Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1845/Sesión de la Cámara de Senadores, en 15 de setiembre de 1845

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1845)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 15 de setiembre de 1845
CÁMARA DE SENADORES
SESION 32.ª EN 15 DE SETIEMBRE DE 1845
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Prorrogacion de las sesiones ordinarias. —Cartas de naturaleza. —Cuerpo de Injenieros Civiles. —Clasificacion i planta del Ejército. —Presupuestos de 1846. —Pension acordada a la familia de don Domingo Arteaga. —Remision de los boletos de calificacion. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha resuelto prorrogar por veinte dias mas las sesiones ordinarias. (Anexo núm. 107. V. sesion del 29 de Agosto.)
  2. De otro oficio por el cual el mismo Majistrado comunica que ha mandado estender cartas de naturaleza a favor de los señores Schiatino, Rondanelli, Capurro i González. (Anexo núm. 108. V. sesion del 5).
  3. De otro oficio con que la Cámara de Diputados acompaña el Presupuesto de guerra. (Anexo núm. 109. V. sesiones del 12 i el 22.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Contestar al Gobierno que el Senado queda instruido de la prórroga de las sesiones. (Anexo núm. 110. V. sesion del 10 de Octubre venidero.)
  2. Aprobar en particular los cinco artículos del proyecto de lei que crea el Cuerpo de Injenieros Civiles. (V. sesion del 12).
  3. No insistir en aquellas modificaciones hechas por el Senado en el proyecto clasificacion i planta del Ejército i que la Cámara de Diputados ha rechazado. (V. sesion del 12.)
  4. Aprobar en particular el proyecto de lei que concede una pension a la familia de don Domingo Arteaga. (V. sesion del 12).
  5. Declarar que al actual Presidente del Senado en su carácter de último Presidente de la Comision Conservadora corresponde remitir a las provincias los boletos de calificacion. (Anexo núm. 111.)

ACTA[editar]


Sesion del 15 de setiembre de 1845

Asistieron los señores Benavente, Aldunate, Barros, Bello, Cavareda, Egaña, Fórmas, Irarrázaval, Ortúzar, Ossa, Ovalle Landa, Portales i Subercaseaux.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron dos notas del Presidente de la República, en la primera de las cuales anuncia haber resuelto prorrogar las sesiones del Congreso por veinte dias mas contados desde el 15 del presente; se declararon prorrogadas las sesiones se mandó acusar recibo de la nota i en seguida archivarla.

En la segunda avisa que ha mandado estender las correspondientes cartas de naturaleza a favor de don Antonio González, don Cárlos Capurro, don Francisco Rondanelli i don Jerónimo Schiatino; i se mandó archivar.

Se procedió a la discusion particular del proyecto de lei sobre arreglo del cuerpo de injenieros civiles i los cinco artículos de que consta fueron consecutivamente aprobados por unanimidad a excepcion del 2.º que con la variacion hecha por la otra Cámara se aprobó por doce votos contra uno.

El tenor de dichos artículos es como sigue:

"Artículo primero. El cuerpo de injenieros civiles se compondrá de un Director, de cuatro injenieros primeros, seis segundos i dos aspirantes.

Art. 2.º Tendrá ademas este cuerpo un tesorero que se empleará en los trabajos de la oficina del mismo cuerpo, en llevar la cuenta i razon de todos los caudales que por medio de él se inviertan i en el arreglo i custodia del archivo; i un escribiente que servirá para las copias de las comunicaciones i demas objetos a que el Diiector lo destine exceptuados los de contabilidad.

Art. 3.º Todos los empleados del cuerpo serán nombrados directamente, por el Presidente de la República a excepcion del escribiente cuyo nombramiento se hará a propuesta del Director.

Art. 4.º El tesorero rendirá fianza a satisfaccion del contador mayor por la cantidad de seis mil pesos para responder a los caudales i objetos puestos bajo su custodia.

Art. 5.º Los individuos del cuerpo gozarán las siguientes asignaciones: el Director dos mil pesos anuales, los injenieros primeros mil quinientos pesos anuales, los injenieros segundos mil doscientos pesos anuales, los aspirantes seiscientos pesos anuales, el tesorero ochocientos pesos i el escribiente cuatrocientos pesos."

Se pasó a considerar el oficio de la Cámara de Diputados en que anuncia haber desechado por veinticinco votos contra cinco la enmienda hecha por esta Cámara en el artículo 3.º del proyecto de lei sobre nueva planta del Ejército i, por unanimidad el artículo 2.º transitorio agregado tambien por el Senado.

Puesto en discusion este acuerdo, se preguntó a la sala si insistía o nó en la enmienda del artículo 3.º i habiendo resultado siete votos por la afirmativa i seis por la negativa, quedó desechada dicha enmienda por faltar las dos terceras partes que requiere la Constitucion, i sin efecto el artículo 2.º transitorio por la estrecha relacion que tenia con el artículo 3.º desechado.

En consecuencia el artículo antedicho ha quedado definitivamente aprobado en estos términos:

"Art. 3.º A la plana mayor jeneral pertenecen todos los Jenerales del ejército, cuyo número no pasará de diez, cuatro de division i seis de brigada, bien sea que se hallen en cuartel o en positiva actividad de servicio en guarnicion o campaña".

Despues de haberse suspendido la sesion por un corto tiempo, se dió cuenta de un oficio de la Cámara de Diputados con el que remite el presupuesto del Ministerio de la Guerra para el año venidero anunciando las variaciones que ha introducido al concederle su sancion i se puso en tabla para segunda lectura.

Se puso en discusion particular el proyecto de lei acordado por la otra Cámara concediendo una pension a la viuda e hijos del Teniente Coronel don Dommgo Arteaga; i puesto en votacion secreta resultó aprobado por diez votos contra tres. Su tenor es como sigue:

"Artículo único. Se concede a la viuda e hijas del Tenie coronel don Domingo Arteaga la pension de quince pesos mensuales, miéntras permanezca viuda i sus hijas no tomen estado."

Antes de levantarse la sesion el señor Presidente espuso que debiendo remitirse a las provincias los boletos de calificacion para las próximas elecciones i estando el Congreso en actual ejercicio de sus funciones era preciso acordar si el Presidente del Senado hacia la remision de dichos boletos por no existir la Comision Conservadora que, segun la Constitucion, es su Presidente el que tiene esa obligacion.

Habiéndose sabido que el actual Presidente del Senado era tambien Presidente de la Comision Conservadora, segun la última eleccion, declaró la Sala, que podía sin inconveniente hacer la remision de los espresados boletos, con lo cual se levantó la sesion quedando en tabla el Presupuesto del Ministerio de Guerra i Marina, los proyectos de lei sobre sesion de terrenos baldíos de la República a colonos estranjeros, sobre terrenos abandonados por el mar i en discusion jeneral el en que se autoriza al Gobierno para la venta de piezas de artillería de bronce. —Benavente.



Sesion del 15 de setiembre de 1845[1]

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron dos oficios del Presidente de la República: en el primero participa haber resuelto prorrogar las sesiones del Congreso por veinte días mas contados desde el 15 del presente, i se mandó acusar recibo del citado oficio i archivarlo. En el segundo comunica haber mandado estender las correspondientes cartas de naturaleza a favor de don Antonio González, don Cárlos Capurro, don Francisco Rondanelli i don Jerónimo Schiatino i se mandó archivar.

Se procedió a la discusion particular del proyecto de lei sobre arreglo del cuerpo de injenieros civiles i sin oposicion alguna se aprobaron los cinco artículos de que consta.

Se pasó a considerar el oficio de la Cámara de Diputados en que comunica haber desechado por veinticinco votos contra cinco la enmienda hecha por esta Cámara en el artículo 3.º del proyecto de lei sobre nueva planta del ejército, la cual se reducía a establecer seis jenerales solamente, cuatro de division i dos de brigada en lugar de los diez que designa el artículo propuesto por el Gobierno.

El señor Egaña. —Yo considero este artículo como de un interes grave, de suma importancia para el Estado. Cuando se discutió en esta Cámara, se hirieron ver las razones de conveniencia que habia para adoptarlo en la forma que pasó i yo confío que el Senado, gue se persuadió de lo conveniente de la enmienda, insista ahora en ella. Hemos de suponer que Chile no ha de ser un pais militar, porque su situacion jeográfica lo pone al abrigo de una guerra continental, i que su fuerza debe consistir en la de mar.

La presente lei habla sólo de la de tierra; nuestro ejército hace años que sólo consta de mui poco mas de dos mil plazas i es probable o seguro que no se aumentará este número, i para 2,000 soldados es un exceso que haya mas de seis jenerales, i esto es a lo que se dirije el artículo. La disposicion enmendada era la que establecía diez jenerales, número exorbitante, no sólo atendidas las circunstancias del pais i las razones que acabo de esponer sino que es excesivo aun en las circunstancias de una guerra.

Cuando se hizo un arreglo militar en el año 27 dos años despues de la batalla de Ayacucho, cuando existia intacto el Ejército i estaban vivos todos los oficiales, no se quiso que hubiese mas de nueve jenerales; ahora se ha aumentado, habiendo ménos motivo i esta razon por sí sola está manifestando que no hai necesidad de mas de seis jenerales.

En la enmienda que aprobó el Senado se acordó que hubiese sólo seis, pero dejando a salvo los que habían servido en la guerra de la Independencia, i entre tanto, se permitia que hubiera mayor número. Los que están en carrera de ser premiados; los que están inmediatos a la graduacion, la obtendrían mas pronto si se llevase a efecto lo que dispone la enmienda del Senado, que con lo contenido en la proposicion orijinal del Gobierno.

Segun ésta, quedaban diez, habiendo trece, i segun aquella, bastaba la vacante de dos para que hubiese ascensos, pues segun el número de vacantes, podrá el Gobierno nombrar uno de todos los jenerales que quedasen hasta el año de 1860. Este acuerdo del Senado consulta lo que corresponde a la verdadera situacion de Chile, consulta los intereses actuales de los oficiales que están en graduacion superior para que sean ascendidos, i tiene ademas otra conveniencia o fines articulares. Ultimamente aunque sea repetido, diré que para un pais pacifico como el nuestro, no sé en qué pudieran ocuparse mas de seis jenerales; porque los Inspectores del ejército, los miembros militares que componen las Cortes marciales, los Gobernadores, etc., pueden ser nombrados de la clase de Coroneles.

Pero, en fin, con seis jenerales me parece que queda mui bien dotada la plana mayor del ejército: por lo mismo i porque la enmienda consulta cuanto se quiera considerar, yo creo que el Senado debe insistir en ella, desechando el acuerdo de la otra Cámara.

El señor Aldunate. —Por mas que se exajere la poca necesidad que hai de jenerales, me parece que podria probarse suficientemente. Una de las principales razones que se han dado es que para los destinos de primer órden se pueden llamar Coroneles, seria mejor, entónces que no hubiese jenerales, supuesto que los Coroneles pueden desempeñar estos destinos; mejor seria hacer de este modo el ahorro por entero.

El número de las graduaciones es en proporcion del ejército, i así se ha calculado por el Gobierno. A mas de que esta es una recompensa a los buenos servicios, i la aspiracion a ella, es lo que forma hombres útiles. Me parece que nada mas podré decir sobre esta materia, está tan discutida ya, que seria hacer perder el tiempo al Senado repetir, poco mas o ménos, lo que otras veces he dicho.

El señor Presidente. —Atendiendo a la conveniencia misma del Erario, creo que no debe insistir el Senado en esta enmienda. El artículo orijinal establece diez jenerales; ahora se dice que hai trece: por consiguiente, se necesita la muerte de cuatro para que haya una provision del Gobierno i en quince años no habria mas vacante: es decir, que adoptada la proposicion de esta Cámara, se puede nombrar mayor número, i por lo mismo no debe pasar.

La enmienda del Senado contiene una disposicion que debe tener efecto en el año de 1860, i hasta ese año se ha de conservar el número de trece jenerales que hai ahora, i siendo mui posible que haya mas vacantes, yo creo que es inútil insistir. ¿Cómo podremos decir que dentro de quince años no se necesitarán mas de dos mil soldados i seis jenerales? Por otra parte, esta es una lei sujeta a variaciones; se puede aumentar el ejército i los jenerales tambien.

Segun ha manifestado el señor Senador que sostiene la enmienda, es claro que hasta despues del año 60 no habrá seis jenerales solamente, i que desde entónces para adelante no se podran nombrar mas. En esto no hallo ventaja i me parece mas conforme el artículo orijinal.

El señor Egaña. —Yo desearía que se leyese el artículo adicional que guarda íntima relacion con el presente. (Se leyó).

"Art. 2.º La parte del artículo tercero que fija en seis el número de los jenerales del ejército sólo principiará a tener efecto despues de cumplido el año de 1860. Desde entónces ninguno podrá ser promovido a jeneral sino para integrar el número fijado por la lei. En el entretanto, por nada dos vacantes que ocurran en el número de los actuales jenerales del ejército, podrá promoverse uno, hasta que su número quede reducido a ocho i en lo sucesivo hasta el año de 1861 se podrán hacer promociones para mantener íntegro este número."

En este artículo (continuó) está esplicada la intelijencia del artículo tercero con la enmienda que el Senado acordó. Hasta el año 60 precisamente los jenerales actuales existirán i por cada dos vacantes que ocurran podrá nombrarse uno, con tal que no exceda de ocho el número de los jenerales. Por eso dije que a los jenerales actuales que obtengan una graduacion o estén próximos a ella les conviene mas, i no es lo mismo conformarse con el artículo orijinal: porque siendo los jenerales actuales, o la mayor parte avanzados de edad, i lo mismo los oficiales de graduacion que están próximos a ser jenerales, debe esperarse que en quince años haya cuatro vacantes siquiera. Si desde ahora se establece que sean seis los jenerales, como puede mui bien hacerse, ya se sabe que este es el número fijo; pero si se dejase ahora un número escesivo con ánimo de disminuirlo despues sería cosa difícil de conseguirse, i mas fácil seria que en adelante se aumentase el número, limitándolo ahora, porque señalado un número estenso, aun cuando se advierta ser incompatible con las necesidades, no se disminuirá una vez establecido. Por otra parte si el año de 27 con un ejército doble del que hai i del que puede haber dentro de quince años porque segun la prudencia humana puede preveer, no es probable necesitar mas, si el año 27, repito, se creyó que bastaba el número de nueve jenerales, ¿por qué se ha de aumentar ahora? Esto parece inconcebible.

Me parece inútil estenderme mas sobre la materia i me basta recordar que el interes del Estado exije que no sea escesivo el número de jenerales.

El señor Aldunate. —Se citan ejemplos de tiempo de la guerra i yo citaré otros en contrario para probar que esas providencias eran de circunstancias. Se dice que existían pocos jenerales cuando había mas necesidad de ellos, yo diré tambien que en tiempo de la guerra, cuando mejor se debian haber premiado sus servicios, se les rebajó el sueldo i se les puso el de coronel. Diré tambien que al soldado que sufría todas las penurias del estado de guerra, en lugar de aumentarle, se les rebajó asimismo el sueldo. La razon es mui sencilla, pues los apuros del Estado por consecuencia de esa misma guerra, obligaban a tales providencias. El señor Senador se fija en que debe haber menor número de jenerales, para que pueda aumentarse despues, si es necesario; mas eso mismo se conseguirá con el artículo del proyecto i no con la enmienda, pues, por esta, si a los quince años mueren cuatro se proven dos, i el proyecto concilia mejor los inconvenientes que ha querido allanar el autor de la indicacion.

El señor Egaña. —El artículo que se ha leido precave mas bien las dudas, pues se entiende por vacantes, no las del número de seis, sino las del número actual como lo dice; i por cada dos vacantes que ocurran, permite se nombre uno, porque de este modo se deja ocasion de premiar a los militares que han prestado servicios importantes. Parece que en esta parte no puede ocurrir duda; la lei no fija para el año 61 la planta del ejército la fija para ahora, i la enmienda que adoptó el Senado, consecuente con este proyecto, establece cuál ha de ser el número. No lejislamos para dentro de quince años sino para ahora mismo.

Ultimamente, contestaré a un argumento de que ha usado el señor Ministro. Dice que las circunstancias de la guerra i las necesidades del pais fijaron el corto número de jenerales i aun se les limitó el sueldo; pero en esto se ha equivocado, porque no sucedió eso en tiempo de la guerra sino despues de la batalla de Ayacucho, cuando no habia guerra, i entónces se vió que no era necesario mas de nueve jenerales. Así es que cuando a consecuencia de la batalla de Yungai hubo necesidad de premiar algunas personas que se distinguieron en ella, aumentó el Gobierno el número de jenerales, en virtud de las facultades estraordinarias con que estaba investido.

Se preguntó a la Sala si se insistía o nó en la enmienda del artículo 3.º i resultaron siete votos por la afirmativa i seis por la negativa.

El señor Presidente. —No hai los dos tercios de sufrajios que previene la Constitucion; queda, por tanto, desechada la enmienda, i consiguientemente el artículo 2.º transitorio que se habia puesto como consecuencia de aquélla.

Se suspende la sesion.

En segunda hora se dió cuenta de un oficio de la Cámara de Diputados, con el que remite el presupuesto del Ministerio de Guerra para el año venidero, anunciando la variacion que ha hecho en él al concederle su sancion, i se puso en tabla para segunda lectura.

Se puso en discusion particular el proyecto de lei acordado por la otra Cámara concediendo una pension a la viuda e hijas del teniente-coronel don Domingo Arteaga, i puesto en votacion secreta, resultó aprobado por diez votos contra tres, en esta forma:

"Artículo único. Se concede a la viuda e hijas del teniente-coronel don Domingo Arteaga, la pension de quince pesos mensuales miéntras permanezca viuda i sus hijas no tomen estado".

El señor Presidente. —Este año hai que renovar las calificaciones, i recordará el Senado que el dia quince de Noviembre deben estar en todos los departamentos los boletos de calificacion.

El Presidente de la Comision Conservadora debe entender en esto segun la lei; pero estando en ejercicio el Senado, habria un atraso mui perjudicial si no pudiese hacer el Presidente de esta Cámara esa remesa de boletos de que está encargada la Comision Conservadora. Por esto la Sala determinará si puede o nó el Presidente del Senado entender en este asunto.

El señor Egaña. —Señor, por la Constitucion no hai Comision Conservadora miéntras el Congreso está reunido en sesiones ordinarias, porque el artículo contitucional dice así: "El dia ántes de cerrar sus sesiones ordinarias se nombrarán siete Senadores que hasta la reunion ordinaria del Congreso deben formar la Comision Conservadora. De suerte que estando el Congreso en sesiones ordinarias no hai Comision Conservadora".

La materia, sin embargo, me pone en conflicto, porque la lei de elecciones dice: "E1 Presidente de la Comision Conservadora remitirá a las provincias los boletos de calificacion", etc. ¿Quién fué el Presidente de la Comision Conservadora que hubo últimamente?

El señor Aldunate. —El señor Benavente, Presidente actual de la Sala.

El señor Egaña. —Entónces no hai dificultad ninguna, porque como Presidente del Senado o como Presidente de la Comision Conservadora, puede sin duda remitir los boletos de calificacion.

La Sala lo declaró así por unanimidad, i se levantó la sesion, quedando en tabla el Presupuesto del Ministerio de Guerra i Marina i los proyectos de lei sobre colonizacion de terrenos baldíos sobre terrenos abandonados por el mar i el relativo a otorgar autorizacion al Gobierno para la venta de piezas de artillería de bronce.


ANEXOS[editar]

Núm. 107[editar]

Estando para terminarse los quince dias porque se prorrogaron las sesiones del Cuerpo Lejislativo, sin que se hayan alcanzado a despachar los importantes proyectos que están sometidos a su consideracion en uso de la facultad que me confiere la parte 4.ª del artículo 82 de la Constitucion, he acordado prorrogar las sesiones del Congreso por veinte dias mas contados desde el 15 del presente.

Dios guarde a V.E. Santiago, Setiembre 13 de 1845. —Manuel Búlnes. Manuel Montt. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 108[editar]

Con esta fecha se han mandado estender las correspondientes cartas de naturaleza a favor de don Antonio González, natural de Portugal; de don Cárlos Capurro, don Francisco Rondanelli i don Jerónimo Schiattino, naturales de Italia i avecindados en la ciudad de Valparaiso.

Lo comunico a V.E. en contestacion a su nota número 19 datada el 9 del actual.

Dios guarde a V.E. —Santiago, Setiembre 12 de 1845. —Manuel Búlnes. Manuel Montt. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 109[editar]

El presupuesto de gastos del departamento de Guerra i Marina para el año 1846, ha sido aprobado por esta Cámara sin mas alteracion que haber suprimido de la partida primera el sueldo de 912 pesos de un ayudante capitan de caballería i colocado en la partida 6.ª en el lugar que le corresponde como empleado en servicio activo.

Acompaño los antecedentes.

Dios guarde a V.E. —Santiago, 15 de Setiembre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 110[editar]

Queda instruida esta Cámara de la nota en que V. E. anuncia haber acordado prorrogar las sesiones del Congreso por veinte dias mas contados desde el 15 del presente.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Setiembre 15 de 1845. —R. L. Irarrázaval. — Ramón Rengifo. —A S. E. Presidente de la República.


Núm. 111[editar]

En cumplimiento del artículo 27 de la lei jeneral de elecciones, dirijo a US., por el conducto del Ministerio del Interior, cuatro mil doscientos veinticuatro boletos de calificacion para las próximas elecciones, los cuales repartirá US. en la forma siguiente:

Núm. de boletos
Departamento de Valparaiso, parroquia del Salvador 840
Departamento de Valparaiso, parroquia de los Doce Apóstoles 890
Departamento de Casablanca, parroquia de Casablanca 920
Departamento de Quillota, parroquia de Quíllota 600
Departamento de Quillota, parroquia de Purutun 514
Departamento de Quillota, parroquia de Limache 100
Departamento de Limache, parrroquia de Puchuncaví 360

US. se servirá acusar el correspondiente recibo de estos boletos por el conducto del mismo Ministerio.

Dios Guarde a V. E. —Santiago, Octubre 16 de 1845. —Al Intendente de la provincia de Valparaíso.


En cumplimiento del artículo 27 de la leí jeneral de elecciones, dirijo a US. por el conducto del Ministerio del Interior, veinte mil doscientos veinte boletos de calificacion para las próximas elecciones, los cuales repartirá US. en la forma siguiente:

Núm. de boletos
Departamento de Santiago, parroquia de la Catedral 2,100
Departamento de Santiago, parroquia de Santa Ana 2,200
Departamento de Santiago, parroquia de San Lázaro. 1,500
Departamento de Santiago, parroquia de San Isidro 900
Departamento de Santiago, parroquia de la Estampa 1,800
Departamento de Santiago, parroquia de Renca 1,200
Departamento de Santiago, parroquia de Colina 600
Departamento de Santiago, parroquia de Lampa 800
Departamento de Santiago, parroquia de Ñuñoa 1,000
Departamento de Santiago, parroquia de Yungai 800
Departamento de Victoria, parroquia de San Bernardo 1,000
Departamento de Victoria, parroquia de Tango 900
Departamento de Victoria, parroquia de San José 150
Departamento de Melipilla, parroquia de Melipilla 600
Departamento de Melipilla, parroquia de Cartajena 700
Departamento de Melipilla, parroquia del Monte 200
Departamento de Melipilla, parroquia de Curacaví 200
Departamento de Rancagua, parroquia de Rancagua 800
Departamento de Rancagua, parroquia de Codegua 700
Departamento de Rancagua, parroquia de Maipo 700
Departamento de Rancagua, parroquia de San Pedro 700
Departamento de Rancagua, parroquia de Alhué 150
Departamento de Rancagua, parroquia de Peumo 200
Departamento de Rancagua, parroquia de Coltauco 120
Departamento de Rancagua, parroquia de Doñigüe 200

US. se servirá acusar el correspondiente recibo de estos boletos por el conducto del mismo Ministerio.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 16 de 1845. —Al Intendente de la provincia de Santiago.

En cumplimiento del artículo 27 de la lei jeneral de elecciones, dirijo a US. por el conducto del Ministerio del Interior 1,300 boletos de calificacion para las próximas elecciones, los cuales repartirá US. en la forma siguiente:

Núm. de boletos
Departamento de Freirina, parroquia de Freirina 200
Departamento de Copiapó, parroquia de Copiapó 400
Departamento de Vallenar, parroquia de Vallenar ...700

US. se servirá acusar el correspondiente recibo de estos boletos por el conducto del mismo Ministerio.

Dios guarde a US. —Santiago, Noviembre 3 de 1845. —Al Intendente de la Provincia de Atacama.


He recibido el oficio de US., fecha catorce del mes pasado en que anuncia haber llegado a su poder los 3730 boletos de calificacion que remití para las próximas elecciones; i atendiendo a lo que US. espone en su nota citada remito ahora por el mismo conducto del Ministerio del Interior 4,150 boletos mas para que los distribuya de modo siguiente:

Núm. de boletos
Departamento de Illapel, parroquia de Choapa 500
Departamento de Illapel, parroquia de Mincha 400
Departamento de Illapel, parroquia de Illapel 450
Departamento de Elqui, parroquia de Cutun 130
Departamento de Elqui, parroquia de Vicuña 230
Departamento de Ovalle, parroquia de Barrasa 180
Departamento de Ovalle, parroquia de Ovalle 130
Departamento de Ovalle, parroquia de Sotaquí 250
Departamento de Ovalle, parroquia de Huamalata 280
Departamento de Ovalle, parroquia de Caren 50
Departamento de la Serena, parroquia de Andacollo 100
Departamento de Serena, parroquia de Serena 300
Departamento de Combarbalá, parroquia de Combarbalá 700

US. se servirá acusar el correspondiente recibo de estos boletos de calificacion.

Dios guarde a US. —Santiago, Noviembre 3 de 1845. —Al Intendente de la Provincia de Coquimbo.


En cumplimiento del artículo 27 de la lei jeneral de elecciones, dirijo a V. S por el conducto del Ministerio del Interior 9.830 boletos de calificacion para las próximas elecciones los cuales repartirá V. S. en la forma siguiente:

(Sigue la distribucion que debe hacerse del número de boletos entre las parroquias de los departamentos).

V. S se servriá acusar el correspondiente recibo de estos boletos por conducto del mismo Ministerio.

Dios guarde a V. S. —Santiago, Setiembre 24 de 1845. —Al Intendente de la Provincia de Concepcion.


Con la misma fecha se remitieron 3,360 boleto de calificacion al Intendente de la provincia de Chiloé, 2,700 al Intendente de la provincia de Talca, 6,000 al Intendente de la provincia de Maule, 4,200 al Intendente de la provincia de Aconcagua.


Remito a V. S. en virtud de su nota pasada al Ministerio del Interior con fecha i.° del corriente, cuatrocientos boletos de calificacion para la parroquia de Reto: doscientos para la de San José de Toro i cuatrocientos para la de Santa Cruz de Curicó.

V. S. acusará recibo de dichos boletos en cumplimiento de la lei de elecciones.

Dios guarde a V. S. —Santiago, Diciembre 2 de 1845 —Al Intendente de la Provincia de Colchagua.


En vista de la nota de V. S., fecha de ayer remito 300 boletos de calificacion para que se pasen al Presidente de la Junta Calificadora de la parroquia de Yungai.

Dios guarde a V. S —Santiago, Diciembre 5 de 1845. —Al Intendente de la provincia de Santiago.


Por conducto del Ministerio del Interior remito a V. S. cuarenta boletos de calificacion parala parroquia de San Felipe.

Dios guarde a V. S. —Santiago, Diciembre 5 de 1845. —Al Intendente de Aconcagua.

Con la respetable comunicacion de V. E. fecha 24 de Setiembre próximo pasado, he recibido cuatro mil doscientos boletos de calificacion para las próximas elecciones, los cuales distribuiré entre los Gobernadores departamentales de esta provincia, en los términos que V. E. se sirve encargarme por su oficio citado.

Dios guarde a V. E. —San Felipe, Octubre 6 de 1845. —José Antonio de Guilisasti. —Al Excmo. señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Se han recibido los seis mil boletos de calificacion para las elecciones venideras, los que se han distribuido en la forma espresada en la nota de V. E, de 14 de Setiembre próximo pasado.

Dios guarde a V. E. —Cauquénes, Octubre 8 de 1845 —José Miguel Barriga. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores. ç


Con la nota de V. S. de 24 de Setiembre ante próximo se han recibido dos mil seiscientos boletos de calificacion faltando cien para el completo de los dos mil seiscientos que anuncia V. S. remitir. Esta falta ha resultado en los pertenecientes a la Parroquia de Talca, pues se han encontrado sólo mil cien i no mil doscientos como viene anotado en la demostracion del contenido. Debo advertir a V. S. que los paquetes fueron abiertos i contados en mi presencia los boletos que contenían. Del mismo modo que no hai necesidad que se complete el número destinado para la Parroquia de Talca pues los remitidos son suficientes.

Lo digo V. S. para su conocimiento en contestacion a su comunicacion citada.

Dios guarde a V. S. —Talca Octubre 10 de 1845. —J. M. Bascuñan. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


He recibido los tres mil setecientos treinta boletos de calificacion que V. E. menciona en su nota de 24 de Setiembre último, los cuales a pesar de lo espresa i terminantemente dispuesto en el artículo 28 de la leí de elecciones, distribuiré a los Gobernadores en la forma que previene la citada nota Sin embargo de esto, i por lo que pudiera convenir, debo observar: que la distribucion tal como se ha hecho, no es proporcionada a las necesidades de las poblaciones de los departamentos, ccmo V. F. se persuadirá de ello, comparando aquella con el censo de éstas, que incluyo, para su conocimiento; i que no es imposible, que en algunas Parroquias, sobre todo en las de Ovalle, Serena i Elqui falten boletos, lo que despues afectaría, quien sabe hasta que punto el resultado de las elecciones, si no se provee a tiempo con cien boletos al ménos a cada una de las indicadas Parroquias.

Dios guarde a V. E. —Serena, Octubre 14 de 1845. —Joaquin Vicuña. —Al señor Presidente de la Comision Conservadora.

Poblacion del Departamento de la Serena
Subdelegaciones     Distritos Poblacion
Núm. 1 Serena. 3 1,184
" 2 " 3 964
" 3 " 4 1,731
" 4 " 5 2,064
" 5 " 4 1,440
" 6 " 2 256
" 7 Pampa 3 815
" 8 Puerto 3 776
" 9 Tambillos 3 699
" 10 Andacollo 3 1,730
" 11 Bella Vista 3 749
" 12 Saturno 1 227
" 13 Cutun 3 602
" 14 Arqueros 2 473
" 15 La Higuera 4 1,028
" 16 Los Choros 2 360
" 17 La Compañía 4 818
" 18 Pan de Azúcar 1 490
Total 53 16,406

Las Subdelegaciones once, doce i trece componen la Parroquia de Cutun. —Serena, Octubre 14 de 1845. Joaquin Vicuña.

Poblacion de las provincias de Coquimbo i Atacama
Coquimbo Totales
Serena, subdelegaciones 18, distritos 53. Poblacion 16,406
Elqui, subdelegaciones 9, distritos 33. Poblacion 9,267
Ovalle, subdelegaciones 17, distritos 89. Poblacion 27,100
Combarbalá, subdelegaciones 6, distritos 24. Poblacion 8.673
Illapel, subdelegaciones 8, distritos 43. 17,571
79,017
Atacama Total
Copiapó, subdelegaciones 11, distritos 36. Poblacion 11,898
Vallenar, subdelegaciones 8, distritos 32. Poblacion 8,308
Freirina, subdelegaciones 5, distritos 17. Poblacion 4,883
25,089

Serena, Octubre 14 de 1845. —Joaquin Vicuña.


Se han recibido en esta Intendencia la nota V. S. de 24 de Setiembre próximo pasado i los nueve mil ochocientos treinta boletos de calificacion de que se hace referencia, los que quedan ya distribuidos a los departamentos de esta provincia, segun la asignacion que V. S. se ha servido hacerles, lo que pongo en suconocimiento para los fines consiguientes.

Dios guarde a V. S. —Concepcion, 15 de Octubre de 1845. —Cárlos Rozas. —Al señor Presidente de la Comision Conservadora.


En lugar de los tres mil trescientos sesenta boletos de calificacion que se han remitido a esta Intendencia por conducto del señor Ministro del Interior para que sirvan en las próximas elecciones se han recibido tres mil trescientos noventa en la forma siguiente:

Lemui 260
Chacao 204
Carelmapu 152
Ancud 519
Quinchao 400
Castro 500
Dalcahue 404
Chonchi 248
Quenac 202
Calbuco 501

Lo que participo a V. E. para su intelijencia en cumplimiento del artículo 27 de la lei jeneral de elecciones.

Dios guarde a V. E . —Ancud, 17 de Octubre de 1845. —R. de Bernales. —Al señor Presidente de la Comision Conservadora.


Por conducto del señor Ministro del Interior se han recibido en esta Intendencia los veinte mil doscientos veinte boletos de calificacion para las próximas elecciones, que deben distribuirse en todas las Parroquias de esta provincia, conforme a lo prevenido en la nota de V. E., fecha 16 del corriente mes que contesto.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 22 de 1845. —M. de la Barra. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Se han recibido los paquetes de boletos de calificaciones conforme a la lista que V. E. incluye a su nota de 16 del corriente, a los que se les dará el destino que previene i que indican sus respectivos rótulos.

Dios guarde a V. E. —Valparaiso, Octubre 22 de 1845. —Joaquin Prieto. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Excmo. señor: He recibido la nota de V. E., de 24 del pasado, i con ella los mil trescientos cincuenta boletos de calificacion que me remite con arreglo al artículo 27 de la lei jeneral de elecciones. He hecho la reparticion que viene indicada, dejando 400 para Copiapó i mandando 750 para Vallenar i 200 para Freirina.

Noto alguna desproporcion en esta distribucion, porque se ha destinado mayor número de boletos a Vallenar que a Copiapó. Aquí se han calificado alguna vez hasta seiscientos noventa i seis ciudadanos, i no tengo noticia de que allí haya sucedido otro tanto. V. E. puede disponer que esto se remedie, remitiendo para Copiapó, si lo tiene a bien, algún número mas de boletos.

Dios guarde a V. E —Copiapó, 25 de Octubre de 1845. —Ventuta Lavalle. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


De los setecientos boletos de calificacion que V. E. se ha servido anunciarme, sólo he recibido seiscientos noventa i siete, i entre éstos dos inútiles, que incluiré a V. E. cuando haga la devolución prevenida en el artículo 35 del Reglamento de Elecciones. Con este motivo el recibo que tengo el honor de adjuntar a V. E. sólo es referente a los indicados seiscientos noventa i siete boletos de calificacion en lugar de los setecientos que V. E. se ha servido prevenirme en su respetable nota de 24 de Setiembre último que dejo contestada.

Dios guarde a V. E. —Salvador Sanfuentes. —Señor Presidente de la Cámara del Senado.


Certifico: haber recibido del señor Presidente de la Cámara del Senado, don Diego José Benavente, tres paquetes con los siguientes boletos de calificacion, para las próximas elecciones, a saber:

Para el departamento de Valdivia 300
Para el ídem de Osorno 200
Para el ídem de la Union, inclusos en este número dos inútiles que se devolverán en debido tiempo 197
Total 697

Son seiscientos noventa i siete boletos de calificacion, faltando tres para el completo de los setecientos que se anuncian en la nota de su remision, fecha 24 de Setiembre último.

I para que así conste, doi el presente certificado, en Valdivia, a doce dias del mes de Noviembre de mil ochocientos cuarenta i seis. —Salvador Sanfuentes.


Señor Presidente:

He recibido la nota de V.E. de 3 del presente mes, i los mil trescientos boletos de calificacion que me remite en conformidad al artículo 27 de la Lei jeneral de Elecciones. He mandado con esta misma fecha hacer la distribucion indicada en su nota entre los departamentos i parroquias de Freirina, Vallenar i Copiapó.

Dios guarde a V.E. —Copiapó. 12 de Noviembre de 1845. —Ventura Lavalle. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Se han recibido en esta Intendencia los boletos de calificacion que V.E. se ha servido remitir en número de cuatrocientos para la Parroquia del Peralillo, en el departamento de Curicó.

Dios guarde a V.E. —San Fernando, Noviembre 27 de 1845. —Julian Riesco. —Al señor Presidente de la Comision Conservadora.


El Presidente de la Junta Calificadora de la Parroquia de Yungai, me dice con esta fecha que los ochocientos boletos de calificacion, destinados a aquella Parroquia no son suficientes.

Lo pongo en noticia de V.E. para que se sirva ordenar se remitan, a lo ménos, trescientos boletos mas, hoi mismo, si fuera posible; i al efecto, incluyo uno que servirá de modelo.

Dios guarde a V.E. —Santiago, 4 de Diciembre de 1845. —M. de la Barra. —Al señor Presidente de la Comision Conservadora.


He recibido i pasado al Presidente de la Junta Calificadora de la Parroquia de Yungai, los cuatrocientos boletos de calificacion, que a consecuencia de mi nota de ayer si sirvió V.E. remitirme con el oficio de hoi que contesto.

Dios guarde a V.E. —Santiago, 5 de Diciembre de 1845. —M. de la Barra. —Al Presidente de la Comision Conservadora.


Con el oficio de V.E. de 2 del presente he recibido doscientos boletos mas de calificacion para la Parroquia de San José de Toro, cuatrocientos para la de Reto i cuatrocientos para la de Santa Cruz, que por el Ministerio del Interior se solicitaron de V.E. para atender a la necesidad que se hacia sentir en dichos boletos en las mencionadas parroquias.

Dios guarde a V.E. —San Fernando, Diciembre 6 de 1845. —Julian Riesco. —A la Excma. Comision Conservadora.


Se han agotado en la calificacion los boletos remitidos para las parroquias de Pencahue i Curepto, i no hai por consiguiente como proporcionarlos a la Junta Revisora para el caso de que se necesiten. Con veinticinco de cada clase habrán los suficientes, i espero que V.E. se servirá remitirlos a la Intendecia si considerase que puedan recibirse aquí ántes que la Junta Revisora termine sus sesiones.

Dios guarde a V E. —Talca, Diciembre 11 de 1845. —I.M. Bascuñan. —Al señor Presidente de la Comision Conservadora.


Lista de los calificados en la parroquia de Chillan
Antonio Fuentealba
Agustin Amarza
Apolinario Muñoz
Antonio Martel
Antonio Navarrete
Antonio Henríquez
Anselmo Sepúlveda
Alejo J. Quintana
Antonio Lagos
Antonio J. Quezada
Andrés Rodríguez
Antonio Miranda
Alvaro Carrasco
Anselmo Gálvez
Anjel Bustos
Anjel Zúñiga
Andres Guajardo
Antonio Maldonado
Agustin Jara
Antonio Avila
Andres Ramos
Antonino Herm
Andres Navarrete
Antonio Sepúlveda
Antonio Lagos
Antonio Utreras
Ambrosio Cares
Antonio Rodríguez
Vicente Borres
Bartolo Jiménez
Vicente Moreno
Ventura Sepúlveda
Bartolo Escobar
Victorino Contreras
Benjamin Viel
Valentin Cares
Benito Marchant
Bernardo Cofré
Brasiliano Leiva
Basilio Arias
Brasiliano Jiménez
Victorino Reyes
Victorino Villablanca
Bonifacio Utellado
Bartolomé Rojas
Ventura Poblete
Victorino Figueroa
Benito Fontealba
Cándido Lagos
Cirilo Jara
Clemente Lantaño
Cárlos Contreras
Camilo Valenzuela
Camilo Jiménez
Ceferino Castillo
Cándido Utreras
Cecilio Rubio
Cecundino Navarrete
Cecilio Pardo
Crin Lagos
Calixto Osorio
Cayetano Salgado
Camilo Saldías
Cárlos Vásquez
Cárlos Jara
Ceferino Coloma
Cándido Gatica
Cárlos Jara
Domingo Jara
Domingo Venegas
Estéban Barrera
Eujenio Cofré
Eujenio J. Morales
Estéban Acuña
Emeterio Riquelme
Eujenio Aranda
Estéban Molina
Estéban Guajardo
Eusebio Vásquez
Estéban Barrera
Francisco A. Gatica
Francisco José Bravo
Francisco Hermosilla
Francisco Venavides
Francisco Vásquez
Félix Figueroa
Fernando Olivares
Félix Contreras
Francisco J. Dupré
Fernando del Pino
Francisco Estéban Guajardo
Flor Inostrosa
Francisco Parra
Fernando Sepúlveda
Francisco Antonio Contreras
Fermin José Carrasco
Francisco Molina
Francisco Ferrada
Francisco Carrasco
Francisco Búlnes
Francisco Navarrete
Fermin Elgueta
Fernando Baquedano
Francisco Rivas
Francisco Muñoz
Francisco Sepúlveda
Francisco Santander
Fermin Sepúlveda
Francisco Ulloa
Felipe Lillo
Francisco Antonio Fontealba
Gonzalo Gazmuri
Gregorio Arriagada
Guillermo Rin
Guillermo Várgas
Gregorio Hermosilla
Gregorio Lillo
Gregorio Cerda
Gregorio Miguel Peña
Guillermo de la Cruz
Gaspar Rivas
Gavino Coloma
Gertrúdis Lagos
Gil Gatica
Gerónimo Rodríguez
Gervasio Alarcon
Ignacio Poblete
Ignacio Rivas
Hilario Venegas
Ignacio Galdames
José María Solar
José María del Canto
José Antonio Contreras
José Antonio Landaño
Julian Jarpa
José Segundo Robles
José Ceferino Várgas
Juan N. Venegas
Juan Antonio Amunátegui
José María Moreno
José Alejandro Mar
Juan Antonio Jiménez
Juan Artaga
José María Manovalba
José Antonio Arteaga
Juan Antonio Hermosilla
José María Sandoval
Juan Manuel Cofré
José de la Cruz Contreras
José María Acuña
Juan José Ferrada
Jacinto Leiva
José Ignacio García
Javier Quezada
José Antonio Zúñiga
Jorje Parra
Juan de Dios Contreras
José María Bodones
Juan José Fuentes
José Mercedes Navarrete
Jacinto Lagos
José María Parra
José Santos Peña
José Nozario Madrid
José María Contreras
José Navarrete
José del Rosario Guajardo
José Carrasco
José Lorenzo Ortega
José González
Juan Manuel Araneda
José María Salgado
José María Bridones
Juan de Dios Aguayo
José Ignacio Riquelme
José María Elgueta
José de la Cruz Rivas
Julian Riquelme
José Miguel Mieres
José María Puga
Juan Barbosa
José Fermin Olivares
José María Jiménez
José Leonor Santapau
José Soto
Juan José Peña
José María Fuentealba
José Santos Castillo
José María Figueroa
Juan del Pino
José del Rosario Larenas
Juan Pablo Burgos
José Antonio Villalobos
José María Reyes
Juan José Valle
Julian José Zúñiga
José Santos Poblete
José María Eyzaguirre
José María Muñoz
Juan Bautista Fuentes
Juan Manuel Guajardo
José Antonio Riquelme
José Antonio Vial
José María Pantoja
Juan Manuel Palma
José Matínez
José Manuel Quintana
Juan de la Cruz Fontealba
Juan de Dios Jiménez
José Francisco Noba
José Antonio Pavés
José Antonio Quintana
José Antonio Poblete
José Justo Barredo
José María Riquelme
Juan José Marchena
Juan Lipan
José María Artiga
Juan Manuel Navarrete
José Marcelo Dañin
José Miguel Orellana
Juan Manuel Venegas
Juan Pinto
José María Cuevas
José María Carrasco
José María Dávila
José González
Juan José Aqueveque
José de la Cruz Lillo
José María Vega
Juan de Dios Orellana
José María Guajardo
José María Carnipan
Juan Manuel Venegas
Juan Pablo Rojas
Juan Vidal
José del Rosario Riquelme
José del Rosario Molina
Juan Ortiz
Juan Armaza
José Santos Rodríguez
José María Acuña
Juan Quiroz
José del Rosario Jara
José María Bielma
Juan de Dios Lagos
Juan Mella
José María Gacitúa
Juan Manuel Aguilera
José Antonio Lema
Juan Anriquez
Juan Francisco Lagos
José Antonio Merino
José María Merino
José del Cármen Merino
José Antonio Pino
José Santos Mardónes
José del Rosario Liilo
Juan de Dios Riveros
José Antonio Fontealba
José Antonio Polanco
José María Fontealba
Javier Jiménez
José Hilario González
Juan de Dios Bustamante
Juan Bautista Poblete
José María Acuña
José Miguel Villalobos
José Manuel Sandoval
Juan de la Cruz Parra
José María P.
José María Fontealba
Juan Manuel Jarpa
Luis Hermosilla
Lorenzo Lagos
Lúcas Ortega
Leandro Baeza
Lúcas Quintana
Luis Carrasco
Luis Merino
Lorenzo Peña
Laureano Otárola
Laureano Navarrete
Lorenzo Fuentes
Lorenzo Lagos
Luparos Elgueta
Manuel Gazmuri
Manuel Jiménez
Manuel Lagos
Manuel José de las Arias
Manuel Jesús A.
Mariano R. Zañartu
Manuel José Ruiz
Martin Ortega
Manuel Rodríguez
Manuel Carrasco
Manuel Barra
Manuel Lobo
Mateo Jara
Manuel Aravena
Miguel Poblete
Manuel José Lillo
Mateo Sotomayor
Manuel Gatica
Marcelino Herm
Manuel Acuña
Manuel Fontealba
Manuel Ordoñez
Manuel Elgueta
Martin José Fris
Manuel Lagos
Marcelo Riquelme
Manuel José
Mariano Moya
Manuel Fuentes
Manuel Navarrete
Manuel Ruiz
Manuel Riquelme
Manuel Sandoval
Manuel Díaz
Manuel Jara
Manuel Reyes
Manuel Fuentes
Manuel Sepúlveda
Manuel Sepúlveda
Nicolas Fontealba
Nicolas Sepúlveda
Narciso Lira
Nicolas Peña
Nicolas Aedo
Nazario Acuña
Narciso Márquez
Nicolas Muñoz
Nicolas Vera
Prudencio Venegas
Pablo Gómez
Pedro José Ruiz
Pedro Martínez
Pedro José Quintana
Pedro José Opazo
Pedro Pérez
Patricio Lazcano
Pedro José Gatica
Pedro Poblete
Patricio Gamales
Pablo Lagos
Pablo Leiva
Pedro José Pino
Pedro José Contreras
Pedro José Vargas
Pedro Agustin Gatica
Pedro María Orellana
Pedro Guzman
Pedro Juan Ojeda
Pedro Jara
Pedro Salazar
Rumúaldo Quintana
Ramon Quintana
Rosario Abres
Ramon Fuentes
Ramón Calderon
Rosario Fuentes
Ramon Gacitúa
Rosario Lagos
Ramon Guajardo
Ramon Herm
Segundo Jiménez
Santiago Salazar
Santos Albornoz
Salvador Bustos
Simon Aedo
Segundo Cofré
Santos Ojeda
Santos Cid
Salvador Fuentes
Sipriano Garrido
Santos Cerda
Santiago Fuentealba
Santos Navarrete
Tiburcio Carrasco
Tomas Contreras
Tomas Salgado
Tadeo Roca
Tomas T. Pino
Tomas del Pino
Tomas Lillo
Tadeo Armaza
Tadeo Aqueveque
Tadeo Lagos

Está conforme con el rejistro del Calificado: Chillan, Diciembre 20 de 1845. —José Miguel Arreus. —Vicente Gómez. —José Marcelino Damin. —Fernando Olivares. —José María Solar. —Eujenio José Morales, Secretario.


Lista de las personas que se han calificado en la Parroquia de Pemuco, en el año 1845.
Antonio Balmes
Alejandro Sandoval
Apolinario Arias
Amador Viveros
Anastasio Inostroza
Alejo Oyarce
Antonio Barra
Anjel Otárola
Apolinario José Morales
Antonio Gallegos
Ambrosio Guíñez
Antonio Valenzuela
Anjel Morales
Ambrosio Rubilar
Ambrosio Bermúdez
Alejandro Troncoso
Aquilino Sandoval
Anselmo Ramírez
Bernabé Sandoval
Basilio Martínez
Bernardo Vásquez
Balentin Muñoz
Bernabé Otárola
Blas Valencia
Bernabé Pascual Saavedra
Bernardino Campos
Benito Sandoval
Benito Fuentes
Basilio Campos
Bernardino Troncoso
Balentin Rodríguez
Ceferino Quilodran
Claudio Rubilar
Cárlos Seguel
Calixto Barra
Crispino Solis
Cárlos Seguel
Casimiro Franco
Cándido Vermes
Crispino Salazar
Ciríaco Esparza
Cándido Vega
Cándido Rubilar
Cruz Gasabito
Damacio Muñoz
Domingo Avila
Domingo San Martin
Domingo Venegas
Damacio Garrido
Domingo Mardónes
Domingo Gasabito
Enrique Zúñiga
Eduardo Pérez
Estéban Rodríguez
Eduardo Jara
Eusebio Vega
Estanislao Núñez
Eujenio Gasabito
Feliciano Henrique
Francisco Becerra
Fermin José Guíñez
Francisco Troncoso
Francisco Mardones
Fernando Monsalves
Florian Guíñez
Fermin Mardones
Filiberto Acuña
Facundo Estroza
Fruto Solis
Feliciano Francisco
Gregorio Figueroa
Gabriel Alvarado
Geraldo Astudillo
Gregorio Alvarado
Gregorio Gutiérrez
Gregorio Martínez
Inocencio Rodríguez
Ignacio Sandoval
Hilario Rubilar
Isidro Salgado
Ignacio Quezada
Isidro Acuña
Ignacio Medina
José María Rubilar
José Antonio Benítez
José Ignacio Polanco
José María Arias
José Ignacio Bello
José María Morales
José María Troncoso
José del Rosario Vidal
Juan Manuel Figueroa
Juan de la Cruz Cádiz
José María Gutiérrez
Juan Manuel Martínez
José Guíñez
José Antonio Contreras
Juan José Alvarado
José María Gutiérrez
Juan Higueras
José María Morales
José Martin Ruiz
José María Radibel
José Apolinario García
Juan Antonio Mercado
José María 2.º Ojeda
José Antonio Seguel
José Miguel Seguel
José Antonio Garcés
Juan Mardónes
José Mercedes Garrdo
José Luis Franco
José Miguel Rubilar
Juan de Dios Valenzuela
José María Rubilar
José Agustin
Juan José Estroza
Jacinto Cifuentes
José María Villar
José Manuel Parada
Justo Vocar
José 2.º Quiñones
José María Franco
José Mardónes
José Agustin Valenzuela
Juan Agustin Valenzuela
José María Aedo
José Fonteni
José María Barrera
José María Troncoso
José Manuel
José María Sandoval
José María Seguel
José María Sandoval
José María Obreque
José María Pereira
José Fuentes
José Gregorio Bribe
José Antonio Avendaño
Juan Manuel
José María Muñoz
José Apablaza
José Vega
Juan Flores
José María Quintana
José María Figueroa
José Guíñez Mena
José Eladio Acuña
José Enríquez
Lázaro Sandoval
Librado Riquelme
Luis Brevis
Leonardo Figueroa
Leandro Godoi
Lorenzo Solis
Lucrecio Sandoval
Miguel Gutiérrez
Manuel Rubilar
Martin Sandoval
Martin Rubilar
Márcos Troncoso
Márcos Rubilar
Maximiano Sandoval
Martin Molina
Maximiano Molina
Mariano Seguel
Mateo Henríquez
Miguel Martínez
Manuel Troncoso
Matías E.
Manuel Briceño
Manuel C.
Manuel Arriagada
Manuel José Nalue
Manuel Garrido
Manuel Muñoz
Manuel Gutiérrez
Mateo Vega
Márcos Salazar
Modesto Vásquez
Manuel Améstica
Narciso San Martin
Nolberto Ponce
Nicolas Rubilar
Nicolas Henríquez
Nolasco Medina
Narciso Guerra
Norberto Guíñez
Pioquinto Brevis
Pedro Vega
Pedro Avila
Pedro José Muñoz
Pascual Apablaza
Pablo Lagos
Pedro Seguel
Pascual Muñoz
Pablo Garrido
Pedro Sandoval
Pioquinto Segura
Pedro Salazar
Pedro Brevis
Pedro Garrido
Prudencio Lagos
Pedro Méndez
Pascual Gutiérrez
Pablo Gutiérrez
Pablo Uiibe
Paulino Sandoval
Pablo Briones
Pedro San Martin
Rosauro Navarrete
Romualdo Ponce
Ramon Salazar
Ramon Valenzuela
Rosario Sandoval
Ramon Córdoba
Ramón Riquelme
Raimundo Sepúlveda
Rosauro Figueroa
Rumualdo Bermal
Ramon Vega
Ruperto Salinas
Ramon Venegas
Rosendo Salazar
Rosauro Aguilera
Rosario José Figueroa
Raimundo Muñoz
Raimundo Cárdenas
Rojelio Aburto
Rufino Sandoval
Santiago Troncoso
Segundo Seguel
Santiago Chavarría
Secundino Flores
Santos Sepúlveda
Santos Fernández
Simon Villar
Simon Castillo
Simon Oyarce
Sebastian Sáez
Teodoro Solis
Timoteo Inostroza
Tiburcio Quintana
Toribio Garrido
Teodoro Seguel
Tomas Seguel
Tiburcio Sandoval
Tomas Vega
Vital Vega
Vicente Sáez
Victoriano Martínez
Vicente Seguel
Vicente Baeza
Viviano Cortes

Segun se demuestra, asciende la presente lista a doscientos cincuenta i seis individuos.

Chillan, Diciembre 20 de 1845. —José Miguel Arreus. —Vicente Gómez. —José Marcelino Dañin. —Fernando Olivares. —José M. Solar. —Eujenio José Morales, secretario.


Lista de los individuos calificados en la Parroquia de Yungai en el año 1845
Apolinario Godoi
Apolinario Seguel
Andres Rivera
Andres Quilodran
Andres Rosas
Ambrosio José Escobar
Antonio Fernández
Antonio Hermosilla
Alberto Pérez
Antonio Hernández
Amador Sandoval
Alejo Elgueta
Antonio Matamala
Bautista de la Jara
Bictorio Fernández
Bernardino Gatica
Bicente Herices
Benito Uribe
Biviano Contreras
Bartolo Neira
Bartolo Rosas
Bartolo Arévalo
Cosme Damiano Millan
Cornelio Bravo
Clemente Herices
Cárlos Riva
Candelario Pinilla
Cornelio Molina
Crispin Ravest
Calisto Rubilar
Diego Uribe
Diego Sanhueza
Domingo Moncada
Domingo Valderrama
Dámaso Jara
Eujenio Sepúlveda
Elias Jara
Estanislao Valenzuela
Estéban Gatica
Estéban Pérez
Estéban Moncada
Eujenio Figueroa
Estéban Ocampo
Francisco Seguel
Francisco Sandoval
Feliciano Pavéz
Florentino Baeza
Felipe Muñoz
Fernando Osorio
Feliciano Peña
Florentino Canales
Francisco Padilla
Francisco Leiva
Fernando Sepúlveda
Florentino Ruiz
Francisco Várgas
Francisco Huerta
Gregorio Sandoval
Hilario Jara
Hilario Pinilla
Isidoro Luna
Ignacio Riquelme
Ignacio Sandoval
José Ocampo
José María Oses
José María Rodríguez
José María Barriga
Julian Vega
Juan Jara
José María Jiménez
José María Cid
José Marcelo Sepúlveda
Juan Salazar
Juan Bautista Varas
José Espinoza
José Santos Bravo
Juan de la C. Muñoz
José María Apablaza
José Ruiz
Juan Jara Troncoso
Juan Antonio Vega
José Martínez
Juan Jara
Juan Antonio Pérez
José María Herrera
José Pinilla
José Córdova
José Soto
José Santos Quirós
Juan Antonio Canales
José Carrasco
Juan Millan
Julian Cid
José María Viné
José Ocampo
Jervasio Sendaña
José Antonio Rodríguez
Juan Félix Contreras
Juan Antonio Sepúlveda
José María Chávez
Juan Manuel García
Lorenzo Estuardo
Lucio Várgas
Laureano Jara
Lorenzo Pérez
Lorenzo Quilodran
Luis Villarongo
Lorenzo Alvarez
Lorenzo Sánchez
Luis Candia
Leandro Inostroza
Luciano Gómez
Leonardo Gatica
Manuel de la Vega
Manuel Rivas
Márcos Esquella
Marcos Quilodran
Martin Espinosa
Manuel José Cid
Martiniano Muñoz
Manuel Brevio
Manuel José Chavarría
Manuel Pavéz
Manuel Soto
Manuel Rocha
Manuel San Martin
Nazario Sandoval
Narciso Barriga
Pablo Pinar
Pablo Ocampo
Pastor Meza
Pedro Várgas
Pedro Soto
Pedro Córdova
Pedro Vidal
Pioquinto de la Jara
Pedro Juriza
Pablo Pinilla
Pedro Leon Baeza
Pedro N. Moncada
Pablo Inostroza
Rufino Pérez
Raimundo Muñoz
Ramon Ortiz
Rosa Ocampo
Santos Salinas
Sereno Vega
Santos Sandoval
Seferino Esparsa
Javier Pinilla

Segun se demuestre asciende la presente lista a ciento cincuenta i un individuos. —Chillan, Diciembre 20 de 1845. —José Miguel Arreus. —Vicente Gómez. —José Marcelino Dañin. —Fernando Olivares. —José M. Solar. —Eujenio José Morales, Secretario.


Lista de los calificados en la Parroquia de Búlnes
Alejo Orellana
Apolinario Moncada
Apolinario Solis
Anastasio Salgado
Anjel Mora
Anselmo Cereceda
Anastasio Rivas
Ambrosio Chávez
Antonio Orellana
Apolinario Chávez
Anjel Conejeros
Andres Bórquez
Alejo Zúñiga
Antonio Sandoval
Anselmo Mella
Antonio Valenzuela
Alejandro Sepúlveda
Apolinario Arce
Antonio Contreras
Anastasio Conejero
Alejo Guzman
Alejo Moncada
Andres Salazar
Apolinario Puga
Ascensio Gutiérrez
Anicasio Espinosa
Alejo López
Alipio Berdejo
Antonio Améstica
Andrés Badido
Abelino Guerra
Bernardino Inostroza
Balbino Morales
Bernardo Ferrada
Benjamin Rodríguez
Basilio Cuevas
Blas Sambrano
Bartolo Gacitúa
Braulio Contreras
Bonifacio Contreras
Bernardo Medina
Bernardo Martínez
Bernardo Moraga
Bernardo Fuentealba
Bernardo Bravo
Basilio Ruiz
Basilio Sandoval
Bartolo Ruiz
Bernardo Arriagada
Bonifacio Contreras
Bernardo Medina
Bernardo Castillo
Cruz Moncada
Cirilo San Martin
Cayetano Jiménez
Candelario Valle
Calixto Sepúlveda
Casimiro Enríquez
Cirilo Canales
Casimiro Moncada
Candio Castillo
Cirilo Rivas
Cárlos Sandoval
Cárlos Riquelme
Claudio Navarrete
Cárlos Machuca
Doroteo Acuña
Domingo Guzman
Domingo Silva
Domingo Rodríguez
Domingo Contreras
Domingo Moraga
Dionisio Campos
Domingo H. Cuevas
Dionisio Quevedo
Domingo Luco
Dionisio Caamaño
Dionisio Inostroza
Domingo San Martin
Dámaso Cutino
Domingo Fuentes
Diego Rivera
Domingo Navarrete
Dionisio Villablanca
Estéban Pino
Estanislao del Valle
Ebancio Acuña
Estéban Mora
Eujenio Méndez
Escolástico Zapata
Eujenio Sandoval
Eujenio Sáez
Eleno Ponce
Eujenio Mendoza
Francisco Roca
Francisco Dupret
Francisco Ferrada
Feliciano Vilches
Francisco Rodríguez
Feliciano San Martin
Francisco Rivas
Julio Urrea
Francisco Guzman
Faustino Sandoval
Félix Rivas
Francisco A. Sandoval
Félix Correa Valdes
Félix Olivares
Francisco Chávez
Francisco Ferrada
Florencio Cuevas
Francisco Salazar
Feliciano H. Cuevas
Félix Sepúlveda
Faustino Contreras
Fernando Riquelme
Feliciano Seguel
Fernando Hermosilla
Florencio Oyarce
Fermin Urra
Fabian Sepúlveda
Florencio Soto
Filoteo Aguilera
Feliciano Aedo
Francisco Morales
Francisco Saiazar
Gregorio Zúñiga
Gregorio San Martin
Gregorio Riquelme
Gregorio Contreras
Gregorio Ferrada
Gregorio Gutiérrez
Gregorio San Martin
Hermenejildo Villablanca
Isidro Aedo
Inocencio Rivas
Inocencio Muñoz
Isidro del Valle
Ignacio Acuña
Isidoro Riquelme
Ignacio Muñoz
Ignacio Navarrete
Isidoro Soto
Isidoro Solo
Isidro Ruiz
Ignacio Aedo
Inocencia Oyarce
Ignocencio Oyarce
Inocencio Saavedra
Ignacio Peña
Jil Sepúlveda
José Miguel Acuña
José Manuel Ramos
José María Morales
Jerónimo Sandoval
José Santos San Martin
José María Sandoval
José Antonio Riquelme
José María San Martin
Jerónimo Bustamante
José María Rivas
Juan de la Cruz Elgueta
Juan Chávez
Joaquin Carrasco
Juan José Godoi
José Ignacio San Martin
Jacinto José San Martin
José María Baleles
Javier Salazar
Juan Rivas
José Miguel Peña
José María Salazar
Juan José Garrido
Juan de Dios Rivas
José María Rivas
Juan de la Cruz Aqueveque
José Domingo Ojeda
Juan José Orellana
José Miguel Contreras
Juan del Valle
José Antonio Sandoval
Juan de Dios Rivas
José Wenceslao Aqueveque
Juan Guzman
José Rosario Orellana
Juan Antonio Aedo
José Miguel Sepúlveda
José María Hernández
Juan Ramon Sepúlveda
José M. Aqueveque Mardónes
Juan Riquelme
Jervasio Sandoval
Juan de la Cruz Sepúlveda
José del Tránsito Chávez
José Antonio Aedo
Justo Zúñiga
Juan Molina
José Miguel Morales
José María Merino
Juan Manuel Riquelme
José María Abarzúa
José Vera
Juan Segundo Valle
Juan Anjel Pereira
Julian José San Martin
Juan Lazcano
José Dolores González
Jacinto Zapata
Julian Ferrada
José María Marchant
Juan Nicolas Navarrete
Juan José Ponce
José Mata Moncada
Juan Lagos
Juan Troncoso
José María Zúñiga
José María Troncoso
Juan Manuel Aravalí
Juan Antonio Campos
Juan Moncada
Juan Cortés
Juan Mendoza
José María Medina
José María Acuña
Juan de Dios Otárola
José Antonio Medina
Juan Manuel Salazar
Juan Ignacio Sepúlveda
José Antonio Troncoso
José Antonio Mardónes
Jacinto Lagos
José Velto
Juan Méndez
José María Contreras
José María Urra
Jorje Gutiérrez
Juan Manuel Gutiérrez
Juan de la Cruz Sepúlveda
José María Urra
Juan Riquelme
Juan Maselian
José María Orellana
Javier Guzman
Juan Moraga
Julian Otárola
José Navarrete
Juan Fuentealba
Joaquin Aguilera
Juan José Segundo Aguilera
Juan José Muñoz
José María Contreras
José Miguel Riquelme
Javier Troncoso
José María Urrutia
José Rosario Sandoval
Jerónimo Jara
Julian Sepúlveda
Juan Evanjelista Rivas
Jacinto Muñoz
Juan de Dios López
Julian López
José López
José María Moncada
Juan Osta Zapata
José Camilo Artiga
José María Navarrete
José Antonio Soto
Juan Antonio Zúñiga
José Rosario Cabezas
Juan José Valle
Juan Tomas Cutiño
José Manuel Albornoz
José María Várgas
Jacinto Franco
Juan José Soto
José María Salazar
Lorenzo Solis
Leocadio Riquelme
Leonardo Rivas
Lorenzo Bustamante
Luis Hernández
Lúcas de la Jara
Lázaro Orellana
Lúcas Briones
Luis Ferrada
Luis Machuca
Luciano Zúñiga
Literio Arabalá
Luis Marchant
Luis Mardónes
Lorenzo José Aqueveque
Luis Orellana
Leon Yáñez
Luis Urra
Martiniano Jara
Maximiano Salazar
Manuel Rosales
Mateo Vilches
Manuel San Martin
Márcos Contreras
Martin José Garrido
Manuel José Orellana
Manuel Marchant
Mateo Aqueveque
Márcos Orellana
Miguel Troncoso
Martin Gutiérrez
Marcelo Orellana
Manuel Aqueveque
Manuel Orellana
Manuel Carvajal
Maximiano Briones
Márcos Rodríguez
Manuel Hernández
Manuel Conejero
Mariano Luengo
Manuel Medina
Manuel Cortés
Manuel Zapata
Manuel Mardónes
Manuel Troncoso
Manuel Otárola
Manuel Figueroa
Manuel Segundo Troncoso
Manuel Marelian
Márcos Carrasco
Marciano Mardónes
Marcelo Jara
Manuel Riquelme
Manuel Utreras
Manuel José Urrea
Miguel Navarrete
Manuel Castillo
Manuel José Contreras
Manuel Villablanca
Miguel González
Maximiano Villegas
Manuel Vivar
Manuel José Concha
Manuel Moraga
Manuel Urra
Miguel Aedo
Miguel Quijada
Manuel José Contreras Vásquez
Nolberto Morales
Nolberto Barra
Nicolas Chávez
Nicolas Orellana
Nieves José Venegas
Pedro María San Martin
Pablo H. Contreras
Pedro Lagos
Pedro Alejandrino del Valle
Pedro José Aqueveque
Pedro Sandoval
Paulino Pino
Pedro Aedo
Pedro Marchant
Pedro Aguilera
Pedro Luengo
Pablo Poblete
Pedro Troncoso
Pedro Espinosa
Pedro Sepúlveda
Pedro Aguilera Ortiz
Pedro Candia
Pablo Rivas
Pablo Guzman
Pedro Solis
Pedro Villablanca
Pioquinto Mátus
Patricio Villegas
Pedro Sáez
Pedro Abarzúa
Pedro Fuentes
Pedro Nolasco Alvaran
Rufino Espinosa
Rosalio Rivas
Ramon Orellana
Ramon Sánchez
Raimundo Aguilera
Ramon Poblete
Rosario Lara
Ramon Rivas
Rumualdo Moraga
Rosario Urra
Rosario Miranda
Remijio Antonio Muñoz
Ramon Riquelme
Ramn Anabalon
Ramon Cortés
Rosario Morales
Ramon Rosas
Rafael Montenegro
Santos Rodríguez
Silvestre Lagos
Sebastian Aedo
Segundo Sandoval
Santiago Contreras
Seferino Solis
Segundo Rodríguez
Segundo Vega
Severo Sandoval
Sebastian Aguilera
Sipriano Suárez
Sipriano Sambrano
Segundo Urra
Sipriano Ruiz
Simon Lagos
Tomas Bocas
Timoteo Gutiérrez
Timoteo Troncoso
Tomas Ferrada
Toribio Aedo
Teodoro Ruiz
Toribio Orellana
Tiburcio Viveros
Tomas Marchant
Tránsito Moncada
Tomas Anabalon
Teodoro Troncoso
Tomas Salazar
Timoteo Aedo
Tomas Gutiérrez
Tránsito Sandoval
Tránsito Villablanca
Venito Navarrete
Vicente Rivas
Victorino Sandoval
Vicente López
Vicente Hernández
Victorino José Godoi
Victorino H. Guzman
Victorino Godoi
Victorino Riquelme
Venilo Conejeros
Vicente Carrera
Venancio Valdebenito
Vasilio Sandoval
Venedicto Aguilera
Victorino Chávez
Victorino Ponce
Victorino H. Godoi
Vicente Saavedra
Uvaldo Verdejo
Uvaldo San Martin

Segun se demuestra asciende la presente lista a cuatrocientos cincuenta i un individuos. —Chillan, Diciembre 20 de 1845. —José Miguel Arreus. —Vicente Gómez. —José Marcelino Dañin. —Fernando Olivares. —José María Solar. —Eujenio José Morales, Secretario.


Lista de los individuos calificados en este departamento
Agustin Pacheco
Ascensio Martínez
Antonio Escalona
Ambrosio Guajardo
Antonio Menéndez
Antonio Monsalve
Antonio Valero
Antonio Silva
Antonio Uribe
Antonio Ramírez
Vernardo Braña
Bicente Simpson
Balentin Escalona
Bictorio Monsalve
Bartolo Ramírez
Camilo Montes
Diego Larenas
Domingo Opazo
Domingo Várgas
Elias Fuentes
Eujenio Aguayo
Francisco Urriola
Francisco Naranjo
Francisco Gómez
Fernando Olivares
Fermin González
Félix Herrera
Francisco Elgueta
Jerónimo Romero
Gregorio Opazo
Gabino Sanhueza
Ignacio Novoa
Isidoro Fernández
Juan Avalos
José Manuel Zúñiga
José Antonio Dendariena
Juan Quírós
Julio Búlnes
José Antonio Várgas
José María Dendariena
José Urra
José Antonio Pérez
José Gaspar
Jorje Mendoza
José María Mendoza
José Fuentes
Juan de Dios Rodríguez
José Torres
José Cruz Salas
José Rosa Martínez
José María Garreton
José María Urrutia i Carvajal
José María Enríquez
José Santos Pérez
Juan José Lorca
Jorje Viron
José Cordato Bravo
José María Monsalve
José Antonio Monsalve
Juan de Dios Dendarien
José Antonio Alemparte
Juan Estéban Lorca
José Benito Cubeire
Lúcas Novoa
Manuel Reyes
Manuel Paredes
Manuel Serrano
Manuel Romero
Miguel Cárter
Manuel Martínez
Miguel González
Manuel Iñiguez
Martin Novoa
Manuel Gallegos
Martin Merino
Manuel Mora
Miguel Bayon
Martin Rojo
Martin Figueroa
Miguel Arias
Miguel Elgueta
Márcos Zañartu
Mauricio Duarte
Mauricio Cisternas
Nolberto Bance
Nicolas Emíquez
Patricio Velasco
Pedro Opazo
Pedro González
Pedro Enríquez
Pargua Matamala
Pedro Ramírez
Pedro Mendoza
Pilar Merino
Pedro Moraga
Ramon Pérez
Raimundo Pacheco
Ramon Tirapegui
Raimundo Jotaegui
Ramon Toribio Jotaegui
Rosauro Leon
Rudecindo Ceballos
Rafael Fontalva
Rafael Toledo
Rumualdo Cisterna
Ricardo Lindsay
Santiago Olate
Santos Riquelme
Santos Ortiz
Tomas Hodgas
Tomas Andreus
Tomas Horias
Tránsito Fuentes
Toribio Prives
Tomas Sander
Santiago Evans

Talcahuano, Diciembre 20 de 1845. —Tomas T. de Argoain. —Ramon Heries. —José María Urrutia i Carvajal. —Domingo Opazo.


  1. Esta sesion ha sido tomada de El Progreso del 30 de Setiembre de 1845, núm. 898. —(Nota del Recopilador).