Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1827/Sesión del Congreso Nacional, en 6 de marzo de 1827

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1827)
Sesión del Congreso Nacional, en 6 de marzo de 1827
CONGRESO NACIONAL
SESION 156, EN 6 DE MARZO DE 1827
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta precedente. —Nuevos diputados por el Parral i Curicó. —Renuncia del señor Prats. —Adjudicacion del pasaje del rio Itata. —Discusion del proyecto de acuerdo relativo a la disolucioón del Congreso. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E., el Presidente de la República, comunica que, en la nueva eleccion practicada en el Parral, han sido electos para diputados, propietario i suplente, respectivamente, don Pedro García de la Huerta i don Dámaso Ruiz. (Anexo núm. 262. V. sesion del 25 de Octubre de 1826.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haberse clejido para diputados, propietario i suplente, por Curicó al presbítero don José Santiago íñiguez i Landa, i don Joaquín Gandarillas Romero. (Anexo número 263. V. sesion del 6 de Diciembre de 1826.)
  3. De otro oficio en que don Martín Prats hace renuncia del cargo de diputado. (Anexo núm. 264.)
  4. De un informe de la Comision de Constitucion sobre la mocion del señor Benavente, dirijida a que el Congreso se disuelva, una vez aprobados los proyectos de Constitucion i de las atribuciones de las Asambleas. (Anexo núm. 265. V. sesion del 5.)
  5. De otro informe que don José Miguel Infante, individuo de la misma Comision, da en disidencia, acerca de la misma mocion. (Anexo núm. 266.)
  6. De una solicitud dirijida por el Cabildo de Coelemu a su diputado, en demanda de que se le adjudique el pasaje del Itata. (V. sesion del 3 de Agosto de 1826.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Citar a los nuevos diputados del Parral i Curicó a que presenten sus poderes. (Anexos núms. 267 i 268. V. sesion del 8.)
  2. Que la Comision de Policía Interior informe sobre la renuncia del señor Prats. (V. sesion del 3 de Abril venidero.)
  3. Sobre la solicitud del Cabildo de Coelemu, en demanda del pasaje del rio Itata, que la dirija él a la Asamblea de su provincia.
  4. Despues de alguna discusion, dejar pendiente la de la mocion del señor Benavente, relativa a que el Congreso se disuelva despues de aprobar ciertos proyectos. (V. sesion del 7.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Arce, Balbontin, Benavides, Benavente don Diego, Casanova, Donoso, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, González, Huidobro, Infante, Irarrázaval, Lazo, López, Mena, Molina, Montt don José Santiago, Montt don Lorenzo, Novoa, Ojeda, Pradel, Prado, Pérez, Sapiain, Santa María, Tapia, Vicuña don Francisco Ramon i Vera.

Leida i aprobada el acta de la sesión anterior, se dió cuenta de dos notas del Poder Ejecutivo, anunciando por ellas la elección de don Pedro García de la Huerta para diputado por el Parral, i el presbítero don J. Santiago Iñiguez por Curicó; se acordó se acuse recibo, i llamar a los electos para que presenten sus poderes.

Leyóse la renuncia del señor Prats, i se mandó pasar a la Comision de Policía Interior.

Dióse cuenta del oficio dirijido por el Cabildo de Coelemu a su diputado, solicitando se le adjudique el derecho de pasaje del rio Itata, i se acordó que dicho Cabildo dirijiese su reclamo a la Asamblea Provincial, a quien compete su conocimiento.

Entró, conforme a la órden del dia, el proyecto para que, discutida la Constitución i lo mas que espresa, se disuelva el Congreso.

Leyóse el informe que sobre él da la Comision de Constitucion i el particular del señor Infante; puestos en discusión, i en segunda hora el artículo i.°del informe de la Comision, no habiéndose llegado a resolución alguna, se suspendió la sesion, anunciándose en la siguiente el mismo proyecto. —Benavente. —Montt.


ANEXOS[editar]

Núm. 262[editar]

El Presidente de la República tiene el honor de informar al señor Presidente del Congreso, para el conocimiento de la Sala que, habiéndose mandado practicar nueva eleccion de diputado i suplente por el Parral, en consecuencia de haberse aceptado por el Congreso las renuncias de los que habian sido elejidos anteriormente, se han recibido en et Ministerio del Interior los correspondientes testimonios de dicha eleccion, que ha recaído en don Pedro García de la Huerta para propietario, i en el presbítero don Dámaso Ruiz para suplente.

Con este motivo, el Presidente de la República ofrece al del Congreso Nacional las protestas de su mas distinguida consideracion. —Santiago, Marzo 5 de 1827. —Ramon Freire. —M. J. Gandarillas. —Al Señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 263[editar]

El Presidente de la República tiene el honor de informar al señor Presidente del Congreso que, habiéndose mandado practicar nueva eleccion de diputado i suplente por Curicó, en consecuencia de haberse admitido por el Congreso las renuncias de los que habian sido elejidos, se han recibido en el Ministerio del Interior los correspondientes testimonios de dicha eleccion, que ha recaído en la persona del presbítero don José Santiago Iñiguez i Landa para propietario, i para suplente en la de don Joaquín Gandarillas Romero.

El que suscribe, al trasmitirlo al señor Presidente del Congreso para el conocimiento de la Sala, logra la oportunidad de saludarlo con su acostumbrada consideracion. —Santiago, Marzo 5 de 1827. —Ramón Freire. —M. J. Gandarillas. —Al señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 264[editar]

Soberano Señor: El diputado que suscribe hace presente al Soberano Congreso hallarse en la necesidad de tener que separarse para atender a algunos negocios particulares que imperiosamente le llaman, cuando de ellos pende su subsistencia. En esta virtud, suplica a la Representacion Nacional se digne acordar se oficie al Poder Ejecutivo para que el pueblo por quien tengo el honor de representar, pueda hacer el debido nombramiento, de que yo por las poderosas razones que espongo hago mi renuncia.

Tiene la honra de ofrecer a la Sala toda mi consideracion i respeto. —Martín Prats.


Núm. 265[editar]

La Comision de Constitucion, en vista del anterior proyecto, opina que, sancionado el primer artículo en sesiones anteriores, i debiendo por tanto contraerse a los tres últimos, puede la Sala adoptarlos en la redaccion siguiente:

Artículo primero. Espedidas la lei de atribuciones de Asambleas, discusión de la Constitucion i lei de elecciones para las Lejisladuras venideras, se renovará el actual Congreso, espi diéndose ántes la convocatoria para el siguiente, que deberá reunirse el 1.° de Junio de 1828.

Art. 2.º Si ocurrieren negocios que, a juicio de los dos tercios de los miembros presentes de la Sala, exijiesen mas detención al Congreso, podrá prorrogar sus sesiones.

Art. 3.º El presente decreto es irrevocable i no se puede admitir mocion alguna que tienda a destruirlo o anularlo. —Sala de sesiones, Marzo 5 de 1827. —Francisco R.de Vicuña. —Diego Antonio Elizondo. —J. M. Novoa. —Juan Fariñas.


Núm. 266[editar]

Meditada detenidamente por el individuo de la Comision de Constitución que suscribe la antecedente mocion, opina sobre el primer articulo que está ya sancionado por la Sala i que en sustancia fué lo que sustuvo en partido de oposicion a la otra mocion que precedió para que el Congreso se disolviese, delegando en un Senado o Consejo sus facultades lejislativas.

En cuanto al segundo, terminado a que el Congreso se disuelva luego que se sancione el proyecto de atribuciones de las Asambleas i el de Constitucion, cree que seria una resolucion prematura, i que solo debe tomarse en consideracion cuando estén ya sancionados ámbos proyectos. Entónces, con presencia de las circunstancias i del resultado de aquellas discusiones, podrá la Lejislatura, con mas acierto i oportunidadad, espedirse tanto en el punto de su disolucion como el otro que abraza el mismo artículo, relativo a la convocatoria de un nuevo Congreso Constitucional si la Constitución hubiese sido aceptada, o Constituyente en el caso negativo. Si todavía es incierto si la Constitución deba plantease provisoriamente, i reservarse las observaciones que contra ella se hagan hasta un período despues, ¿cómo podrá la Sala pronunciarse en el dia sobre nueva convocatoria poniéndose en ámbos casos?

No violentemos las resoluciones si queremos asegurar el acierto. El que suscribe está bien penetrado de que el actual Congreso es meramente constituyente i solo para todo aquello que diga relacion a este objeto. Mas, ¿quién duda que puedan ocurrir otros negocios que convenga no diferirlos a otra Lejislatura porque seaurjente su pronta sancion? Tales parecen ser: primero, el deslinde de los gastos nacionales i la designacion de los ramos de hacienda que deban servir a su cubierto, reservando los demás a disposicion de las Asambleas para sus gastos interiores. Sin este deslinde, las provincias no podrán convencerse si la federacion les es o nó gravosa; de consiguiente, su pronunciamiento sobre aceptarla o nó será aventurado i los que impugnan este bello sistema se aprovecharán de su incertidumbre para alucinarlas. Es igualmente urjente que también se dicte el reglamento para la organizacion de las milicias provinciales, lo que también es peculiar de la Lejislatura Nacional, segun el proyecto de Constitucion presentado. Dejar esto para que lo delibere otro Congreso, será continuar como nos hallamos ahora, sin una milicia bien reglada, por mas de 4 o 6 meses que tardaría la reunion de un nuevo Congreso. Si el país estuviese seguro de no ser invadido en este período, poco importaría remitirlo a su consideracion; pero no habrá un diputado en la Sala que pueda asegurarnos que no sucederá esa innovacion, i en tal caso nos espondríamos a mil contrastes por diferir todo ese tiempo este asunto de la última importancia.

Si no tiene lugar el 2.º artículo, tampoco deben tenerlo el 3.º i 4.º, que deben ser emanaciones de él.

Sala de sesiones del Congreso, Marzo 5 de 1827. —José Miguel Infante.


Núm. 267[editar]

El secretario que suscribe tiene el honor de comunicar a US. que, habiendo sido elejido diputado por el partido del Parral i siendo necesario que se incorpore a la Sala lo mas pronto que le sea posible, presentará sus poderes para que sean examinados i pueda verificar su incorporacion.

El que suscribe tiene el honor etc. — Secretaría del Congreso, Marzo 6 de 1827. —Al señor don Pedro García de la Huerta.


Núm. 268[editar]

El secretario que suscribe tiene el honor de comunicar a US. que, habiendo sido elejido diputado para representar en el Congreso por el partido de Curicó i siendo ademas mui importante que se incorpore a la Sala a la mayor brevedad, presente sus poderes para que sean examinados i pueda verificarlo.

El que suscribe saluda etc. —Secretaría del Congreso, Marzo 6 de 1827. —Al señor don José Santiago Iñiguez.