Declaración colectiva de arzobispos españoles sobre acatamiento a la República y temores de la Iglesia (9 de mayo de 1931)

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Metropolitanos españoles a los fieles

ACATAMIENTO DEL RÉGIMEN CONSTITUIDO Y TEMORES DE LA IGLESIA

1. Deber estrictísimo del cargo pastoral es el que a todos los obispos de la Iglesia Católica impone el canon 336 del Código vigente de Derecho Canónico en el que se establece “que los prelados han de vigilar para que no se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica, y que deben procurar que se conserve la pureza de la fe y de las costumbres en el clero y en el pueblo cristiano, y que en las escuelas de los niños y de los jóvenes se dé la instrucción y educación al tenor de los principios de la religión católica”.

El cumplimiento de este deber sacratísimo ha movido a los metropolitanos españoles, al reunirse en las actuales circunstancias para estudiar serenamente la situación creada a la Iglesia española con el nuevo estado de cosas, a dictar, de acuerdo con el sentir del Episcopado, la actual declaración colectiva pastoral que pueda servir de norma común de criterio y de acción a los católicos españoles.

2. Apartados en absoluto del campo de las contiendas políticas de partido, según la disciplina eclesiástica, atienden únicamente al bienestar espiritual de los fieles que les están confiados y a la defensa de los sacrosantos e inalienables derechos de la Iglesia, que bajo juramento se obligaron a mantener incólumes el día de su consagración episcopal.

3. Particularmente todos y cada uno de los prelados españoles han recordado ya a los fieles los deberes que les ligan con las autoridades constituidas y la obligación que les incumbe de cooperar al bien común y al mantenimiento del orden social. Los metropolitanos españoles, reunidos, de nuevo ratifican plenamente estas manifestaciones de los prelados, en la confianza de que las autoridades respetarán los derechos de la Iglesia y de los católicos en una nación en la que la casi totalidad de la población profesa la religión católica.

4. En estos momentos en los que la nación ha de manifestar su voluntad en las ya próximas Cortes Constituyentes, no cumplirían los prelados con una obligación gravísima de su cargo si no recordasen a los católicos españoles, juntamente con el deber ciudadano de conciencia de respetar y obedecer a las autoridades constituidas, otros apremiantísimos deberes ciudadanos de conciencia que en estos momentos trascendentales para la Patria y para la Iglesia española pesan sobre todos los católicos españoles respecto de la nación. Al recordar los metropolitanos estos deberes de conciencia, no hacen sino obrar de plenísima conformidad con la doctrina de la Iglesia, tantas veces proclamada en recientes documentos emanados de la Cátedra de la verdad.

5. Los católicos españoles tienen en la actualidad el deber estrictísimo de tomar toda la parte activa que puedan, según las leyes, en las elecciones que se avecinan para las Cortes Constituyentes.

6. Tienen asimismo el deber, son palabras de Pío X, una vez que se trata de gravísimos intereses de la Religión y de la Patria, de unirse circunstancialmente para una acción común; y esta unión la juzgaba el Sumo Pontífice Pío X “necesaria e indispensable”, y agregaba que es deber imprescindible de todo católico adherirse prontamente a tal unión o acción práctica común, sea cual fuera el partido político a que pertenece.

Es, pues, apremiante en la actualidad el que los católicos, prescindiendo de sus tendencias políticas, en las cuales pueden permanecer libremente, se unan de una manera seria y eficaz a fin de conseguir que sean elegidos para las Cortes Constituyentes candidatos que ofrezcan plena garantía de que defenderán los derechos de la Iglesia y del orden social.

7. Los prelados españoles, en su deseo sincero de no crear dificultades al Gobierno provisional, han callado hasta el presente con la esperanza de que serían por él íntegramente respetados los derechos de que por tantos títulos venía gozando la Iglesia en España. Mas su silencio pudiera ya ser interpretado fácilmente como aquiescencia a medidas del poder público y a hechos gravísimos que han producido penosísima impresión a los católicos por lesionar derechos suyos preciosísimos, por los que los prelados tienen el deber de velar, ya que pertenecen al patrimonio de la fe y de las costumbres cristianas del pueblo español.

8. Al denunciar con honda amargura estas medidas y estos hechos, sobre los que los metropolitanos dirigirán una exposición al señor presidente del Gobierno provisional, abrigan todavía la esperanza de que el Gobierno, conforme a los propósitos, que tantas veces ha manifestado, de paz y de concordia, nada intentará ni permitirá respecto a la iglesia y a sus derechos sin ponerse de acuerdo con la Santa Sede.

Son tiempos los actuales en los cuales se hace preciso recurrir al Corazón Sacratísimo de Jesús por medio de su Inmaculada Madre con constantes y ferventísimas oraciones, que recaben las gracias que tanto se necesitan en el actual momento histórico para la prosperidad espiritual y material de la Patria.

Toledo, 9 de mayo de 1931

FUENTE[editar]

: "Documentos colectivos del Episcopado español".", B. A. C, Madrid, 1974