Recopilación de las leyes del Salvador 1856 Tomo I/Plan, orden y división

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Nota: Se respeta la ortografía original de la época

PLAN, ÓRDEN Y DIVISION.
PRELIMINARES.
1º. Acta de independencia de Guatemala de 15 de Setiembre de 1821.
2º. Acta de independencia de San Salvador de 21 de Setiembre de 1821.
3º. Nota sobre la agregacion de Guatemala al Imperio Mejicano, separacion de San Salvador de Guatemala, y convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente.
4º. Decreto de independencia absoluta de la Asamblea Nacional Constituyente de 1º de Julio de 1823.
5º. Decreto de 2 de Julio de 1823, declarándose lejítimamente constituida la Asamblea y dividiendo los poderes.
6º. Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente de 21 de Agosto de 1823, anulando los actos del Imperio Mejicano.
7º. Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente de 1º de Octubre de 1823, ratificando el de independencia de 1º de Julio del mismo año.
8º. Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente de 5 de Mayo de 1824, mandando reunir las primeras Asambleas de los Estados.
9º. Orden de 5 de Marzo de 1824 sobre instalacion del primer Congreso del Estado.
10. Acta de instalacion del primer Congreso de San Salvador de 14 de Marzo de 1824.

LIBRO 1.
Constitucion: leyes constitucionales: leyes que esplican, varían o modifican la Constitucion: leyes que rijen ó no en el Estado: reglamento de los Supremos Poderes: trajes, esenciones y prohibiciones de sus individuos.
TITULO 1.º—Constitucion.
TITULO 2.º—Leyes constitucionales que esplican, varian ó modifican la Constitucion.
TITULO 3.º—Reglamento de los Supremos Poderes: trajes, esenciones y prohibiciones de sus individuos.
TITULO 4.º—Leyes que rijen en el Estado, su publicacion, su recopilacion y modo de hacerla.
TITULO 5.º—Leyes que no rijen por ser de Asambleas refactarias, ó declaradas nulas por el Congreso Federal.

LIBRO 2.
Relaciones esteriores: leyes relativas á ellas y tratados existentes.
TITULO 1.º—Leyes sobre relaciones.
TITULO 2.º—Tratados con las Naciones estranjeras.
TITULO 3.º—Tratados con los otros Estados ó Repúblicas que formaban la de Centro-América.

LIBRO 2.
Del réjimen político del Estado y de sus partes integrantes: leyes de carácter jeneral y de reconocimiento y gratitud á los servidores de la Patria.
Cuadro de division electoral del Estado.
TITULO 1.º—Del Estado, ciudades, villas.
y pueblos; y condecoraciones de ellos.
TITULO 2.º—Sobre tratamientos, cualidades de las personas y capacidades.
TITULO 3.º—Sobre pabellon, escudo de armas, acu;acion de moneda, su circulacion y falsificadores de ella.
TITULO 4.º—Sobre libertad de imprenta.
TITULO 5.º—Sobre elecciones y personas que pueden ser nombradas.
TITULO 6.º—Sobre censos y estadística.
TITULO 7.º—Sobre responsabilidades.
TITULO 8.º—Sobre industria y colonizacion.
TITULO 9.º—Agricultura y minería.
TITULO 10.—Sobre esclavos.
TITULO 11.—Sobre condecoraciones y premios á los servidores de la Patria.

LIBRO 4.
Gobierno político y económico de los departamentos y pueblos, órden público y policia.
Cuadro de la division económico-gubernativa del Estado.
TITULO 1.º—Division de los departamentos y pueblos que componen al Estado en lo gubernativo y económico.
TITULO 2.º—Obligaciones y facultades de los Gobernadores, Municipalidades y Alcaldes.
TITULO 3.º—Tertulias patrióticas.
TITULO 4.º—Policía, vagancia, embriaguez, juegos prohibidos, portacion de armas prohibidas, heridas y robos rateros.
TITULO 5.º—Alumbrado.
TITULO 6.º—Matrícula de fierros: derechos y obligaciones de los hacendados.
TITULO 7.º—Sobre jornaleros y sus contratos.
TITULO 8.º—Sobre ferias, abastos y mercados.
TITULO 9.º—Sobre cementerios.
TITULO 10.—Sobre hospitales, sus fondos y privilejios.
TITULO 11.—Cárceles, construccion de ellas y de lugares de castigo.
TITULO 12.—Obras de beneficencia y de utilidad pública.
TITULO 13.—Sobre reducir á poblado á los que viven dispersos.
TITULO 14.—Sobre vias de comunicacion, caminos y correos.
TITULO 15.—Sobre juntas de sanidad, vacuna, cólera morbus, viruelas y enfermedades epidémicas.
TITULO 16.—Propios y arbitrios y tarifas municipales.
Cuadro de las distancias que hay de San Salvador á varios puntos.

LIBRO 5.
RAMO JUDICIAL.
Precede á este libro el cuadro de la division judicial del Estado.
TITULO 1.º—Organizacion de los Tribunales y Juzgados del Estado y sus facultades.
TITULO 2.º—Tesoreria peculiar de la Corte.
TITULO 3.º—De los Alcaldes (hoy Jueces de Paz) y de los juicios conciliatorios.
TITULO 4.º—Juicios verbales, su revision y apelacion.
TITULO 5.º—Personas y fueros.
TITULO 6.º—Personas auxiliares en los juicios, Abogados, Asesores, Escribanos y Directores.
TITULO 7.º—Juicio escrito, Jueces de 1ª Instancia, sus facultades y partidos ó distritos.
TITULO 8.º—Sentencias, lo que deben contenery á que deben arreglarse.
TITULO 9.º—Apelaciones.
TITULO 10.—Causas anteriores á la independencia ó al Código Penal.
TITULO 11.—Procedimientos ó sustanciacion de causas y supresion del papel sellado en causas criminales.
TITULO 12.—De los derechos y costas, pobres de solemnidad y lugares y establecimientos que gozan de dicho privilejio; y reos que no deben pagar costas.
TITULO 13.—De los juicios políticos ó de responsabilidad.
TITULO 14.—Procedimientos en las causas de los ladrones famosos y de hurtos y robos calificados.
TITULO 15.—Sobre inmigracion y asilo.
TITULO 16.—Penas: Código Penal, conmutacion de penas, indulto.
TITULO 17.—Delitos contra la seguridad esterior de Centro-América.
TITULO 18.—De los delitos y penas no comprendidos en el Código.

LIBRO 6.
INSTRUCCION PUBLICA.
TITULO 1.º—Instruccion primaria y escuelas.
TITULO 2.º—Instruccion secundaria, esta-
tutos y plan de estudios.
TITULO 3.º—Colejios Civil y Tridentino.
TITULO 4.º—Rentas y fondos de la Universidad y Colejios.

LIBRO 7.
NEGOCIOS ECLESIASTICOS.
Cuadro de la division eclesiástica del Estado.
TITULO 1.º—Patronato.
TITULO 2.º—Obispado y Cabildo: sueldo del Padre Obispo; y sólitas.
TITULO 3.º—Privilejios de las personas, lugares y cosas eclesiásticas.
TITULO 4.º—Curatos: derechos parroquiales: Fábrica.
TITULO 5.º—Estincion de órdenes relijiosas: apropiacion de sus conventos, rentas y fondos.
TITULO 6.º—Capellanias: cofradias: hermandades; y fundaciones piadosas.
TITULO 7.º—Rentas eclesiásticas: diezmos y primicias: derechos de Curia; y cuartas episcopal y de Colejio.
TITULO 8.º—Disposiciones pontifiicias que tienen fuerza de ley.
TITULO 9.º—Dias festivos y feriados.

LIBRO 8.
HACIENDA PUBLICA, NAVEGACION Y COMERCIO.
TITULO 1.º—Rentas internas rematads.
TITULO 2.º—Rentas internas administradas.
TITULO 3.º—Derechos que se pagan en el comercio de los Estados entre sí con manifacturas y efectos del pais.
TITULO 4.º—Rentas esternas ó derechos que se pagan en el comercio con el estranjero ó de los otros Estados con frutos y efectos estranjeros.
TITULO 5.º—Arancel de Aduanas y tarifa de aforos, y leyes que las adicionan, esplican ó varian.
TITULO 6.º—Rentas estraordinarias ó pedidos, impuestos y contribuciones; y depósitos.
TITULO 7.º—Esenciones de derechos y privilejios, remisiones ó dispensas de deudas, ó espera para pagarlas.
TITULO 8.º—Recaudacion, administracion, contabilidad é inversion de las rentas.
TITULO 9.º—Leyes orgànicas de Hacienda, y procedimientos judiciales en sus causas.
TITULO 10.—Deudas activas ó à facor de la Hacienda pública.
TITULO 11.—Crédito público ó deuda pasiva del Estado.
TITULO 12.—Indemnizaciones.
TITULO 13.—Navegacion.
TITULO 14.—Comercio: Puertos.
TITULO 15.—Empleados de Hacienda y demas que gozan sueldo ó gratificaciones; y jubilaciones.

LIBRO 9.
RAMO MILITAR.
TITULO 1.º—Ejército permanente, su pié, su enseñanza ó Colejio, sus sueltdos y divisas; y casamiento de los militares.
TITULO 2.º—Marina.
TITULO 3.º—Causas militares, Consejos de guerra, supresion del Juzgado de Artilleria.
TITULO 4.º—Servicios, y bajas militares.
TITULO 5.º—Grados, pensiones, monte-pio, é hijos de militares que se educan en el Colejio.
TITULO 6.º—Milicias y su reglamento.
TITULO 7.º—Conscripciones ó reclutamientos, remplazos y esenciones.
TITULO 8.º—Bagajes y alojamientos.

LIBRO 10.
TITULO UNICO.—Comprende las leyes siguientes.—Sobre pago del arrendamiento de terrenos cultivados, y supresion del de solares.—Declarando cesante el Consulado de Guatemala, y las Diputaciones Consulares que tenia en el Estado.—Para que se traduzca la obra del Sr. Obispo Gregoire, sobre libertades públicas de la Iglesia.—Sobre capellanías de sangre y vinculaciones.—Para que los Relijiosos secularidzados puedan disponer sus bienes como los Clérigos.—Sobre inventarios estrajudiciales y venta de bienes de menor cuantía.—Para que la hipoteca especial prefiera á la jeneral, si no fuese legal.—Para que el Gobierno forme el arancel de médicos y cirujanos.—Para la impresion, publicacion y exámen del proyecto del Código de Procedimientos.—Reglamento el servicio de la imprenta del Gobierno.

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