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Resolución 5 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 5 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 40.ª sesión, celebrada el 8 de mayo de 1946.
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El Consejo de Seguridad,

Considerando la declaración presentada por el Gobierno del Irán en su informe preliminar del 6 de mayo[1] para dar cumplimiento a la resolución del 4 de abril de 1946 [resolución 3 (1946)] y según la cual no podía decir, en la fecha del 6 de mayo, si habrá termi­nado la evacuación de todas las tropas de la URSS de todo el territorio del Irán,

Decide:

Aplazar la continuación de los debates sobre la cues­tión del Irán a fin de que el Gobierno iranio disponga de tiempo para cerciorarse, por medio de sus repre­sentantes oficiales, si todas las tropas de la URSS han sido retiradas de todo el territorio del Irán;

Invitar al Gobierno iranio a presentar al Consejo de Seguridad un informe completo del asunto tan pronto como reciba la información que le permita hacerlo, y a que, en caso de no serle posible obtener esa infor­mación para el 20 de mayo de 1946, comunique en esa fecha la información de que disponga hasta ese momento;

Examinar, inmediatamente después de haber reci­bido del Gobierno del Irán el informe solicitado, las medidas que sea procedente adoptar.

Aprobada en la 40a. sesión por 10 votos (la Unión de Repúblicas Socialistas Sovié­ticas estuvo ausente).

  1. Ibid., Primer Año, Primera Serie, Suplemento N.º 2, anexo 2h.


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