Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1827/Sesión de la Comisión Nacional, en 24 de diciembre de 1827

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1827)
Sesión de la Comisión Nacional, en 24 de diciembre de 1827
COMISION NACIONAL
SESION 49.ª, EN 24 DE DICIEMBRE DE 1827
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO ANTONIO PÉREZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion de las actas de las dos sesiones anteriores —Cuenta. —Oficios del Gobierno sobre varios asuntos. —Proyecto de reglamento del cabotaje. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E. el Vice-Presidente de la República insta a la Comision a que proceda a formar un proyecto de Constitucion del Estado sin haber atencion a la opinion de las provincias, ya que estas no la han emitido hasta el dia. (Anexo núm. 313. V. sesiones del 16 de Julio i 7 de Noviembre de 1827 i 21 de Enero, 27 de Febrero i 6 de Marzo de 1828.)
  2. De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña, en demanda de sancion, un espediente seguido por don Enrique Adolfo Dubern para que se le otorgue carta de ciudadanía. (Anexos núms. 314. i 315. V. sesion del 26 de Enero de 1828.)
  3. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber ordenado se proceda a elejir nuevo representante por Valdivia, en atencion a que don Cárlos Rodriguez ha dejado de serlo por su nombramiento para el Ministerio del Interior. (Anexo núm. 316. V. sesiones del 7 de Noviembre i 13 de Diciembre de 1327.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Archivar el oficio del Gobierno sobre la nueva eleccion de Senador por Valdivia, i considerar por el órden correspondiente los asuntos de las otras dos comunicaciones.
  2. Aprobar, con las dos modificaciones que en el acta constan, el proyecto de reglamento del cabotaje. (V. sesion del 20.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores: Fariñas, Formas, Novoa don Manuel, Ovalle i Pérez.

Se aprobó el acta ordinaria del 20 i la estraordinaria del 22.

Se dió cuenta despues de las notas siguientes pasadas por el Poder Ejecutivo:

  1. Exitando a la Comision para la formacion de un proyecto de Constitucion, segun su juicio i opinion particular, respecto de no haber llegado de las provincias los votos a los cuales debia arreglarlo, ni ser probable vengan en los dias que restan al 12 de Febrero en que debe reunirse el Congreso jeneral.
  2. Sobre la carta de ciudadanía que solicita don Enrique Dubern.
  3. Acusando recibo de la nota que le dirijió la Comision sobre nombramiento de Senador por la provincia de Valdivia a consecuencia de la separacion del señor Rodríguez. Se acordó que ésta se archivase i que las dos primeras se considerarian oportunamente.

Procedióse despues a la discusion pendiente del reglamento del cabotaje. Se consideró el artículo primero, se votó i resultó desaprobado.

Se redactó, en consecuencia, conforme a la indicacion del señor Fariñas en los términos siguientes:

"Es esclusivo a los buques de propiedad chilena hacer el comercio de cabotaje en todos los puertos mayores i menores actualmente habilitados, i en los demas que cita este reglamento."

Se votó i resultó aprobado.

Se discutieron despues el 2.º, 3.º, 4.º, 5.º i 6.º i se aprobaron.

El 7.º se varió en los términos siguientes: "A fin de dar el debido cumplimiento al artículo 4.º de este reglamento, se declara que no solo caerá en comiso toda clase de frutos i efectos estranjeros conducidos a los puertos en que queda vedada su introduccion, sino que tambien incurrirá el introductor o contrabandista en la pena del cuatro tantos del valor de la especie decomisada, arreglado a los precios corrientes de plaza, poniéndose en captura al capitan o patron que se remitirá a la capital de la provincia, por el juez o jefe de aduana con su correspondiente sumario, siendo todo lo decomisado de la propiedad del denunciante, a quien se le guardará un relijioso sijilo i el capitan o patron quedará sujeto a las leyes vijentes."

El 10 se varió tambien en estos términos:

"Los derechos de puerto en los buques nacionales se cobrarán a razon de cuatro pesos por cada cien toneladas, i así proporcionalmente si fuere menor el buque, cuyos derechos en los puertos nuevamente abiertos, pertenecerán a los jueces territoriales."

Siendo avanzada la hora de reglamento se levantó la sesion, señalándose para la siguiente, los asuntos pendientes. —Perez.


ANEXOS[editar]

Núm. 313[editar]

Estando mui próximo a reunirse el Congreso Constituyente, i siendo conveniente que encuentre algunos preparativos que le faciliten el desempeño de sus importantes deberes, el Vice-Presidente de la República tiene la honra de dirijirse a la Comision Nacional proponiéndole redacte el proyecto de Constitucion Política que le ordena la lei de 22 de Junio. La dificultad que ocurrirá inmediatamente, es que faltan los sufrajios de las provincias sobre la forma de Gobierno por el cual se ha de constituir el pais, i cuya mayoria debe servir de base a esta obra; pero no habiendo sido colectadas hasta ahora, i siendo probable que tampoco puedan serlo durante los dias que restan hasta el 12 de Febrero próximo, está mui en el órden que la Comision adopte por norma de sus trabajos aquel sistema que a su juicio convenga mejor a la prosperidad i bienestar de los pueblos.

Obrando del modo indicado no es difícil que ella acierte con la opinion jeneral, pues los individuos que la componen no pueden ignorar que todo chileno aspira al establecimiento de un réjimen republicano o sea popular representativo. La estension con que se apetezca este réjimen tambien les debe ser conocida por medio de las ideas que mas reinan en sus respectivas provincias; i aun cuando el proyecto errase en esta parte, sus autores no deben temer el hacerse merecedores de imputaciones o conceptos siniestros a su delicadeza i apego a las leyes, en razon de que no solo es permitido a todo ciudadano, sino tambien porque no es trascendental ni puede comprometer la suerte o los intereses del Estado.

La Comision Nacional debe ademas estar penetrada de que el Congreso Constituyente que la creó, al prevenirle la organizacion de dicho proyecto, no se propuso otro fin que evitar, al que le siguiese, la necesidad de ocupar su atencion en objetos ajenos de su conocimiento, i las continuas ajitaciones que él mismo esperimentó en el largo período de su existencia, por haberse alejado desde los primeros dias, del sendero que debió haber elejido para corresponder al voto de sus comitentes. Así es que si la Comision acojiese la indicacion que hoi le somete el Gobierno, lejos de traspasar sus facultades seguiria únicamente el verdadero espíritu de aquella respetable determinacion.

El Vice-Presidente de la República la saluda nuevamente con las consideraciones de su adhesion i respeto. —F. A. Pinto. —Cárlos Rodriguez.

Santiago, Diciembre 24 de 1827. —A la Comision Nacional.


Núm. 314[editar]

La informacion de dilatada residencia, honradez i patriotismo que presenta el estranjero don Enrique Adolfo Dubern en el adjunto espediente, lo hace acreedor, en concepto del Gobierno, a la gracia que solicita de ser incorporado al número de los ciudadanos chilenos; i solo espera, para acordarle este título, el asentimiento de la Comision Nacional, si fuese de su agrado.

El Vice-Presidente de la República tiene la honra de reiterar a la Comision los sentimientos de su mayor aprecio. —F. A. Pinto. —Cárlos Rodriguez.

Santiago, Diciembre 20 de 1827. —A la Comision Nacional.


Núm. 315[editar]

Señor Gobernador: —Enrique Adolfo Dubern, natural de Francia, a V. S. respetuosamente digo: que ansioso de respirar la libertad, don sagrado i conocido solo en el nuevo mundo, me determiné a abandonar mi patria natal i elejir, para tal, esta República, donde subsisto por espacio de seis años. Guiado por estos mismos principios, i de las nobles ideas republicanas que me animan, voi a impetrar de la suprema autoridad nacional, se me conceda la gracia de ciudadania chilena, i como para justificar mi comportacion i si es posible mis sentimientos políticos sea necesario rendir una informacion que lo acredite bastantemente, se ha de servir V. S. admitirme la justificacion que ofrezco, i que en la materia indicada los testigos que presente, prévia citacion del procurador de ciudad, bajo la sagrada relijion del juramento, declaren cuanto sepan con relacion a lo espuesto, i fecho, dar vista al mismo procurador, para que esponga lo que crea de justicia, por tanto:

A V. S. suplico, así se sirva decretarlo, devolviéndome orijinales para mi resguardo: es justicia, etc. —Enrique A. Dubern.


Valparaiso, Diciembre 13 de 1827. —Admítese la informacion que ofrece con citacion del procurador jeneral de ciudad, i se comete. —Lastra.


Proveyó i firmó el decreto de arriba el señor jeneral de brigada, Gobernador político i militar de esta ciudad i lo rubricó en el dia de su fecha de que doi fé. —José M. de los Álamos, escribano público.


En el mismo cité al procurador de ciudad, doi fé. —Álamos.


En el mismo dia, la parte para rendir la informacion que ofrece presentó por testigo al ciudadano José Luis Aycimena, quien prévio el juramento de estilo declara, que hace como seis años que conoce a la parte que le presenta, que su buena conducta lo ha hecho acreedor al aprecio jeneral de este vecindario e igualmente que lo cree decidido a favor de la causa de América, i de consiguiente digno de incorporarse entre los ciudadanos de Chile, que es la verdad en que se afirma so cargo de su protesta, i firmó, de que doi fé. —José L. Aycimena. -Ante mi. -Álamos.


En el mismo dia, para el mismo objeto, presentó la parte por testigo al ciudadano Francisco Vargas, de este comercio, el que bajo de juramento prometió decir verdad de lo que se interrogare i siendo examinado conforme a lo principal de este pedimento declaró: que en el tiempo que conoce a don Enrique Dubern ha observado en él una conducta ejemplar, por cuyo motivo i el de su adhesion a la causa de América se ha hecho digno de las mejores consideraciones; que es la verdad en que se afirma i ratifica so cargo de su protesta i firmó, de que doi fé. —Francisco Vargas. —Ante mi.— Álamos.


Incontinenti la parte para adelantar la informacion presentó por testigo al ciudadano José Domingo Otaegui, quien prévio el juramento de estilo me prometió decir verdad, i siendo examinado conforme al escrito del señor Dubern declara: que conoce a la parte que lo presenta desde que llegó a este puerto de Europa, que su conducta ha sido i es la mas reglada i que su filantropía lo ha hecho acreedor al aprecio jeneral, igualmente su adhesion al sistema republicano lo hace digno de enrolarse en el número de los ciudadanos chilenos; que ésta es la verdad so cargo de su protesta en que se afirma i ratifica toda su declaracion, que firmó, de que doi fé. —José D. Otaegui. —Ante mí. —Alamos.

A consecuencia pareció ante mi el ciudadano Luis Agustín Blanco, quien prévio el juramento de estilo declara: que conoce a don Enrique Dubern hace algún tiempo, que su conducta pública i su reputacion es de las mas bien puestas i que por su filantropía i amor al sistema republicano se ha granjeado la voluntad jeneral de este vecindario por cuya razon lo considera acreedor a la gracia que solicita de unirse a los ciudadanos de Chile: que es cuanto puede decir sobre el particular en que se afirma i ratifica, leida su declaracion que firmó, de que doi fé. —Luis A. Blanco. —Ante mi. —Álamos.


Valparaiso, Diciembre 13 de 1827. —Vista al procurador jeneral de ciudad i fecho entréguese. —Lastra.


En el mismo lo pasé al procurador de ciudad, de que doi fé. —Álamos.

Señor Gobernador:—El procurador jeneral de ciudad en cumplimiento del decreto de V. S. i atendiendo al buen nombre que tiene el esponente, segun las noticias que tiene de su comportacion, por no conocerlo inmediatamente, opina ser de justicia se le enrole entre los ciudadanos chilenos como lo solicita: es cuanto pue do informar a V. S. —Valparaiso, Diciembre 14 de 1827. —Manuel García.


Valparaiso, Diciembre 14 de 1827. —Evacuada la presente informacion, elévese esta solicitud al Excelentísimo señor Presidente por conducto del señor Ministro del Interior. —Lastra.


Núm. 316[editar]

Se ha comunicado ya a la honorable Asamblea de Valdivia, la resolucion de la Comision Nacional relativa a que nombre quien sustituya a su Senador don bcnbio:Agustín De AldeaCárlos Rodriguez, a causa de haber sido éste llamado al Ministerio de Estado en los departamentos del Interior i Relaciones Esteriores.

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de avisarlo al Presidente de la Comision Nacional en contestacion a su apreciable nota de 13 del corriente, i con este motivo le reitera las seguridades de su mayor aprecio. —Santiago, Diciembre 15 de 1827. —F. A. Pinto. —Cárlos Rodriguez.

Al Presidente de la Comision Nacional.