Cobeja en el Catastro de Ensenada/29

De Wikisource, la biblioteca libre.
Vigésimo novena pregunta

Quántas Tabernas, Mesones, Tiendas, Panaderías, Carnicerías, Puentes, Barcas sobre Ríos, Mercados, Ferias, etc. Hay en la Población y Término: a quién pertenecen, y qué utilidad se regula puede dar cada un año

A la pregunta veinte y nuebe dijeron que en esta villa solo ay una tienda y taberna como queda expresado cuyos dos amos se arriendan annual mente y su producto se aplica integramente a Reales Contribuciones, por lo que no produce al comun mas utilidad la de menos y repartir en aquellos efectos, y actualmente la tiene en arrendamiento Juan Gonzalez en precio de dos mil seiscientos cincuenta reales y ademas le consideran de utilidad a este arrendador un mil reales de vellon. Que tambien ay seis mesones que lo que son sus dueños y utilidades que en ellos tienen se expresan en esta forma:

  • A Urban Martin, a quien pertenece uno de ellos, le consideran se utilidad al año tres mil y trescientos reales.
  • A Alphonso Velasco por la misma razon le regulan dos mil de reales de vellon.
  • A Juan Hernandez Maior, por la misma razon le regulan dos mil y doscientos reales.
  • A Juan Diaz por la propia razon otros dos mil y doscientos reales.
  • Idem a Gabriel Lenamor, por lo mismo otros dos mil y doscientos reales.
  • Y a Phelix de Silba por la misma razon le regulan mil y seiscientos reales.


Referencias
  • Archivo General de Simancas, Dirección General de Rentas, 1ª Remesa, Libro 613, folios 448-469