Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1825/Sesión del Congreso Nacional, en 9 de mayo de 1825

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1825)
Sesión del Congreso Nacional, en 9 de mayo de 1825
CONGRESO NACIONAL
SESION 94, EN 9 DE MAYO DE 1825
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ANTONIO ELIZALDE


SUMARIO. —Cuenta. —Postergacion de la órden del dia. —Solicitud de los legos de la órden de predicadores. —Provision de los juzgados de letras. —Fijación de la tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De una solicitud que entablan los relijiosos conversos de la Órden de Predicadores, en demanda de que se les dé mensualmente 16 pesos 5½ reales que se da a los demás, en vez de 8 pesos i 2 ½ reales con que se les socorre al presente. (Anexo núm. 353. V. sesión del 8 de Abril de 1825.)
  2. De otra solicitud que entabla don José Cebreros, por don Matías Argandoña, en demanda de que se le dé un certificado de haberse separado del Congreso don Manuel Antonio González, a fin de que pueda proseguirse una causa que, a solicitud de dicho señor diputado, se mandó suspender en Febrero. (Anexos núms. 354 i 355. V. sesiones del 4 de Febrero i del 15 de Marzo de 1825).

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Habiendo concurrido pocos diputados a la sesión, postergar la discusion de la acusacion del coronel Beauchef i de las representaciones de los jefes de cuerpos. ( V. sesiones del 8 i del 10.)
  2. Sobre la solicitud de los legos de la Orden de Predicadores, que la Comision de Hacienda informe.
  3. No sustituir, como se ha propuesto, los jueces letrados con los alcaldes, i oficiar al Ejecutivo encargándole que, en el caso de admitir la renuncia de los primeros, ordene a la Corte respectiva presente las propuestas del caso para reemplazarlos. (Anexo núm. 356. V. sesión del 5.)
  4. Dejar en tabla para la sesion estraordinaria de mañana los asuntos pendientes, i citar a ella a los señores diputados que no han asistido a la presente. (Anexo núm.357.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Araos, Baquedano, Barros, Caceres, Concha, Elizalde, Echeverría, Fuenzalida, Infante, Iñiguez, Larraín don J. Francisco, Merino, Challe don José Antonio, Ovalle don José Tomás, Pradel, Rodríguez, Ugalde, Urízar, Valdivieso i Luco; i notándose por uno de los señores mui poca concurrencia para un negocio tan grave, se resolvió ocuparse la Sala de otra cosa i mandar citar a los señores para el dia siguiente sobre el asunto pendiente.

Se dió cuenta de una reclamación de los legos de la Orden de Predicadores, i se mandó pasar a la Comision de Hacienda.

Luego, acordándose tomar en consideración la indicación sobre alcaldes que sustituyan el juzgado de letras, se recibió a discusión, en que se detuvo la Sala con repetidas observaciones, i acordado por unanimidad estaba bastantemente discutido, se puso en votacion por estas proposiciones: ¿Se sustituyen los alcaldes a los juzgados de letras, o se mantiene en esta parte la resolucion constitucional ya planteada? Tomada votacion, resultó por pluralidad absoluta la segunda, sufragaron veintiun señores, i se ordenó oficiar al Ejecutivo previniendo la resolucion de la Sala, sobre mantener la judicatura de letras ya planteada, i que, en caso de admitir las renuncias a estos funcionarios, ordenar a la Corte que corresponda hacer sus propuestas para reemplazar estas majistraturas; i con esto, se suspendió la sesion, anunciándose para la estraordinaria al dia siguiente la continuacion i mandándose citar a todos los señores que no habian asistido.


ANEXOS[editar]

Núm. 353[editar]

Señores Representantes:

Los abaje firmados, relijiosos conversos de la Orden de Predicadores de esta casa grande de Chile, con la mayor sumisión i en la mejor forma que haya lugar en derecho, comparecemos ante este venerable Congreso i decimos que, en atencion que los relijiosos conversos no tienen pié de altar, ni predican para que por la misa i la prédica nos pudiéramos mantener, representamos que se nos den los dieziseis pesos cinco i medio reales que se les dá a los otros al mes, i no ocho pesos dos i medio reales que nos dan a nosotros, pues somos tan frailes como ellos i nosotros somos de mayor necesidad, i esto mismo se observó meses ántes de hacer el inventario de los regulares, el darnos el mismo convento por igual parte a todos sin excepción de nadie. En la actualidad, en esta casa grande somos cuatro los relijiosos legos que residimos en ella; otros están por afuera i suplicamos que esta representación sirva también para ellos, siempre que quieran pedir licencia para venirse a esta casa grande, i se les dará su diario. I para ello conviene que los relijiosos legos ocurran cada uno con su recibo a la oficina o Caja de Descuentos en donde se dá el diario, esto es, para que no haya confusion, i suplicamos a este venerable Congreso se digne acceder a estas nuestras peticiones. Es gracia. —Frai Juan de Dios Roco. —Frai Pedro Vega. —Frai Manuel José Mata. —Frai Servando Crispín de Irucarate.


Núm. 354[editar]

Don José Cebreros, por don Matías Argandoña, en órden de su poder que corre en los autos seguidos con don Mariano Godomar, sobre el albaceazgo de don José Monardes, en que despues se injertó el señor diputado don Manuel Antonio González, con mi mayor respeto, digo: que, a peticion de éste se ofició a la Ilustrísima Corte de Apelaciones, por Secretaría, en 8 de Febrero último, para que impidiese el curso de ese juicio, miéntras durasen las sesiones del Congreso. Pero, habiéndose separado el señor González sin que haya regresado hasta el dia, ni se esprese su vuelta para acreditarlo en aquel tribunal, i que la causa pueda continuar, Suplico a V. E . se sirva decretar que a continuacion se certifique, por la Secretaría, la separacion del señor González, el plazo con que se le otorgó la licencia, i hallarse excesivamente trascurrido, dándoseme orijinal para los efectos espresados. Es justicia, etc. —José Cebreros. —Señor Presidente del Soberano Congreso.


Santiago, Mayo 9 de 1825. — Certifiqúese por Secretaría como se pide. —(Hai una rúbrica.)


Núm. 355[editar]

Sin embargo de no haber una constancia positiva del dia en que se marchó a Coquimbo el ex-diputado don Manuel Antonio González, no hai duda que hace dos meses i mas que falta a las sesiones del Congreso Nacional, sin cuya licencia verificó su partida. Esto es lo que consta a la Secretaría, de que certifico. —Santiago, Mayo 17 de 1825.


Núm. 356[editar]

El Congreso, en sesión ordinaria de ayer noche, teniendo a la vista las honorables notas del señor Ministro, de 2 i 5 del corriente, resolvió que, permaneciendo la disposición constitucional en cuanto a los jueces de letras, quedaba sin valor la indicacion de alcaldes propuesta por el Ministerio, quien, en su virtud i lo acordado por la misma Sala, procederá o a conservar a los actuales jueces, en el caso de no insistir en sus renuncias, o a nombrar otros que les sustituyan, precediendo ántes la propuesta al Ejecutivo por la Suprema Corte de Justicia. El secretario que suscribe tie ne la honra de saludar al señor Ministro con toda su consideración i respeto. —Secretaría del Congreso, Mayo 10 de 1825. José Manuel Barros, secretario. —Al señor Ministro del Interior.


Núm. 357[editar]

Habiéndose reunido la Representación Nacional la noche de ayer para tratar sobre el importantísimo asunto de las representaciones de los cuerpos militares, tuvo el dolor de dejar pendiente este negocio por el corto número de señores que concurrieron, despues de haber sido citados especialmente para este mismo asunto. La Sala cree i está persuadida que sus dignos representantes no deben ni pueden ser indiferentes en un negocio de tanta gravedad, cuya trascendencia es jeneral, i espera que, cumpliendo con sus deberes i con el encargo que le han hecho sus comitentes, no dejarán sin efecto la reunión de esta noche. Conozcan así los pueblos el Ínteres que toma la Representación Nacional por la proteccion de sus derechos en la crisis mas apurada i cuando se ve la Patria amagada de peligro.

Conforme al acuerdo de la Sala, lo comunico a US. para su intelijencia i le saludo con la mayor consideración i aprecio. —Mayo 11 de 1825. —A los diputados Zañartu, Huici, Larrain don J. F ., Hurtado, Calderón, Ovalle don V., Ovalle don J. T ., Meneses, Novoa, Vera, Ugalde, Arriagada, Prieto, Bezanilla i Fuenzalida.


Núm. 358[editar]

Habiéndose resuelto por el Congreso, en sesión del 8 de Abril próximo pasado, que debian abonarse dietas a los representantes de la Nación, desde el dia en que fueron recibidos al ejercicio de sus comisiones, con la calidad de que sus faltas a las sesiones ordinarias fuesen apuntadas por los secretarios i deducidas al tiempo de hacerse sus pagos por la Tesorería Jeneral, tengo el honor, en su virtud, de acompañar a US. una copia legal del cuaderno que comprende el mes de Abril próximo pasado i se lleva por esta Secretaría, para que sirva de documento bastante en los casos de ser satisfechos dichos señores, incluyéndose en esta disposición los empleados civiles i militares que, con el carácter de representantes, existen en la Sala i cuya rebaja la deben sufrir sus sueldos respectivamente.

El secretario que suscribe ofrece a los señores Ministros del tesoro la espresion mas sincera de su aprecio i consideración. —Secretaría del Congreso, Mayo 9 de 1825. —A los señores Ministros del Tesoro Público.