [2][editar]

La Comision de Hacienda, para el lleno de sus delicadas tareas de este ramo, necesita tener a la vista, para su exámen i reconocimiento, los libros manuales i mayores de la Tesorería Jeneral, en que deben constar los cargos i datas de los años pasados de 1823 i 24 e igualmente la razon o libro que puntualice la deuda interior de la República.

En su virtud i para que tenga su efecto esta disposicion, se servirán los señores contadores pedirlos a la Secretaría del Congreso para los fines consiguientes, ofreciéndoles con este motivo su secretario todas las consideraciones de su distinguido aprecio. —Secretaría del Congreso, Enero 22 de 1825. —Al Tribunal Mayor de Cuentas.


  1. Este artículo ha sido trascrito, para dar idea de la discusion de que trata, de El Correo de Arauco, de 26 de Enero de 1825, número 43. (Nota del Recopilador.)
  2. Véase sesion del 9 de Marzo de 1825. —(Nota del Recopilador.)