Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1845/Sesión de la Cámara de Senadores, en 6 de junio de 1845

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1845)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 6 de junio de 1845
CÁMARA DE SENADORES
SESION 3.ª EN 6 DE JUNIO DE 1845
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE


SUMARIO. -Nómina de los asistentes. -Aprobaron del acta precedente. -Cuenta. —Habitacion para el oficial de sala. -Empleados dé la Secretaría. -Reglamento consular. -Solicitud de don Adriano Borgoño. —Contestacion al discurso del Presidente de la República. -Fuero de los Senadores i Diputados. -Recompensa pecuniaria a Lord Cochrane. -Refundición de la Comision codificadora i la Junta revisora. —Eleccion de oficial mayor interino. -Acta. -Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República comunica que queda instruido de la formacion de la mesa. (Anexo núm. 7. V. sesion del 2).
  2. De otro oficio por el cual comunica que ha ordenado que el portero del Consulado desocupe ciertas habitaciones para que las ocupe el oficial de sala don Tadeo Daíz de la Vega. (Anexo man. 8. V. sesion del 11 de Octubre de 1844).
  3. De otro por el cual comunica que ha mandado tomar razon de la continuacion de los empleados de la secretaría en el servicio. (Anexo núm. 9).
  4. De otro por el cual la Cámara de Diputados comunica la renovacion de su mesa. (Anexo núm. 10).
  5. De otro con que la misma Cámara trascribe un proyecto de lei que autoriza al Gobierno para dictar un reglamento consular. (Anexo núm. 11 . V. sesion del 3 de Diciembre de 1833 i 20 de Junio de 1845).
  6. De una solicitud entablada por don Adriano Borgoño en demanda de que se le dé el puesto de oficial mayor interino. (V. sesion del 4)


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar en jeneral el proyecto de contestacion al discurso presidencial. (V. sesiones del 4 i del 9).
  2. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que abroga el fuero de los Senadores i de los Diputados. ( V. sesiones del 4 de Agosto de 1843 i 9 de Junio de 1845).
  1. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que manda pagar a Lord Cochrane 6.000 libras esterlinas en recompensa de sus servicios. (V. sesiones de 16 de Setiembre de 1844 i 9 de Junio de 1845).
  2. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que refunde en una sola la Comision codificadora i la Comision revisora. ( V. sesiones del 24 de Julio de 1844 i 9 de Junio de 1845).
  3. Elejir para oficial mayor interino con medio sueldo a don Juan Ramírez Rosales. (Anexo núm. 12 . V. sesiones del 4 i el 27).


ACTA[editar]

SESION DEL 6 DE JUNIO DE 1845

Asistieron los señores Benavente, Alcalde, Aldunate, Batros, Bello, Cavareda, Egtña, Formas, Mentses, Ortúzar, Ossa, Challe Landa, Solar i Subercaseaux.

Aprobada el acta de la sesion anterior se leyeron tres oficios del Presidente de la República, en el primero de los cuales acusa recibo del que se le remitió comunicándole el nombramiento de Presidente i Vice Presidente verificado per esta Cámara, i se mandó archivar. En el segundo anuncia haber dado las órdenes necesarias para que las piezas que actualmente ocupa el portero del Censurado se pongan con la prontitud posible, a disposición del oficial de sala del Senado, don Tadeo Díaz de la Vega. En el tercero espeine haber mandado tomar razón de la nota que se le pasó por esta Cámara por la cual se le avisa que han continuado desde el 1.° del corriente al servicio de la secretaría i sala los mismos empleados que servian en el año anterior; i ámbos oficios se mandaron archivar.

Se dió cuenta de dos notas de la Cámaia de Diputados: en la primeia se comunica la eleccion de Presidente i Vice verificada por esa Cámara; i se mandó acusar recibo i archivarla en seguida. En la segunda se trascribe aprobado un proyecto de lei por el que se autoriza al Supremo Gobierno para dictar con fuerza de leí el reglamento que determine los deberes de los ajentes consulares de la República; se puso en tabla para segunda lectura.

Se dió cuenta de una solicitud de don Adriano Borgoño en que se ofrece a desempeñar interinamente el destino de oficial mayor de la secretaría, miéntras dure el impedimento del oficial mayor propietario; i se mandó tener presente.

Tuvo segunda lee tura i se aprobó en jeneral por unanimidad el proyecto de contestacion ..1 discurso de apertura del Presidente de la República.

Se puso en discusión jeneral el proyecto de leí iniciado por el Presidente de la República sobre abolición del fuero privilejiado de Senadores i Diputados, i habiéndose procedido a votar resultó aprobado en jeneral por unanimidad.

Tuvo segunda lectura i se puso también en discusion jeneral el proyecto de lei en que se concede a Lord Cochrane seis mil libras esterlinas por cancelacion de los musuos cargos que pudiera haber entre el Gobierno de Chile i el referido Lord Cochrane: se preguntó a la Sala si se admitía o no en jeneral i resulto aprobado por unanimidad.

Despues de haberse suspendido la sesion por algunos minutos, se dió segunda lectura a la mocion presentada por el señor Bello en que se contiene un proyecto de le i para la reunion en un solo cuerpo de la Junta revisora del Código i la Comision de Lejislacion del Congreso Nacional. Puesto en discusion dicho proyecto de lei fué aptobado en jeneral por unanimidad.

Se tomó en consideracion la solicitud en que don Adriano Borgoño ofrece sus servicios para desempeñar el cargo de oficial mayor de la secretaría con la asignación que la Cámara tuviese a bien concederle. El señor Presidente propuso a la sala que la asignacion de la persona que interinamente desempeñe el destino de oficial mayor de la secretaría, fuese la mitad del sueldo que disfrutaba el oficial mayor propietario i esta proposicion fué aprobada por unanimidad.

En seguida se procedió a la eleccion de dicha persona i resultaron un voto a favor de don Ramón Lira i otro a favor de don Domingo Godoi; dos votos a favor de don Vicente Mira i otros dos en favor de don Cirilo Vijil; tres votos en favor de don Adriano Borgoño i cinco en favor de don Juan Ramírez Rosales. No habiendo resultado mayoría absoluta por ninguno de los individuos antedichos se repitió la votacion contrayéndose a don Adriano Borgoño i a don Juan Ramírez, que obtuvieron mayor número de sufrajios; i practicado el escrutinio resultaron cinco votos en favor de don Adriano Borgoño, ocho en favor de don Juan Ramírez i uno en blanco: agregado al último, según el reglamento resultó efecto oficial mayor interino el espresa do don Juan Ramírez por nueve votos contra cinco, i se acordó poner en su noticia este nombramiento por secretaría i comunicarlo también al Presidente de la República.

En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima, la discusion por menor del proyecto de contestación al discurso de apertura, i de los proyectos de lei sobre abolicion del fuero privilejiado de Senadores i Diputados al Congreso, sobre concesion de seis mil libras esterlinas a Lord Cochrane i sobre la reunión en un solo cuerpo de la junta revisora i de la Comision de Lejislacion. —Benavente.

SESION DEL 6 DE JUNIO DE 1845[1]

Aprobada el acta dé la sesion anterior se leyeron tres oficios de S. E. el Presidente de la República: el primero acusando recibo del que se le dirijó comunicándole el nombramiento de Presidente i Vice-Presidente hecho por esta Cámara, i se mandó archivar; el segundo anunciando haber dado las órdenes necesarias para que las piezas que actualmente ocupa el portero del consulado se pongan, con la prontitud posible, ha disposicion del oficial de Sala del Senado don Tadeo Díaz de la Vega, i el tercero participando haber mandado tomar razón del oficio pasado a S. E. por la Cámira, por el cual se le avisó que continuaban desde el 1.° del corriente en el servicio de la Secretaría i Sala los mismos empleados que servían el año anterior; i todos estos oficios se mandaron archivar.

Se dio cuenta de dos oficios de la Cámara de Diputados: en el primero se comunica la eleccion de Presidente i Vice Presidente que tuvo lugar en aquella Cámara; i se mandó acusar recibo i archivar en seguida. En el segundo se trascribe aprobado un proyecto de lei por el que se autoriza al Supremo Gobierno para dictar, con fuerza de lei, el reglamento que determine los deberes de los Ajentes consulares de la República; i se puso en tabla para segunda lectura.

Se dió cuenta de una solicitud de don Adriano Borgoño, en que se ofrece a desempeñar interinamente el destino de oficial mayor de la Secretaría miéntras dure el impedimento del oficial mayor propietario. Se mandó tener presente en la discusion.

Tuvo segunda lectura el proyecto de contestacion al discurso de apertura del Presidente de la República. i despues de un lijero debate entre algunos señores Senadores acerca del encabezamiento se aprobó en jeneral por uninimidad.

Se puso en discusion jeneral el proyecto de lei iniciado por el Presidente de la República sobre abolicion del fuero privilejiado de los Se nadores i Diputados.

El señor Egaña. —Me parece que todos los señores Senadores convendrán conmigo en que una de las mayores calamidades que puede haber en lo relativo a la administracion de justicia es el fuero privilejiado que debía abolirse, si no de un golpe, al menos, del modo que fuese posible. Ya tiempo ha estaba decidido a votar por este proyecto porque es mui conforme con mis opiniones. Sin embargo en este último tiempo me han ocurrido razones que me hacen vacilar. Prescindiendo del artículo de la Constitución de 23 que estableció este fuero, i quiso asegurar de este modo la independencia de los miembros de la Cámara, la principal razón que me ocurre para hacerme vacilar, es que si se dijese que los Senadores i Diputados no tuviesen fuero i, por consiguiente, no se siguiesen sus causas ante la Corte Suprema, seria necesario un artículo en la lei que estableciese que desde un mes ántes de la apertura de las sesiones del Congreso i un mes de?pues, no pudie sen ser demandados, i que durante las del mismo Congreso no pudiesen continuar sus causas.

Esta disposicion seria necesaria, porque no puede ponerse traba a los miembros de las Cámaras. Si no se pusiese esta restriccion, creo que seria peor la lei que si continuase el fuero actual, i no hallo por qué partido decidirme.

El señor Bello — Yo creo que si se pesa el inconveniente espuesto por el señor Senador, se encontrará que es de alguna fuerza: pero no se puede negar que un fuero especial i un Gobierno representativo son cosas que se contra dicen. Digo mas, que aun en los gobiernos monárquicos, los fueros privilejiados o no existen o están mui restrinjidos. En la Inglaterra, que es un pais aristocrático, no se conoce mas fueros que el de los Pares, en causas criminales; pero un miembro de la Cámara de Diputados es juzgado como cualquiera otro ciudadano. Si esto sucede en un país monárquico como la Gran Bretaña, donde están tan restrinjidos los fueros privilejiados que existen, ¿cuánta mas repugnancia no habrá para que los haya en un Gobierno republicano? Yo creo que nosotros nos hallamos en el caso de empezar a dar el ejemplo de este desprendimiento, i en ninguna parte debe hacerse mejor que en el Congreso mism). Tenemos en el dia el fuero militar, que es exorbitante i que tambien está en contradiccion con las instituciones republicanas; i el inconveniente indicado por el señor Senador preopinante, por grave que sea, no puede de ningún modo igualar a los males que resultan con los fueros especiales.

El señor Egaña. —Yo he propuesto la razon que me h ice vacilar, para que la Sala la pese. Por lo demis entro en el número de los que conocen cuán perjudicial es a la administracion de justicia la multitud de fueros de un pais republicano.

El señor Presidente. —Toda la Sala parece convencida o al ménos creo que lo esté, en conocer la monstruosidad de los fueros de un pais republicano i la necesidad que hai de estinguirlos todos-, i ya que no se puede hacer así, empecemos a lo ménos por lo mas necesario; des prendámonos de esta monstruosidad, que no sé si ha querido favorecernos o perjudicarnos. Fuero civil no debe haber ninguno, porque todo individuo es igual ante la lei: fuero criminal sí, porque pudiera suceder que para dominar o para tomar partidos en la Cámara, se promoviesen causas contra los miembros con el objeto de impedir la concurrencia de algún Diputado o Senador, lo cual ocasionaiia grandes males: pero como se dice en el mismo proyecto, que no se puede formar causas sin que el Congreso o la Comision Conservadora declare haber lugir a ella, está evitado el mal que pudiera temerse.

Poco se necesita para co ivencerse lo de que perjudica a las partes el f tero priviiejiado en causa civil, aun a los mismos miemiros que gozan de privilejio. Todos los dias se están viendo quiebras en la Republica: pero me referiré a un hecho que ha sucedido en Talcahuano ha mucho tiempo, a un in lividuo que quebró allí, 1 ha habido que traer el concurso a la Corte Suprema por haber en él un acreedor privilejiado: ¿cuál seria el mal que ocasionó esta circunstancia al fallido i a los acreedores.? Creí, pues, que no hai dificultad para aprobar en jeneral el presente proyecto, sin perjuicio de que en la discusión por menor puedan tomarse en consideracion las observaciones que se han minifestado en la Sala.

Se procedió a votar, i resultó aprobado en jeneral el proyecto de lei antedi ho.

Se tomó en consideración el proyecto de lei iniciado por el Presidente de la República, en que se concede a Lord Cochane 6,000 libras esterlinas por cancelación de sus cuentas, i se puso en discusion jeneral.

El señor Presidente. —Creo que puedo dar algun esclarecimiento a la Sala sobre el asunto que la ocupa El noble Lord Cochrane el año de 1822 en que dejó a Chile, exijió del Gobierno la aprobacion de sus cuentas particulares: estas cuentas ascendían a setenta i tanto; mil pesos; pero no están lo arregladas al estilo de contaduría, quedaron sin la aprobacion que solicitaba El estad) del piis en esa época obligó a que la Escuadra puesta al mando del Lird saliese con la contabilidad desarreglada: así fué que sólo se presentó una cuenta en globo, que por el desarreglo dab i motivo para no poder ser examinada entonces. En ella habia el cargo de todo lo que hibia recibido del Gobierno de Chile en útiles de g ierra, dinero, presas, etc. I luego en la D ita los gastos de la Encuadra Al eximinar la contaduría iniyor estas cuentas, pidió los dat is que no pudo obtener, porque no los tenia el apxderado de Lord Cochrane, i ni aun el idiom 1 conocía. El que habla se vió con dicho apoderado luego que se hizo cargo dé la Contaduria, contrayé a lose a la cuenta particular de Lord Cochrane, i conoció q no podia arreglarse por falta de datos. Sin e bargo, por lo que i corsos i algunos otros cargjs, siempre vendrían a quedar reducidos éstos a mayor suma que la que señila el Gibierno en este proyecto como compensación o liquidación de dichas cuentas.

Creo, pues, que procediendo en rigor de justicia tendrá derecho a mas si pudiese probarlo: i con esta suma que se le asigna no sólo se consigue la conclusion de este asunto sino también que se desvanece esa acusacion de ingratitud que podria hacerse procediendo de un modo contrario. Creo también que si se necesitase mayor esclarecimiento se po iria traer pira otra sesion los datos que se han tenido presentes para concluir estas cuentas en la formi que se encuentra el proyecto de lei en discusion.

El señor Egaña. —A lo que acaba de esponer el señor Presidente podré añadir, como que concurrí al Consejo de Estado cuando se trató de esta lei, que hai otro cargo mayor contra el Erario, q le hace Lord Cochrane, i es una donacion que el G jbierno le hizo de una hacienda en premio de sus servicios, i que despues se la quitó para dársela a otro que se creia con derecho, justo o injusto, esto no es del caso. Lord Cochrane ha hecho presente que se le debe una indemnizacion por esto i ahora se compensa con estas seis mil libras el valor de la hacienda que se le donó, i a lo que tiene justo derecho.

El valor de dichi hacienda creo que no era considerable: pero sin embargo, es una deuda justa la que se ha contraído, i hace que sea mui justo también el proyecto presentado.

No habiendo ningún otro señor que tomara la palabra se procedió a votar, i resultó aprobado en jeneral dicho proyecto de lei por unanimidad.

Despues de haberse suspendido la sesion por algunos minutos, se dió segunda lectura a la mocion presentada por el señor Bello que contiene un proyecto de lei para la reunión en un sólo cuerpo, de la Junta revisora del Código Civil i la Comision de Lejislacion del Congreso Nacional, i se puso en discusión jeneral.


El señor Bello. —Yo haré presente los motivos que ha teni lo la Comision al presentar este proyecto de lei: Se han encontrado embarazos pira reunirse, porque la mayor parte de los miembros son empleados, i unos están mui ocupados, i otros ausentes; de manera que seria necesario que; se reuniesen todos los individuos, o al ménos los que están en la capital para que hubiese el número requerido por la lei. Con uno solo q le falte ya no puede haber Comision, i sólo reuniendose las dos comisiones me parece que podria tener mas efecto dicha lei.

Con la reunión que se propone, se acelerará la discusion porque con sólo tres miembros basta para poder trabajar. Es verdad que el señor don José Gabriel Palma concurre a la Comision de Lejislacion, pero sólo por oficiosidad, si allí no tiene voto. Por todo; estos motivos me parece que debe aprobarse el proyecto de lei presentado.

El señor Egaña. —Yo creo también que debe aprobarse, i que esto es necesidad, como la razon principal de todas las cosas.

El teñor Presidente. —Me parece que interesa mucho al bien de pais la revisión de este Código i que será mas ventajoso siempre que se confie al trabajo de algunos hombres que profesen las leyes. Miéntras mas individuos hai que lo examinen, mayores ventajas debemos esperar i mas garantías hai de su acierto: por consiguiente creo mui útil que se apruebe el proyecto; i ojalá que entrasen orho o diez personas a funcionar, i que se exijiese el menor número posible para que hubiese sesion. Yo he cieido sitrnpre perjudicial la junta revisora, otque el que tevi sa innova, romplicardo i mbarazando muí has veces los trabajos. Por consiguiente, yo juzgo mui conveniente estén reunidos enunsólocuer po los hombres de luces, i no en dos. como ha sucedido hasta aquí.

Se preguntó a la Sala si se aprobada o no el proyecto de leí en discusion, i fué aprobado en jeneral por unanimidad.

El señor Presidente. — En la sesion anterior se acordó nombrar un oficial mayor interino que subrogue al propietario: pero antes de hacer este nombramiento es necesario señalar primero el sueldo que debe tener, i yo propongo que tenga la mitad del sueldo del propietario, para que esto sirva de base en la discusión, sin perjuicio de que sea mayor si se quiere.

Esta proposicion fué aprobada por unanimidad sin discusion alguna: en seguida se rocedió a elejir por cédulas la persona que debe desempeñar el indicado empleo, i resultaron los votos siguientes: uno a favor de don Ramón Lira i otro a favor de don Domingo Godoi, dos a favor de don Vicente Mira i otros dos a favor de don Cirilo Vijil, tres a favor de don Adriano Borgr ño i cinco a favor de don Juan Ramírez Re sales. No habiendo resultado mayoría absoluta por ninguno de los individuos antedichos, se repitió la vi tacion contraída sólo a don Andrano Borgoño i don Juan Ramírez, que obtuvieron mayor número de sufraju s; i practicado el escrutinio, resultaron ocho votos a favor de don Juan Ramírez, cinco a favor de don Adriano Borgoño, i uno en blanco, el que agregado al primero, según el reglamerto, resultó electo oficial mayor interino el espresado don Juan Ramírez, por nueve votos contra cinco i se acordó poner en su noticia estos nembramientos, i comunicarlo también al Presidente de la República.

En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima la discusión por menor de los mismos proyectos de lei que en la presente sesion se han aprobado en jeneral.

Se levantó la sesion.

ANEXOS[editar]

Núm. 7[editar]

Quedo instiuido por su nota de ayer núm. i de haber esa Cámaia retltjido a V. E. para Presidente i para Vice al señor José Miguel Solar.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 4 de 1845. —Manuel Búlnes. —Manuel Montt. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 8[editar]

En vista de la rota de V. E. datada el 31 de Enero del presente año, he tenido a bien decretar con esta fecha qie las piezas ccupadas actualmente por el portero del Tribunal del Consulado se pongan con la prontitud posible a dispocision del oficial de Sala del Senado, don Tadeo Díaz de la Vega, (ara que le sirvan de habitación i pueda conforme a la determinación de la Cámara atender debidamente al cumplimiento de las obligaciones de su cargo.

Lo comunico a V. E. para su cont cimiento i en contestación a la nota citada.

Dios guarde a V. E . —Santiago. 4 de Junio de 1845. — Manuel Búlnes, —Manuel Montt. —A S. E. el


Núm. 9[editar]

Se ha mandado tomar razón, para los efectos consiguientes, de la nota de V. E. núm. 3 en que se comunica haber principiado a prestar sus servicios desde el primero del actual los empleados en la Secretaría de sa Cámara.

Lo digo a V. E . en contestacion a su enunciada nota.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 4 de 1845. —Manuel Búlnes. -Manuel Montt. —A S. Excelencia el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 10[editar]

En sesion de 2 del corriente esta Cámara ha elejido para su Presidente al que suscribe i para Vice al señor Jeneral don Francisco Lastra. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 3 de 1845. —R. L. Irarrázaval. —Ramón Rengifo.

—A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.

Núm. 11[editar]

Ha sido a orobado en esta Cámara el proyecto de lei contenido en el adjunto Mensaje del Presidente de la República por el que se le autoriza para dictar con fuerza de lei el reglamento que determine los deberes de los Ajentes Consulares de la República, agregándole un artículo que limite el término de dicha autorizacion.

A la letra es como sigue:

Art. 3.º La presente autorización durará por el término de dieciocho meses."

Dios guarde a V. E. —Sintiago, 5 de Junio de 1815. —RAMON L. IRARRÁZAVAL. —Ramon Renjifo —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.

Núm. 12[editar]

Excmo. señor:

Habien lo visto en uno de los diarios que circulan por esta capital, que el Senado, en su última sesión de 4 de Junio, tratando de proveer el cargo de Oficial Mayor de la Cámara, por hallarse enfermo el que lo ejercía, acordó que se nombrase una persona que lo subrogase haciéndose la elección por la misma Cámara, yo me ofrezco desde luego, señor Presidente, a desein peñar este destino cualquiera que sea la asignacion que la Cámara tuviese a bien concederme míéntras dure el impedimento del señor Oficial Mayor propietario.

Por lo tanto, ruego a V. E. se sirva hacer presente esta solicitud i oferta ante la respetable Cámara de Senadores por si cree conveniente tomarla en consideracion.

B. L. M. V. E. — Santiago, Junio 6 de 1845.

—Adriano Borgoño. —Excmo. señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 13[editar]

A consecuencia de la enfermedad del Oficial Mayor i Prosecretario de esta Cámara, don Francisco Bello, el Senado procedió con fecha 6 del pasado al nombramiento de quien lo sustituyese i fué nombrado para dicho destino en calidad de interino, con el goce de la mitad del sueldo que disfrutaba el propietario, don Juan Enrique Ramírez, que se presentó en esta Cámara el 16 del mes próximo pasado, cuyo destino se ha c inferido en propiedad por esta Cámara en sesión de 27 del pisado.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 3 de 1845.— A S. E. el Presidente de la República.

Núm. 14[editar]

S. E. el Presidente del Senado me ha ordenado poner en conocimiento de Ud que esta Cámara, en sesión de ayer, ha tenido a bien nombrarle Oncial Mayor de la Secretaría para que en calidad de interino subrogue al propietario don Francisco Bello, miéntras dure su en fermedad, con la mitad del sueldo que por la lei está señalada al antedicho Oficial Mayor efectivo, señor don Juan E. Rimírez. Lo que pongo en noticia de Ud. para su intebjencia. Dios guarde a Ud. -Santiago, Junio 7 de 1845. —Felipe Contreras.


  1. Esta sesion ha sido tomada de El Progreso de 9 de julio de 1845 (Nota Recopilador)