Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1832/Sesión de la Cámara de Senadores, en 2 de octubre de 1832

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1832)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 2 de octubre de 1832
CÁMARA DE SENADORES
SESION 42, EN 2 DE OCTUBRE DE 1832
PRESIDENCIA DE DON AGUSTIN DE VIAL S.


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Solicitud de don B. Fernández Maquieira. —Consulta constitucional de la Corte Suprema. —Acusacion de don F. R. de Vicuña. —Comercio interior de las mercaderías nacionalizadas. —Indemnizacion a don M. Fernández. —Acta.—Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Presidente de la República representa la urjencia que hai en resolver prontamente las dudas de la Corte Suprema sobre la aplicación de algunos artículos de la Constitucion. (Anexo núm. 552. V. sesion del 10 de Agosto de 1832.)
  2. De un decreto espedido por la Comision de Justicia en la causa que se sigue contra don F. R. de Vicuña i por el cual se cita al acusado para el 10 de los corrientes. (Anexos núms. 553 i 554. V. sesión del 7 de Setiembre de 1832.)
  3. De una solicitud entablada por don Benito Fernández Maquieira en demanda de carta de naturaleza.

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Gobierno dictamine sobre la solicitud de don B. Fernández Maquieira. (V. sesion del 3.)
  2. Agregar a sus antecedentes el oficio del Presidente de la República sobre la consulta constitucional de la Corte Suprema. (V. sesion del 9 de Junio de 1834.)
  3. Aprobar el decreto dictado por la Comision de Justicia en la causa que se sigue contra don F. R. de Vicuña i encargar al oficial de sala que haga las notificaciones respectivas. (V. sesion del 12.)
  4. Aprobar en la forma que consta en el acta el articulo I.° del proyecto de lei que declara franco el comercio interior i de cabotaje de las mercaderías nacionalizadas. (Anexo núm. 555. V. sesiones del 29 de Setiembre de 1832 i 3 de Agosto de 1833.)
  5. Dejar pendiente la discusión del proyecto de lei que concede una indemnizacion al ex-contador mayor don Manuel Fernández. (V. sesiones del 26 de Setiembre i 3 de Octubre de 1832.)

ACTA[editar]

SESION DEL 2 DE OCTUBRE

Se abrió con los señores Vial, Barros, Errázuriz, Elizondo, Elizalde, Egaña, Rodríguez, Ovalle i Meneses.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de una solicitud de don Benito Fernández Maquieira, natural de Valladolid en España, solicitando carta de naturaleza; i se mandó pasar a la Comision de Gobierno.

De una nota del Presidente de la República, recomendando el pronto i preferente despacho de la consulta de la Suprema Corte de Justicia sobre las dificultades que ha encontrado en la aplicación de algunas atribuciones que le designa la Constitucion. Se encargó a la Comision en que se halla este negocio lo espida a la mayor brevedad.

Acabado de dar cuenta, el señor Egaña, uno de los individuos de la Comision de Justicia encargada de la sustanciacion de la causa que se sigue contra el ex-Presidente de la República, don Francisco Ramón Vicuña, leyó el decreto puesto por dicha Comision en que se cita al reo para el dia 10 del presente mes a comparecer ante el Senado con el fin de hacer su defensa i todo lo demás conducente para poner la causa en estado de sentencia, que debe pronunciarse en el mismo dia i siguientes, esponiendo que por los dias que habian trascurrido, le parecía podia asignarse el dia 15. Conformado el Senado con el decreto e indicacion, se resolvió en todo conforme a ella, i se mandó que por el oficial de Sala se hagan las citaciones correspondientes a don Francisco Ramón Vicuña, i a los Diputados comisionados para la acusacion, así como las demás dilijencias que a juicio de la Comision sean necesarias.

En seguida, tomado de nuevo en consideracion el proyecto de lei sobre libertad de derechos a los efectos que los hubiesen pagado en las Aduanas marítimas o del interior, i puesto en votacion, resultó aprobado el artículo primero en los mismos términos en que fué acordado por la Cámara de su oríjen, en la forma siguiente:

"Articulo primero. Gozarán de absoluta libertad en el comercio interior i de cabotaje las mercaderías estranjeras que hubiesen pagado los derechos de importacion en las Aduanas marítimás o del interior."

Se puso en segunda discusion el proyecto de decreto sobre indemnizar al antiguo Contador Mayor, don Manuel Fernández, i continuando sin resolver cosa alguna, se levantó la sesion, quedando para la siguiente el mismo negocio, la consulta del Presidente de la República sobre el interés penal impuesto a los deudores morosos de diezmos, i la solicitud de don Onofre Bunster sobre que se le conceda privilejio esclusivo por el invento de beneficiar por fundicion toda clase de mineral de plata. —Vial, Presidente. —Meneses, Secretario.



ANEXOS[editar]

Núm. 552[editar]

Con fecha 8 de Agosto último remití a V. E. orijinal una comunicacion de la Suprema Corte de Justicia en que hace ver las dificultades que ha encontrado en la aplicacion de algunas de las atribuciones que la Constitucion le designa, i la necesidad de que el Congreso Nacional, en uso de sus facultades, esplique la verdadera intelijencia que deba dárseles para evitar un choque de principios que pudiera embarazar la ejecucion de las leyes.

Siendo, pues, tan urjente como necesaria la declaracion pedida i tan estrecho el término de las sesiones del Congreso, el Gobierno recomienda a V. E. que haga presente a su Sala estos motivos, para que con preferencia se sirva espedir la resolucion que se desea sobre la materia.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre de 1832. —Joaquin Prieto. —Joaquin Tocornal. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 553[editar]

La Cámara de Senadores delegó en VV. SS. la facultad de formalizar la causa al ex-Presidente que suscribe. Cualquiera demora, a mas de perjudicar mi salud e intereses, por tener que ir al campo, desgarantiza a un ciudadano honrado que se ve atacado por plumas detractoras e infamatorios libelos, publicados al abrigo de la mas injusta de todas las acusaciones.

Yo debo comparecer a un juicio público a contestar los cargos que se hagan. Suplico a los señores de la Comision den el curso mas pronto que puedan a este negocio; i particularmente les ruego se me asigne el dia en que deba comparecer ante la Cámara constituida en gran justicia.

Dios guarde a VV. SS . muchos años. —Santiago, Setiembre 20 de 1832. —Francisco R. de Vicuña. —Señores Senadores de la Comision de Justicia.



Núm. 554[editar]

Afianzando don Francisco Ramon Vicuña hasta en la cantidad de veinticinco mil pesos con un tercero llano i abonado, estar a las resultas de este juicio, se le señala por lugar de arresto el recinto de la ciudad de Santiago. Entréguesele orijinal la acusacion hecha por la Cámara de Diputados, que es la misma que han reproduci do los comisionados de dicha Cámara, con los documentos que la acompañan, para que se instruya de ella i comparezca el dia diez de Octubre siguiente a las siete de la noche a la Sala del Senado, que se hallará constituido en Corte de Justicia para oir la defensa del reo, las pruebas que rindiere, así como las que produjere la Comision acusadora i demás que ésta tuviere que esponer; quedando citados para oir sentencia en la misma noche i siguientes.

Sala de la Comision, Setiembre 24 de 1832. —Elizondo. —Egaña. —Elizalde.



En sesion de este dia se acordó por la Sala que la citación prevenida por el decreto que antecede, se haga para el dia quince del corriente.

Santiago, Octubre 2 de 1832. —Vial. —Meneses, Secretario.



En 3 de Octubre puse los decretos que anteceden en noticia de los señores Diputados Comisionados. —Diaz de la Vega.



En el mismo en la de don Francisco Ramon Vicuña. —Diaz de la Vega.



Se ha recibido en esta Secretaría de la Cámara de Senadores una boleta por la que consta que don Juan Antonio Guerrero afianza las resultas del juicio que se sigue a don Francisco Ramon Vicuña a instancias de doña Margarita Fernández, con la cantidad de veinticinco mil pesos. —Santiago, Octubre 3 de 1832. —Fernando Urízar Garfias.



Núm. 555[editar]

Esta Cámara ha aprobado sin alteración ni modificacion alguna, el proyecto de lei pasado por la Cámara de Diputados sobre libertad del comercio interior i de cabotaje. Devuelvo los antecedentes. —Dios guarde al señor Presidente. —Octubre 4 de 1832. —A la Cámara de Diputados.