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Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos: Notas

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Nota I
Clasificación de las palabras

Por más que una clasificación esté sujeta, en gran parte, al arbitrio del clasificador, es menester que siempre se halle en relación con el objeto de la ciencia o arte a que se aplica. La Gramática tiene por objeto enseñar el recto uso de las palabras. A este uso, pues, han de referirse y acomodarse las diferentes clases de palabras, de manera que cada clase se distinga de las otras por las funciones peculiares que desempeña en el razonamiento. Esto es lo que yo he procurado en mi clasificación, y lo que no siempre me ha parecido encontrar en las otras gramáticas.

Hay además en esta materia una regla irrecusable, como dictada evidentemente por la razón, y es que los varios miembros de la clasificación no se comprendan unos a otros. ¿Qué diríamos del que en un tratado de Historia natural dividiese los animales en cuadrúpedos, aves, caballos, perros, águilas y palomas? Éste es (entre otros) un grave defecto en la clasificación ordinaria. Los fundamentos que tengo para pensar así, podrán verse en varias de las notas que siguen.

Ni sería justo imputar las innovaciones de esta especie a un pueril deseo de parecer original o ingenioso. Ésta es una materia en que han estado discordes los filósofos y los gramáticos desde el tiempo de Platón y Aristóteles; y sobre la cual se ha escrito y disputado tanto, que apenas ha quedado campo para lucir el ingenio, o para emitir una idea nueva.

Yo he reducido las partes de la oración a siete: Sustantivo, Adjetivo, Verbo, Adverbio, Preposición, Interjección y Conjunción; pero me ha parecido conveniente dar la denominación común de Nombres al sustantivo y al adjetivo, por la semejanza de sus accidentes y la frecuente trasformación de uno en otro; sin que por esto, cuando enumero las más altas categorías en que se dividen las palabras, considere al Nombre como una de ellas, puesto que el Sustantivo y el Adjetivo ofrecen caracteres especiales, exclusivos e importantísimos, que diferencian al uno del otro y de todas las otras clases de palabras. En castellano, y acaso en todas las lenguas, se observa que una parte de la oración se convierte a veces en otra distinta, y mientras dura la trasformación deja de ser lo que era, y manifiesta las propiedades de la clase a que accidentalmente pasa. La clasificación de las palabras es propiamente una clasificación de oficios gramaticales.

El sustantivo es la palabra dominante; todas las otras concurren a explicarlo y determinarlo.

El adjetivo y el verbo son signos de segundo orden; ambos modifican inmediatamente al sustantivo.

El adverbio es un signo de orden inferior; modifica modificaciones.

Los adjetivos, verbos y adverbios no bastan para todas las modificaciones, mediatas o inmediatas, del sustantivo; hay otro medio destinado al mismo fin, que es el complemento. El complemento significa una relación, y presenta necesariamente el objeto en que ésta termina, llamado término; a veces solo, a veces precedido de una palabra a que ha dado la lengua el oficio peculiar de anunciarlo. Esta palabra es la preposición.

El complemento, por lo dicho, o consta de término solo (las más veces denotado por un sustantivo), o de preposición y término. Él es, además, o un signo de segundo orden, como el adjetivo, o un signo de orden inferior, como el adverbio.

La conjugación no tiene propiamente rango; es un vínculo entre elementos análogos; liga sustantivos con sustantivos, adjetivos con adjetivos, verbos con verbos, adverbios con adverbios, oraciones con oraciones.

La interjección, en fin, es como un verbo inconjugable, que envuelve el sujeto, y está siempre en la primera persona del presente de indicativo.


Nota II
Proposición: diferencia entre predicado y atributo

El carácter peculiar del sustantivo consiste, a mi juicio, en su aptitud para servir de sujeto; el del verbo en su oficio actual de atributo. Son dos palabras que, señalando las dos partes de la proposición, se miran, por decirlo así, una a otra, y tienen una relación necesaria entre sí.

Para la Gramática no hay en la proposición más que dos partes distintas y separadas: el sujeto, a cuya cabeza está el sustantivo, y el atributo, a que preside el verbo. La división que suele hacerse de la proposición en sujeto, cópula y predicado, no tiene ni fundamento filosófico, ni aplicación práctica al arte de hablar. Carece de apoyo en la historia de las lenguas; ¿cuál es aquella en que se haya visto o se vea palabra alguna, limitada sólo a enlazar el predicado con el sujeto? El verbo que significa la existencia en abstracto no es una mera cópula; la existencia en abstracto es un atributo como otro cualquiera, y el verbo que la denota se desenvuelve en las mismas formas de persona, tiempo y modo que los otros. Se le ha llamado verbo sustantivo, y se ha considerado a cada uno de los otros verbos como resoluble en dos elementos, el verbo que denota la existencia en abstracto y un adjetivo variable. Pero si con esto se quiere decir que en la formación de las lenguas se ha principiado por el verbo sustantivo, el cual combinándose con adjetivos engendre los demás verbos, no sólo es falso el hecho, sino contrario al proceder natural, necesario, del espíritu humano, que va siempre de lo concreto a lo abstracto. Tan absurdo me parece pensar que Sentio haya principiado por sum sentiens, como lo sería pensar que Homo y Canis hubiesen provenido de ens humanos y ens caninos.

El verbo ser se junta con adjetivos que lo determinan y que, ejerciendo este oficio, se refieren al mismo tiempo al sustantivo. Pero ésta no es una particularidad que distinga a ser, pues como se dice es bueno, es malo, se dice también está ciego, está sordo, nació enfermo, murió pobre, duerme tranquilo, corre apresurado, anda triste, se muestra esforzado, etc. El adjetivo ejerce dos funciones diversas, con respecto al sustantivo: la de especificarlo o determinarlo limitando su natural extensión, y la de explicarlo, desenvolviendo, desentrañando de su significación conocida algo que naturalmente se comprende en ella.

El adjetivo predicado, constante en su referencia al sustantivo, puede hallarse en muy diversos lugares, ya construyéndose inmediatamente con el sustantivo (la oscura noche, el triste invierno), ya modificando al verbo (el día amaneció tempestuoso), ya designando el término de un complemento (se acreditan de valientes, tiene fama de hermosa, da en temerario). Yo miro, pues, al predicado como una función del adjetivo, cuando refiriéndose al sustantivo sin limitar su extensión, enuncia una cualidad del objeto que éste significa. Por consiguiente hago diferencia entre predicado y atributo. El adjetivo predicado y el verbo modifican ambos a un sustantivo; pero el segundo lo hace precisamente designando la segunda parte de la proposición, el atributo; presidiendo en él a todas las otras palabras que lo componen, y tomando las formas peculiares que corresponden a la persona y número del sujeto, y a las ideas de tiempo y de modo que conviene indicar; caracteres de que no goza el adjetivo predicado. Podrán preferirse otros términos para distinguir las dos cosas que yo llamo predicado y atributo; pero la distinción entre ambas es un hecho incontestable de la lengua. Supóngase, si se insiste en ello, que el verbo sea la cópula, más un predicado; siempre será cierto que hay diferencia entre el predicado que envuelve la cópula y el predicado que no la envuelve. A lo segundo llamo yo simplemente predicado; a lo primero, atributo. En el lenguaje ordinario se confunden ambas cosas; pero si la lengua se vale de dos medios diversos para denotar una modificación del objeto que el sustantivo designa, ¿no convendrá que cada uno de ellos tenga su denominación? En las que yo les he dado he procurado alejarme lo menos posible de la nomenclatura que está en uso.

No estará de más discutir aquí la doctrina de uno de los más eminentes filósofos de nuestra era. Mister John Stuart Mill, autor de un Sistema de Lógica, que es en el día una obra altamente estimada, descompone la proposición en los tres referidos elementos, sujeto, cópula y predicado.

Predicado y sujeto es, según mister Mill, todo lo que se requiere necesariamente para componer una proposición. Pero como la mera combinación de dos nombres no nos da a conocer si el uno es sujeto y el otro predicado, esto es, si el uno de ellos se afirma o niega del otro, es preciso que haya alguna manera o forma que lo indique, algún signo que caracterice al predicado y lo distinga de cualquiera otro género de expresión. Esto, dice mister Mill, se consigue algunas veces mediante una inflexión verbal, como cuando digo El fuego arde: la inflexión arde (del verbo arder) da a conocer que está afirmando un predicado de el fuego; si dijésemos el fuego ardiente, no expresaríamos este concepto. Pero más comúnmente lo expresamos por medio del verbo es, si afirmamos la predicación, o no es, si la negamos, como en estas proposiciones: la azucena es olorosa, la casa no es cómoda. (El diferente genio de las lenguas inglesa y castellana me obliga a variar los ejemplos del autor, pero estoy seguro de conservar su intención y espíritu).

Mister Mill señala, pues, dos medios de indicar la cópula, la inflexión del verbo adjetivo o concreto que figura en la proposición, o la presencia del verbo ser. Que lo primero se haga algunas veces, es decir bien poco. Pero lo más esencial es observar que en la misma lengua inglesa, cuando se emplea el verbo to be (ser), es la inflexión verbal lo que le da el oficio de cópula, no su significado radical, puesto que no podría decirse afirmativamente Fire be burning (el fuego ser ardiente), sino precisamente is (es), o, según los varios casos, was (era) o will be (será), would be (sería), etc. De manera que en realidad la cópula es indicada unas veces por la inflexión del verbo to be (ser), y otras por la inflexión de otro verbo; es decir, en todos casos por una inflexión verbal. La inflexión verbal es, pues, en realidad lo que sirve siempre de marca a la predicación en la lengua inglesa. Y ésta es cabalmente la idea que yo doy del verbo, haciéndole por medio de sus inflexiones un signo o marca del atributo de la proposición, esto es, predicado y cópula juntamente.

Mister Mill no admite que el verbo ser, cuando hace de cópula, signifique de necesidad la existencia en abstracto. ¿Y por qué? Porque este verbo no envuelve a veces el significado de existencia real; verbigracia en esta proposición: «El centauro es una ficción poética». Pero envuelve el significado de una existencia imaginaria, y esto basta. La imaginación da una especie de ser a lo que concibe, y lo viste de las apariencias del mundo real, que ella traslada luego al lenguaje.

Es probable que los gramáticos copiaron de la dialéctica la forma que ésta había dado a la proposición con el objeto de proporcionar un instrumento artificial de análisis para la teoría del silogismo. Convirtiose el atributo en predicado, el verbo en nombre, y por este medio se logró resolver el raciocinio en sus términos esenciales, despojados del follaje de las inflexiones, contarlos y examinar sus mutuas relaciones en cada trámite raciocinativo. Pero ese mecanismo dialéctico, facilísimo de aplicar a proposiciones sencillas como las que manejan los silogistas y en que el predicado se presenta ya desnudo, sin el trabajo previo de desenvolverlo de las formas concretas del atributo, sería dificultosísimo de manejar en la análisis de oraciones tan complejas y varias como las que ocurren a cada paso en el lenguaje ordinario, que es el que debe tener a la vista el gramático.


Nota III
Definición del verbo

La definición que doy aquí del verbo castellano (§ 23), formulada después de un modo más completo (§ 224), es, a mi juicio, la única que le conviene; pero es preciso tener presente que yo no miro ni al infinitivo, ni al gerundio, ni al participio como formas del verbo; sobre lo cual tendré ocasión de hacer algunas observaciones más adelante.

«Verbo (dice uno de nuestros más respetables gramáticos) es la parte de la oración que significa los movimientos o acciones de los seres, la impresión que éstos causan en nuestros sentidos, y algunas veces el estado de estos mismos seres, o la relación abstracta entre dos ideas». Ésta, a mi juicio, no es una definición del verbo, sino una enumeración de las diferentes especies de verbos, según su significado; porque una definición debe mostrarnos el carácter común de todos los verbos, y lo que distinga a todos y a cada uno de ellos de las demás clases de palabras; faltando esto, no hay definición.

Además, cuando se dice, el movimiento de la luna, el susurro de las hojas, la frialdad de la nieve, la serenidad de la atmósfera, la semejanza entre el estaño y la plata, estas palabras movimiento, susurro, frialdad, serenidad, semejanza, serían, según la fórmula precedente, verbos, y de los más calificados que pudiese presentar la lengua.

Omitimos hablar de otras definiciones parecidas a ésta, porque contra todas ellas milita la misma objeción. Sin embargo, se repiten y repetirán, Dios sabe hasta cuándo, porque la gramática está bajo el yugo de la venerable rutina.

Según cierto moderno filólogo, los verbos son «aquellas palabras que significan (o en otro tiempo significaron) el acto de ejecutar los movimientos materiales y (por extensión) las operaciones de los espíritus». Esta definición tiene el pequeño inconveniente de contradecirse a sí misma. Si las palabras que en otro tiempo significaron movimiento y ya no, son todavía verbos, ¿no se sigue que varios verbos no significan hoy movimiento? ¿Y qué diremos de una teoría que no se adapta a lo que es hoy la lengua, sino a lo que se supone que fue?

Sedeo, por ejemplo, significa sentarse, verdadero movimiento, y de aquí pasó a significar el estado que es la consecuencia de ese movimiento, el estar sentado; así dice nuestro erudito filólogo. Pero si es así, resulta una de dos cosas: o que sedeo, cuando tomó la significación de estar sentado, dejó de ser verbo, o que si todavía lo fue, hubo entonces verbos que no significaban movimiento. Yacer ¿es o no verbo en nuestra lengua? Es verbo, según nuestro autor, porque se deriva del latino jaceo, estoy echado, que es el mismo verbo que jacio, yo echo, yo arrojo; de echar o arrojar se pasó naturalmente a estar arrojado, echado. Sea enhorabuena. De esos ejemplos y de todos los de este jaez, surge el mismo inexorable dilema: o ya no es verbo el que lo fue, o hay verbos que no significan movimiento. Ver en las palabras lo que bien o mal se supone que fueron, y no lo que son, no es hacer la gramática de una lengua, sino su historia.

Años ha no había más que un verbo, el verbo ser; él era el que encarnándose en todos los otros, les daba el carácter de tales. Mas, he aquí un nuevo sistema, en que ser no es rigurosamente verbo, porque no significa movimiento, y si se le concede ese título es en consideración a los méritos de uno de sus abuelos, que en griego significaba ir. ¿Qué es pues rigorosamente en el día? Es, responde en sustancia el mismo autor, una mera cópula, una conjunción, que a la verdad parece verbo, porque tiene todos los accidentes de tal, personas, números, tiempos y modos, y hace los mismos oficios en la oración; pero no lo sería si treinta siglos ha no hubiera significado movimiento. ¡Así le vemos hoy recordar instintivamente su origen, y apropiarse como por derecho hereditario, cuatro tiempos enteros de la conjugación de ir!.


Nota IV
Pronombre

Si el nombre sustantivo, como dice una autoridad que acatamos, es el que expresa los objetos de un modo absoluto, prescindiendo de sus calidades, parece que es preciso dar este título a yo y tú, porque ciertamente señalan sus objetos de un modo tan absoluto, y con tanta prescindencia de sus calidades, como Pedro y Juan. La verdad es que en los sustantivos generales o apelativos, como hombre, león, planta, no se prescinde tan completamente de las cualidades del objeto como en los pronombres personales, y que aun hay sustantivos que no significan más que cualidades, como virtud, vicio, extensión, color, etc.

El pronombre, se dirá, tiene una cosa que lo diferencia, que es ponerse en lugar del nombre para evitar su repetición. Pero tomar el lugar y hacer el oficio del nombre, y esto no accidentalmente, sino por su naturaleza y por la constitución del lenguaje, ¿no es serlo verdaderamente?

El pronombre, a semejanza del nombre, se divide en sustantivo y adjetivo; tiene número y género como el nombre; se declina (según dicen) como el nombre; no le falta, en suma, ninguno de los oficios y caracteres de los nombres. Y si es al uso de las palabras a lo que debe referirse su clasificación, no comprendo cómo han podido colocarse el nombre y el pronombre en categorías diversas.

Ni ponerse en lugar de nombres para evitar repeticiones fastidiosas es tan peculiar del pronombre que no lo hagan a menudo los nombres apelativos. En una historia de Carlos V se dirá muchas veces el Emperador para no repetir el nombre propio de aquel príncipe. Por otra parte, el que habla de sí mismo dirá cien veces yo, y acaso se designará una sola a sí mismo con el nombre que le pusieron sus padrinos; ¿cuál es entonces la repetición que se trata de evitar?

Pero doy de barato que el pronombre en ciertas circunstancias o en todas presente alguna marca tan peculiar suya que no se encuentre en ninguna otra clase de palabras. Si por lo demás posee todos los caracteres esenciales del nombre, ya sustantivo, ya adjetivo, será una especie particular de sustantivo o de adjetivo, no una parte de la oración distinta de ellos. Los nombres numerales no dejan de ser nombres por el significado que los caracteriza, ni los verbos impersonales o defectivos dejan de ser verbos por las inflexiones de que carecen.


Nota V
Artículo definido

Parece imputárseme haberme entregado a sutilezas metafísicas para probar que el verbo es nombre y que el artículo y el pronombre personal son una misma cosa, y otras teorías semejantes.

Si es así, hay en esto un pequeño artificio oratorio; se desfiguran mis aserciones para hacerlas parecer absurdas. Por lo demás, eso de sutilezas metafísicas y de teorías, que en el lenguaje de la rutina equivale a quimeras y sueños, es un modo muy cómodo de ahorrarse el trabajo de la impugnación.

Contraigámonos al asunto de esta nota. La idea que doy del artículo definido en el capítulo XIV, me parece fundada en observaciones incontrastables, que sin metafísicas ni sutilezas manifiestan pertenecer esta palabra a la familia de los pronombres demostrativos.

El que haya leído los documentos escritos en el latín bárbaro de la media edad española, no puede menos de haber reconocido nuestro artículo en el uso que se hace del pronombre latino ille. Donde hoy decimos las viñas, las casas, los molinos, se decía illas vineas, illas casas, illos molinos; y las primeras formas del artículo definido en castellano fueron ele, ela, elos, elas, elo, como puede verse particularmente en la traducción castellana del Fuero Juzgo, y en el antiguo poema de Alejandro. Según mi modo de pensar, el, la, los, las, lo, son formas abreviadas o sincopadas de él, ella, ellos, ellas, ello, usándose éstas en ciertas circunstancias y aquéllas en otras, pero con una misma significación; como sucede con los pronombres posesivos mío, tuyo, suyo, que cuando preceden al sustantivo toman las formas abreviadas mi, tu, su, sin que por eso varíen de naturaleza ni de significado, como sucede con los adjetivos bueno, malo, primero, que anteponiéndose al sustantivo se vuelven buen, mal, primer, como sucede con los adverbios mucho, tanto, cuanto, que según el lugar que ocupan conservan estas formas o se vuelven muy, tan, cuan; etc.

Los griegos usaban a menudo sus artículos como simples pronombres demostrativos. Véanse en el principio mismo de la Ilíada los versos 9, 12, 36, etc.

Donde las otras lenguas romances y el inglés emplean pronombres demostrativos equivalentes a él, ella, etc., nosotros empleamos el artículo el, la, etc.: «La vegetación de la zona tórrida es más rica y variada que la de los otros países»: los franceses traducirían este la por celle, como los italianos por quella, y los ingleses por that. Tan estrecha es la afinidad entre el artículo y el pronombre demostrativo.

Yo no he dicho en ninguna parte que el artículo y el pronombre personal sean una misma cosa. Si se me imputase haber sostenido que el artículo era un pronombre demostrativo, o que cierto pronombre que se llama comúnmente personal era un artículo, se habría dicho la pura verdad, pero no se habría logrado dar el aspecto de absurda a una aserción que ni aun nueva es: «N'oubliez pas que le et il sont la mème chose», dice Destutt de Tracy (Grammaire, chapitre 3, § 8).

Hay hombres doctos que tienen por oficio característico del artículo el dar a conocer el género y número del sustantivo a que se antepone. Pero este oficio lo ejercen respecto del género todos los adjetivos de dos terminaciones y respecto del número todos los adjetivos, sin que para ello sea necesario que se antepongan, pues lo mismo hacen posponiéndose, o refiriéndose de cualquier modo al sustantivo. Árbol es masculino porque concuerda con la primera terminación del adjetivo, y selva es femenino porque concierta con la segunda. Y si bien se mira, no es el artículo el que mejor desempeña este servicio, pues decimos el alma, el águila, el arpa, concertándole con sustantivos que son sin embargo femeninos, porque en el singular piden la segunda terminación de todos los otros adjetivos, como lo hace él mismo en plural. Cuando decimos el ave voladora, ¿qué es lo que determina el género femenino de ave? No el artículo el, sino el adjetivo voladora.

¿Cómo se conoce el género y número de los sustantivos de la lengua latina, que carecía de artículos? Por su concordancia con los adjetivos.

En inglés el artículo tiene una terminación invariable, sean cuales fueren el género y número de los sustantivos con que se junta; no sirve por consiguiente para determinarlos. Si se quisiera concebir un género en el artículo the, sería sin duda el correspondiente al sexo significado por el sustantivo a que se antepone; y si tiene número, no puede ser otro que el mismo del sustantivo. Así, en la lengua inglesa, el género y número del artículo serían determinados por el sustantivo, no los del sustantivo por el artículo.

Omito otras consideraciones.


Nota VI
Declinación

Es preciso distinguir dos cosas que generalmente se confunden, los casos y los complementos.

El complemento es una palabra o frase de que se sirve la lengua para modificar otra palabra o frase significando una relación que el objeto o cualidad que ésta designa tiene con otro objeto o cualidad, a que damos el nombre de término, como a la palabra que lo denota.

Ya hemos dicho que el complemento puede constar o de término solo o de preposición y término.

Los casos de la declinación o presentan el objeto directamente, o lo presentan como término de una relación, sea que éste forme complemento por sí solo, o que se combine con alguna preposición para formarlo. Así en la declinación latina dominus, domine, son casos directos o rectos; el genitivo domini y el dativo domino son casos que por sí solos forman complementos, y no son nunca precedidos de preposición; el acusativo dominum y el ablativo domino, al contrario, o forman complementos por sí solos (como en habet dominum, caret domino), o se combinan con varias preposiciones para formarlos. Así erga dominum, sine domino, son complementos; pero a nadie ha ocurrido jamás dar el título de casos a estas expresiones compuestas. En ellas el caso de Dominus es la inflexión en um llamada acusativo, o la inflexión en o llamada ablativo.

En nuestros nombres declinables son asimismo diversas cosas el caso y el complemento. A mí, de mí, para mí, no son casos de yo, sino complementos formados con las preposiciones a, de, para, y con el caso mí, que en todas estas expresiones es uno solo; como en las latinas erga dominum, in dominum, adversus dominum, propter dominum, no hay más que un solo caso dominum, combinado con las preposiciones erga, in, adversus, propter.

Partiendo de este principio, se trata de saber cuántos casos tiene la declinación de yo, tú, él, ello (únicos nombres castellanos declinables), y cuál es el carácter y propiedad de cada caso.

¿Cuántos casos hay en la declinación de estos nombres? Cuéntense sus desinencias; pero cuéntense bien, como se cuentan las de los nombres latinos. Yo presenta a primera vista cuatro: yo, me, mí, conmigo. ¿Las miraremos como cuatro casos distintos? No; porque el considerar a conmigo como caso distinto de mí, sería lo mismo que considerar en latín a mecum como caso distinto del ablativo me. Conmigo es un accidente de mí; una forma particular que toma el caso mí cuando se le junta la preposición con, componiendo las dos palabras una sola.

¿No tendrá pues el pronombre yo más que tres casos, yo, me, mí? Tampoco es consecuencia legítima; porque discurriendo de la misma manera no daríamos en latín más que tres casos al plural de sermo: sermones, sermonum, sermonibus. Sucede en efecto en la declinación castellana lo mismo que en la latina; es a saber, el presentarse en unos nombres, bajo una misma desinencia, casos realmente distintos, que se presentan en otros nombres bajo desinencias diferentes. Decimos Yo amo, ellos aman; yo y ellos nominativo, sujeto del verbo. Decimos Tú me amas, tú los amas; me y los, caso que por sí solo, sin preposición alguna, significa el complemento acusativo. Decimos tú me das dinero, tú les das dinero; me y les, caso que por sí solo, sin preposición alguna, significa complemento dativo. Decimos, en fin, de mí, para mí, contra mí, por mí, de ellos, para ellos, contra ellos, por ellos; mi, ellos, caso que en castellano se junta con todas las preposiciones, cualesquiera que sean. La enumeración está completa: los nombres castellanos declinables tienen cuatro casos; el nominativo, el complementario acusativo, el complementario dativo, y en fin, un caso que nunca significa complemento por sí solo; que pide una preposición anterior, que por sí no significa más que el término de un complemento cualquiera; y a que por eso conviene con mucha propiedad el título de terminal, como a me, les y los el título de complementarios. La desinencia me es común a los dos casos complementarios acusativo y dativo; la desinencia ellos es común al caso nominativo y al terminal; como en latín la desinencia domino conviene a dos casos distintos, el dativo y el ablativo, y la desinencia sermones a tres casos distintos, el nominativo, el vocativo y el acusativo.

En castellano el vocativo no es un caso especial como en latín, porque no tiene jamás una desinencia propia que lo distinga del nominativo, como la tiene muchas veces en latín; debemos pues mirarlo como una aplicación o uso particular que hacemos del nominativo.

Es preciso insistir en la diferencia de estas dos cosas, caso y complemento, porque de confundirlas proviene el no haberse dado hasta ahora una idea exacta de nuestra declinación. Me, les, los, son casos complementarios, casos que significan complemento por sí solos, rechazando toda preposición (como el genitivo y dativo de los nombres latinos), y precisamente uno de dos complementos o ambos, el acusativo y el dativo. Pero estos dos complementos pueden expresarse por otros medios. He dicho que el caso terminal combinado con las preposiciones se aplica a todo género de complementos, sin excepción alguna; y así es en efecto. Los mismos dos complementos de que acabo de hablar pueden ser expresados por este caso combinado con la preposición a: A ellos buscaba el aguacil, no a mí; a ellos y a mí, complemento acusativo. A mí viene dirigida la carta, no a ellos; a mí, a ellos, complemento dativo. Y con esta misma expresión a mí, a ellos, se pueden todavía significar otros complementos que no son el acusativo ni el dativo, como se ha explicado en su lugar.

Nuestro complementario acusativo se diferencia mucho del acusativo latino, el cual se presta a muchas y diversas especies de complementos y recibe preposiciones anteriores.

Entre nuestro complementario dativo y el dativo latino la semejanza es bastante grande.

Pero uno y otro complementario tienen una propiedad peculiar, de que carecen el acusativo y dativo latinos, y es que piden un verbo o derivado verbal a que juntarse como afijos o enclíticos.

Por último, no hay en la declinación latina caso alguno análogo al terminal nuestro, que exige precisamente una preposición anterior, y se junta con todas las preposiciones.

He creído que debíamos pintar nuestra declinación de este modo:

Nominativo: yo, nosotros, nosotras; tú, vosotros, vosotras; él, ellos; ella, ellas; ello. Complementario acusativo: me, nos; te, os; le o lo, los; la, las; lo. Complementario dativo: me, nos; te, os; le, les; le o la; les o las; le. Terminal: mí, nosotros o nosotras; ti, vosotros o vosotras; él, ellos; ella, ellas; ello. Complementario acusativo y dativo para la tercera persona, refleja o recíproca: se. Terminal para la tercera persona refleja o recíproca sí. Formas excepcionales del caso terminal, precedido de con, conmigo, contigo, consigo.

Yo creo que esta exposición presenta del modo más claro y sencillo el verdadero plan de la declinación castellana, y al mismo tiempo las semejanzas y diferencias que tiene con la declinación latina. Deseoso de no desviarme de la nomenclatura admitida sino en cuanto fuese indispensable, he conservado las palabras acusativo y dativo, la primera para el complemento acusativo, y la segunda para el complemento dativo; pero tal vez sería lo mejor desterrarlas de nuestra gramática, por que en latín acusativo y dativo significan desinencias, casos; y en el sentido que les damos nosotros no denotan casos o desinencias, sino complementos.

Donde más claro se ve el prestigio falaz de las reminiscencias latinas es en la declinación que suele darse de los nombres declinables castellanos. ¿Qué es lo que quiere decirse cuando se asignan seis casos al sustantivo flor: nominativo la flor, genitivo de la flor, dativo a o para la flor, acusativo la flor, a la flor, vocativo flor, ablativo con, de, en, por, sin, sobre la flor? Yo no sé lo que quiera decirse; pero sí sé lo que esto supone; y es que en los nombres castellanos han de encontrarse, a despecho de la lengua, igual número de casos y de la misma especie que en los nombres latinos. ¿Por qué un nombre, precedido de la preposición de, es unas veces genitivo y otras ablativo? La razón es obvia: porque, verbigracia, de la flor se traduce al latín unas veces por el genitivo floris, y otras por el ablativo flore, antecedido de las preposiciones ab, de, ex, equivalentes a la castellana de. ¿Por qué, cuando a precede al nombre, forma con él unas veces dativo y otras acusativo? Porque, verbigracia, a la mujer corresponde unas veces al dativo latino mulieri, y otras al acusativo latino mulierem, a que también suele anteceder la preposición ad; no puede darse otra razón. ¿Por qué con la flor y sin la flor, que significan cosas enteramente contrarias, forman sin embargo un mismo caso? Porque en latín es una misma la desinencia del nombre después de las preposiciones cum, sine; y no hay más que decir. ¿Por qué no hay en nuestros nombres indeclinables tantos casos diversos como preposiciones podemos juntarles? La respuesta es obvia: porque como a todas las combinaciones castellanas de preposición y nombre no corresponden más que cuatro desinencias en los nombres latinos, la del genitivo, la del dativo, la del acusativo y la del ablativo, no puede concebirse que las combinaciones de preposición y nombre dejen de formar los mismos cuatro casos precisamente en castellano. Yo a lo menos no acierto a columbrar otra lógica en la mente de los que así han latinizado nuestra lengua, en vez de explicarla por sus hechos, sus formas, sus accidentes peculiares. ¿Por qué, en fin, los complementos forman casos cuando entran en ellos las preposiciones a, para, con, de, en, por, sin, sobre, y no cuando entran en ellos otras preposiciones, como bajo, contra, entre, ante, tras, etc.? No me es posible adivinarlo. Aquí hasta la lengua latina abandona a los latinizantes.

Nuestros nombres indeclinables no tienen verdaderamente casos; lo que hacen es servir de sujetos o de términos, y en este segundo oficio o forman complementos sin preposición alguna, o necesitan de una preposición anterior para formarlo, pero sin alterar jamás la desinencia del nominativo. Entre estos complementos debe darse una atención particular al acusativo y al dativo, por su correspondencia a los casos complementarios de los pronombres declinables.

Los latinizantes de otras lenguas van abandonando más que de paso las declinaciones latinas. Tengo a la vista la edición de 1857 de la Gramática inglesa de R. E. Latham, miembro de la Sociedad Real de Londres. En ella pueden verse (§ 130 y siguientes) la determinación y enumeración de los casos de la lengua inglesa, fundadas en los mismos principios y raciocinios que mi declinación. Sepan nuestros latinizantes, y santígüense, que este caballero declina el pronombre He de modo siguiente:

Nominativo He
Objetivo Him
Posesivo His

Y el sustantivo father:

Nominativo Father
y objetivo
Posesivo Father's

Se ha repetido por hombres doctos que en nuestros dialectos romances las preposiciones hacen las veces de las desinencias de la declinación latina, pero hay en esto alguna exageración. Las relaciones del nombre con otros nombres o con otras palabras se significan en latín por medio de casos o por medio de complementos; en los dialectos romances sucede lo mismo; la diferencia consiste en que casi todos los nombres latinos tienen casos, y en los dialectos romances solamente unos pocos; los complementos son frecuentísimos en latín como en las lenguas romances.


Nota VII
Género neutro

Creo suficientemente probada la identidad de él y el, ello y lo; y no me parece que pueda disputarse el carácter sustantivo de ello, esto, eso, aquello, etc., reconocido ya por Clemencín. Los latinos hoc, istud, illud, eran verdaderos adjetivos: hoc templum, istud nemus, illud opus; y cuando se usaban absolutamente en el sentido de esto, eso, aquello, se decían con propiedad sustantivarse, porque dejaban su natural oficio y tomaban accidentalmente el de sustantivos, a lo que en latín se prestaba fácilmente la tercera terminación del adjetivo. De esto, eso, aquello, no puede decirse que dejando el carácter de nombres que se arriman a otros (adiectiva, quae adiiciuntur) tomen el de nombres independientes que sirvan a los otros de apoyo o sostén (substantia), se usan siempre como sustantivos; y llamarlos adjetivos sustantivados sería enunciar un hecho falso.

Acerca del género neutro en castellano, conviene explicar algo más lo que dejo expuesto en la Gramática.

De dos modos se revela el género en las lenguas; por la concordancia del adjetivo con el sustantivo en construcción inmediata: lucus opacus, silva opaca, nemus opacum; y por la reproducción o representación de ideas cercanas, como cuando, después de haber dicho lucus o silva o nemus, reproducimos o representamos la misma idea a poca distancia, diciendo en el primer caso is o qui, en el segundo ea o quae, en el tercero id o quod. Esta representación se hace siempre por medio de pronombres demostrativos o relativos.

La lengua inglesa, bajo el primero de estos aspectos, no tiene géneros, porque sus adjetivos no varían de terminación, cualquiera que sea el sustantivo que se les junte: a wise king, a wise queen, a wise action. Bajo el segundo lo tiene, porque si, mencionado un rey, una reina, una cosa, se tratase de reproducir la misma idea, sería preciso decir en el primer caso he, en el segundo she, en el tercero it. Debemos, pues, considerar el género bajo uno y otro punto de vista, porque la lengua puede seguir en el uno diferente rumbo que en el otro, y tan grande ser la diferencia como lo que va de no tener géneros a tenerlos.

En castellano para la concordancia del adjetivo con el sustantivo en construcción inmediata, no hay más que dos géneros, masculino y femenino: árbol frondoso, lo frondoso, selva frondosa. Lo por consiguiente es masculino bajo el respecto de que hablamos, y lo mismo debe decirse de esto, eso, aquello, algo, nada y demás sustantivos neutros.

Pero bajo el punto de vista de la representación de ideas cercanas, tenemos tres géneros, masculino, femenino y neutro. Después de decir el roble, la encina, el primero se reproduce por él, el segundo por ella. Los sustantivos ello o lo, esto, eso, aquello, algo, etc., no pueden reproducirse por él ni por ella, sino precisamente por ello o lo, o por otro sustantivo semejante. Pertenecen, pues, bajo el punto de vista de que hablamos, a un género particular, que no es masculino ni femenino. Al mismo género pertenecen los infinitivos, los conceptos significados por frases u oraciones enteras, y otros que se han enumerado en la Gramática.

«El vivir los hombres en sociedad, no ha sido casual o arbitrario: un instinto irresistible los ha obligado a ello». La lengua no permitiría decir a él: vivir los hombres en sociedad se construye con el y es representado por ello. Si en lugar de el vivir los hombres pusiéramos el que los hombres vivan, sucedería lo mismo, la frase que los hombres vivan en sociedad se juntaría con el y sería representada por ello, y de ninguna manera por él. Así, cuando yo digo que ciertos sustantivos, ciertas palabras, ciertas frases son masculinas en construcción inmediata y neutras en la representación, no hago más que exponer sencillamente lo que pasa en castellano; contra lo cual no debe valer la práctica de otra lengua alguna. En latín es cierto que lo masculino y lo neutro se excluyen mutuamente; pero en nuestra lengua no lo ha querido así el uso quem penes arbitrium est et ius et norma loquendi.


Nota VIII
«Lo» predicado

«Este lo, representativo de predicados, es el caso complementario acusativo de ello».

¿El verbo ser con acusativo? ¿Y por qué no? ¿Por qué cerrar los ojos a un hecho manifiesto en que no cabe disputa?

Es un principio recibido que el ser activo o neutro un verbo no depende de su significación, puesto que a un verbo neutro en una lengua corresponde muchas veces un verbo activo en otra.

Se dice que ciertos verbos son activos, porque nos figuramos en ellos cierta especie de acción, en lo cual, como en otras explicaciones gramaticales, se toma el efecto por la causa. No los hacemos activos porque nos figuramos una acción que no existe; sino al contrario, nos figuramos una acción porque se construyen con acusativo, y porque este complemento es el que a menudo solemos juntar a los verbos que significan acción material.

Una cosa parecida sucede con los géneros. Muerte, por ejemplo, no es femenino porque nos sea natural representarnos la muerte bajo la imagen de una mujer, sino, al contrario, asociamos la idea de este sexo a la muerte porque el sustantivo que la significa se construye con aquella forma de adjetivo que solemos juntar a los nombres de mujeres o hembras. La muerte figura como varón en las personificaciones poéticas de los griegos, porque su nombre en griego era thanatos, masculino.

En la formación de las lenguas, con todo, es preciso que al dar un género masculino o femenino al objeto que carecía de sexo, o un complemento de objeto paciente a un verbo que no significaba acción, sino ser o estado, ocurriese a los hombres alguna aprehensión o fantasía que se incorporase de ese modo en el lenguaje; a la manera de lo que vemos en la lengua inglesa, donde, desde que la imaginación personaliza un ser inanimado o abstracto, le da el sexo, y por consiguiente el género, masculino o femenino, que más natural le parece. Así, en aquella lengua, la muerte personificada es constantemente varón: carácter que es sin duda el que mejor se aviene con la idea de actividad vigorosa y destructora que la imaginación le atribuye. En el Paraíso Perdido de Milton, Death y Sin (la muerte y el pecado) aparecen bajo sexos diferentes de los que un poeta castellano les atribuiría; aquélla, varón; éste, hembra.

Ahora, pues, ¿quién desconoce lo caprichosa que es en estas aprehensiones la imaginación? ¿Por qué no podrá ella fingirse en la existencia misma una especie de actividad? ¿No damos a estar un acusativo reflejo cuando decimos que uno se está en el campo, se está escondido? ¿No atribuyen estas frases a la existencia una sombra de acción sobre las cualidades y modo de ser? En castellano el mismo verbo ser admite alguna vez un acusativo reflejo; lo que no haría, si no se concibiese en su significado cierto color o apariencia de acción. La verdad es que en el origen de las lenguas romances la existencia y la actividad parecieron tan estrechamente enlazadas, que la denominación general dada a todo lo que existe o se concibe como existente fue causa (cosa, chose).

No se extrañe, pues, que lo sea a un mismo tiempo predicado y acusativo, cuando se dice: «Es verdaderamente feliz el que cree que lo es»; o «se está escondido, sólo porque gusta de estarlo». Éste es uno de tantos conceptos metafísicos, encarnados en el lenguaje, y que han hecho más de una vez luminosas indicaciones a la filosofía.

Sobre todo, se trata de un hecho. Explíquese como se quiera; la lengua modifica a ser y estar con la misma forma de ello de que se sirve para el complemento acusativo. Lo aparece de dos modos en la lengua; ya limitado, determinado por alguna modificación (lo blanco, lo negro, lo de ayer, lo del siglo pasado, lo que nos agrada, lo que aborrecemos), y entonces es indeclinable; ya absoluto, sin determinación ni limitación alguna expresa (lo creo, lo vi, lo pensaré), y entonces lo (neutro) es acusativo de ello. ¿Por qué se ha de mirar el lo absoluto que modifica a ser y estar como algo diferente del lo absoluto en todas las demás circunstancias, sin excepción alguna? Aceptemos las prácticas de la lengua en su simplicidad, y no las encojamos y estiremos para ajustarlas al lecho de Procustes de la lengua latina.

Ni es la castellana la única que da por predicado a ser un acusativo neutro, que reproduce nombres precedentes. En francés le, acusativo de il, es masculino o neutro. «Connaissez-vous cet hommelà? -Oui, je le connais». «Ne voyez-vous pas qu'il veut vous tromper? -Je ne le vois que trop»: le, masculino en la primera respuesta, no es masculino ni femenino en la segunda; es un verdadero neutro, aunque los franceses expliquen con otras palabras el hecho, porque en su lengua no se deja ver con la misma claridad que en la nuestra la diferencia entre lo masculino y lo neutro. Ahora, pues, cuando se pregunta a una mujer «êtes-vous heureuse?» y ella responde je le suis, ¿qué es este le sino un acusativo neutro? Madama de Sévigné pretendía que debía decirse je la suis, reprobando el uso general en cuanto al género, pero no en cuanto al acusativo. En lo primero erró, sin duda, y aunque se empeñó en introducir una práctica nueva, halló poquísimos imitadores; muestra curiosa de los extravíos en que una falsa teoría pueda hacer incurrir a los mejores hablistas.


Nota IX
De los derivados verbales

Yo limito este título a las palabras solas que, derivándose del verbo, le imitan en sus construcciones peculiares, lo que consiste: 1.º En ser modificados por adverbios; 2.º En llevar afijos o enclíticos; 3.º En regir acusativos, si el verbo de que se derivan es activo. Así amante, leyente, no son derivados verbales, ni por consiguiente participios. En patiens frigus et inediam, consideraban los gramáticos latinos a patiens como participio, y en patiens frigoris et inediae como un adjetivo ordinario, despojado de su carácter participal, en que participaba de la naturaleza del verbo. El llamado participio de presente, o participio activo, no goza nunca de esa participación; no es participio,

Dícese que ciertamente no todos, ni la mayor parte de los verbos tienen participios activos, pero que algunos lo tienen; verbigracia, aspirante, perteneciente, pues se dice aspirante a empleos, como tú aspiras a empleos, perteneciente al Estado, como eso pertenece al Estado. Pero ya queda explicado cuáles son las especies de régimen o de construcciones que caracterizan al verbo, y por consiguiente a los derivados verbales. El supuesto participio se construye con adverbios, y lleva complementos formados con la preposición a, como muchísimos otros adjetivos: sumamente útil, verdaderamente virtuoso, vecino a mi casa, cercano a la plaza, adyacente a España, provechoso a la salud, pernicioso a las costumbres, accesible a todos, impenetrable a la lluvia, etc. Construcciones de que gozan muchas palabras que no son verbos, no daban bastante motivo para calificar de participio activo al que así se llama. Ni alcanzo cómo verbos que no son activos, verbigracia aspira y pertenece, puedan producir participios activos.

Los que llamo derivados verbales son, a mi juicio, medios de que se sirve la lengua para desnudar al verbo de los accidentes de número, persona, tiempo y modo, y darle en la oración el oficio de sustantivo, adjetivo o adverbio. Pero al mismo tiempo que de esta manera lo trasforma, le conserva sus construcciones; es decir, le da complementos acusativos, le agrega afijos o enclíticos, lo modifica con adverbios y hasta puede ponerle sujeto. «El amar el hombre a sus semejantes» es lo mismo que «El amor del hombre a sus semejantes»; tan sustantivo es amar como amor; lo único que los diferencia es que el primero se construye exactamente como el verbo de que se deriva, y el segundo no.

En la Gramática se ha manifestado que el infinitivo tiene todos los oficios del sustantivo, sirviendo ya de sujeto, ya de predicado, ya de término o de complemento. Participa, es verdad, de la naturaleza del verbo conservando sus construcciones, inclusa la de sujeto. Pero eso no quita al infinitivo el carácter de sustantivo, puesto que siempre hace el oficio de tal; ni le da el de verbo, una vez que no puede ser nunca la palabra dominante del atributo de la proposición, ni sugiere, como el verbo, ideas de persona y número, y si denota tiempo no es (como el verbo lo hace) con relación al momento en que se habla, al acto de la palabra, que es el significado propio de tiempo en gramática.

Si se opone que este raciocinio se funda en la definición que yo doy del verbo, y que, desechada ésta, el argumento va por tierra, contestaré que no creo cosa fácil definir al verbo de manera que lo diferenciemos del sustantivo, sin que por el mismo hecho lo diferenciemos del infinitivo. Hágase la prueba. ¿Se hará consistir la naturaleza del verbo en significar la existencia, pasión, estado, movimiento de los objetos? Las palabras hurto, robo, amor, enfermedad, salud, y sobre todo esas mismas palabras existencia, acción, pasión, etc., serán verbos. ¿Añadiremos, por vía de diferencia, que el verbo tiene inflexiones de persona, número y tiempo? El infinitivo no las tiene. Pero suponiendo posible la definición, sería necesario decir entonces que el infinitivo es un verbo que participa de la naturaleza del sustantivo, porque es de todo punto incontestable que, aun llevando construcciones propias del verbo, ejerce todos los oficios de sustantivo, sin exceptuar uno solo. ¿Sobre qué rodaría, pues, la disputa? Unos dirían: el infinitivo es un sustantivo que participa de la naturaleza del verbo; y otros: el infinitivo es un verbo que participa de la naturaleza del sustantivo; cuestión de palabras. Y sin embargo, no del todo insignificante. Adoptando la segunda expresión, despojaríamos al verbo de lo que más eminentemente le distingue, que es señalar el atributo de la proposición, dominar en él, mirar cara a cara, si se me permite decirlo así, al sujeto de la proposición, y reflejarlo.

Yo no sé si alude a mi modo de pensar sobre el infinitivo la imputación que una grave autoridad hace a algunos de haberse empeñado en probar que el verbo es nombre; si así es, se ha falseado mi aserción. Yo me he limitado a sostener que el infinitivo es nombre, y no verbo; en lo que evidentemente supongo que el nombre y el verbo son partes distintas de la oración.

Ni es tan nueva la idea que doy del infinitivo para que haya debido causar extrañeza. Véase la cita de Prisciano en el Prólogo. «¿Qué es pues el infinitivo?», pregunta Condillac: «No puede ser otra cosa», responde, «que un nombre sustantivo». «El infinitivo», dice Destutt de Tracy, «no es, por decirlo así, un modo del verbo; es un verdadero sustantivo». El distinguido filósofo español don Tomás García Luna es de la misma opinión. «Compadecer es propio de las almas tiernas; perdonar las injurias es virtud enseñada a los hombres por el Evangelio». Las acciones de compadecer y perdonar se consideran aquí en sí mismas como seres reales: están en el mismo caso que los sustantivos abstractos. «El infinitivo (dice otro célebre filósofo español, el presbítero don Jaime Balmes) es como la raíz del verbo... y más bien parece un nombre sustantivo indeclinable». Después de ilustrar esta idea con varios ejemplos, concluye así: «De lo cual se sigue que el infinitivo es un nombre indeclinable... Tiene siempre la forma sustantiva, sea cual fuere su significado». No cito más que las autoridades que tengo a la mano.

Ni me valgo de sutilezas metafísicas para enunciar este concepto, sino de los hechos, de las prácticas constantes de la lengua (Gramática, § 203, b). Por lo demás, explicaciones demasiado abstractas para lectores imberbes, o ciegamente preocupados a favor de lo que imberbes didicere, las hay, sin duda, en algunas otras partes de esta gramática; ni era fácil evitarlas, tratándose de rastrear el hilo, a veces sutilísimo, de las analogías que dirigen el uso de la lengua.


Nota X
Participio

En las ediciones anteriores llamé participio sustantivo al que ahora con mejor acuerdo llamo participio sustantivado. La diferencia parecerá de poco momento. Creo, sin embargo, más adecuada la segunda denominación por las razones que paso a exponer.

El participio sustantivado supone, a mi juicio, un acusativo latente con el cual concierta y que pudiera representarse por el infinitivo de su verbo. Duro parecerá tal vez, y hasta absurdo, que cuando se dice yo he compuesto una oda se diga mentalmente yo he compuesto componer una oda; mas aquí el infinitivo ofende porque no se necesita para la inteligencia de la frase. Lo mismo sería si se dijera yo he padecido padecer. Yo he padecido padecimientos graves chocaría menos; y yo he padecido penas graves se aceptaría sin dificultad. Pero ¿qué hacen en estas construcciones los acusativos padecimientos y penas, sino desarrollar el significado radical del infinitivo padecer? Decíase en construcciones latinas activas Vivo vitam: «Faciam ut mei memineris dum vitam vivas» (Plauto); «Qui vitam beatam vivere volet, philosophetur oportet» (Quintiliano); de las cuales nacen obviamente las construcciones pasivas vita vivitur, vita beata vivitur, en que vita no hace más que paliar a vivere. Obsérvese que los latinos combinaban frecuentemente su participio pasivo con el verbo habere, diciendo, verbigracia, «Clodii animum perspectum habeo», «Habeo absolutum suave epos», etc.; y de aquí a sustantivar este participio diciendo, por ejemplo, Dictum habeo, no había más que un paso. Si, según Prisciano, en pugnatum est se subentiende el nominativo pugnare que concierta con est, ¿por qué no podría subentenderse este mismo pugnare en acusativo para concertarlo con el participio en pugnatum habeo? La transición es obvia y fácil.

De construcciones análogas a éstas pueden verse muchos ejemplos en la Minerva del Brocense (libro 3, capítulo 3), y se encuentran también no pocas en escritores castellanos (véase el Apéndice I al capítulo XXIX de esta Gramática). Sabido es lo comunes que ellas eran en griego: «Et Graecis quidem familiare est omnibus verbis seu transitivis, seu absolutis, seu passivis, seu deponentibus, nomina substantiva ab iisdem deducta in accusativo casu subjicere»303. Viniendo vendré, llorando lloré y otras locuciones semejantes de la Vulgata y de los Setenta, no corresponden palabra por palabra a las respectivas frases hebraicas, que serían más fielmente representadas por las castellanas venir vendré y llorar lloró.

Yo confieso que la explicación precedente es de aquellas a que puede darse con alguna justicia el título de sutilezas metafísicas. Pero concédaseme a lo menos que el principio en que ella se funda es conocido de antiguo y ha sido sostenido por filólogos de primer orden. Si él enlaza varios hechos a primera vista inconexos (como los notados en los §§ 345 y 346, d, e), y se manifiesta en procederes análogos de otras lenguas, ¿será justo tratarlo con el desdén magistral que algunos muestran a todo lo que para ellos es nuevo?


Nota XI
Verbos irregulares

Yo dudo que alguna de las lenguas romances sea tan regular, por decirlo así, en las irregularidades de sus verbos, como la castellana; lo que depende principalmente de aquella curiosa afinidad que en ella se observa entre las varias formas del verbo y de los derivados verbales; formándose de todas ellas diferentes grupos o familias, en cada una de las cuales la alteración radical de una forma se comunica a las otras del mismo grupo o familia. De esto nos había ya dado ejemplo la lengua latina, cuyos pretéritos perfectos y pluscuamperfectos, de indicativo y subjuntivo, tienen tan estrecha conexión entre sí por lo tocante a la alteración de la raíz, que en estos cuatro tiempos todas las cuatro conjugaciones se reducen a un tipo idéntico, y componen verdaderamente una sola. Y aun sucede en castellano que diferentes causas de anomalía concurren muchas veces en un mismo verbo, y en ciertas formas afectadas por más de una de ellas se prefiere una raíz a otra, según ciertas reglas generales; resultando de las causas simples y de las combinaciones de causas trece clases de verbos irregulares en que es muy notable la consecuencia que guarda la lengua, y la regularidad, como he dicho antes, de sus mismas irregularidades. No era dable desenvolver estas analogías, sin entrar en pormenores embarazosos para los principiantes; conjugando éstos, cierto número de verbos de cada clase, según el respectivo modelo, no habrán menester más para familiarizarse con la conjugación de todos ellos. Pero desentrañar el mecanismo de la lengua algo más allá de lo que puede ser necesario para la práctica, no es materia que deba considerarse como ajena de la Gramática.


Nota XII
Sobre el verbo imaginario yoguer o yoguir

Se imaginó este verbo para referir a él las inflexiones, yoguiese, yoguiera, yoguiere, y otras, pertenecientes todas a la quinta familia o grupo de formas afines, según la clasificación del capítulo XXIV. No se tuvo presente que en estas formas sufre alteraciones notables la raíz de ciertos verbos; ni ocurrió que como de caber se dijo cupiese, cupiera, de saber, supiese, supiera, de hacer, hiciese, hiciera, de placer, pluguiese, pluguiera, no era extraño que de yacer se hubiese dicho yoguiese, yoguiera; lo que hubiera podido confirmarse reflexionando que si hubiese existido yoguer o yoguir, se encontraría alguna vez en los libros antiguos este infinitivo, o el gerundio yoguiendo, o el participio yoguido, o el futuro yogueré o yoguiré, o el co-pretérito yoguía o cualquiera otra de las inflexiones que no corresponden a la sobredicha familia o grupo; lo que de seguro no podrá probarse con un solo ejemplo auténtico. Pero aun sin este gasto de observación y raciocinio bastaba consultar los glosarios de don Tomás Antonio Sánchez para desilusionarse de semejante verbo.

Placer se conjugaba antiguamente con o en lugar de u en la quinta familia, decíase plogo, ploguiese, ploguiera, etc.

Plogo a mio Cid porque creció en la yantar.
(Cid, 304)

Fuésedes mi huésped si vos ploguiese, señor!
(Ibid, 2046)

La paridad entre placer y yacer por lo tocante a estas formas irregulares, no puede ser más cabal. Placer, yacer; plogo, yogo; ploguiese, yoguiese; etc.

Supongamos que por ignorancia de estas formas desusadas de placer, hubiese alguien tenido la ocurrencia de atribuirlas a un verbo ploguer o ploguir; no es otra cosa la que ha sucedido a los que imaginaron el infinitivo yoguer o yoguir para que fuese la raíz de las formas desusadas de yacer.

Esto manifiesta la importancia práctica de la análisis de que se trata en la nota precedente. Y en comprobación de lo mismo nos ofrece otro ejemplo el verbo placer, que en la primera familia de formas afines tuvo y tiene el subjuntivo plega, para el cual inventaron los lexicógrafos el infinitivo plegar (en el significado de placer o agradar), por no haberles ocurrido que placer y plega eran análogas a yacer y yaga, hacer y haga, caber y quepa. Pero aquí a lo menos pudo deslumbrarlos la inflexión plegue, corrupción moderna de plega.

No estará de más notar que hubo en el castellano antiguo un verbo yogar, derivado del latino jocare (jugar, folgar); pero su conjugación, que era perfectamente regular, no tenía nada de común con la de yacer; como lo prueba Cervantes: «El diablo hizo que yogásemos juntos». Obsérvese también que el antiguo iogar se pronunciaba jogar (con el sonido de nuestra j), como ioglar (joblar, jublar), iuego (juego), etc., a no ser en el significado especial en que lo usa Cervantes, que es el mismo de yacer en los títulos 1.º y 2.º de la Partida IV, y en la ley 7, título 5, libro III del Fuero Juzgo.


Nota XIII
Significado de los tiempos

Mi explicación de los tiempos ha parecido a varias personas una innovación caprichosa de la nomenclatura recibida. Si así fuera, merecería justísimamente la censura de insignificante. Pero no es así. Yo me propuse que la denominación de cada tiempo indicase su significación de una manera clara y precisa. Las formas verbales, o expresan una relación simple de coexistencia, anterioridad o posterioridad, respecto del acto de la palabra, esto es, respecto del momento en que se profiere el verbo, o expresan combinaciones de dos o más de estas mismas relaciones; y el nombre que doy a cada forma denota esa misma simplicidad o composición. Cuando la relación es una, la expreso con las palabras presente, pretérito, futuro. Si la relación es doble, antepongo a estas mismas palabras una de las partículas co, ante, pos, que significan respectivamente coexistencia, anterioridad, posterioridad. Así la denominación co-pretérito, significa coexistencia con una época que se mira en tiempo pasado, y ante-futuro denota anterioridad a una época que se mira en tiempo futuro.

Las relaciones elementales no se mezclan confusamente en el significado de los tiempos, sino que se enlazan sucesivamente una a otra; y mi nomenclatura indica no sólo la composición sino el accesivo enlace de los elementos. Así ante-futuro y pos-pretérito constan de unas mismas relaciones; pero ante-futuro significa anterioridad a un futuro, y pos-pretérito posterioridad a un pretérito, siendo siempre el acto de la palabra el punto final en que termina la serie de relaciones, cualquiera que sea su número. De esta manera cada denominación es una fórmula precisa en que se indica el número, la especie y el orden de las relaciones elementales significadas por la inflexión verbal; y la nomenclatura toda forma un completo sistema analítico que pone a la vista todo el artificio de la conjugación castellana. Las denominaciones de que se sirve la Química para denotar la composición de las sustancias materiales, no son tan claras ni ofrecen tantas indicaciones a la vez. Mi nomenclatura de los tiempos, además de analizar su significado fundamental, se aplica al secundario y metafórico según ciertas modificaciones del primero, sujetas a reglas constantes en que un principio idéntico se desarrolla con perfecta uniformidad; lo que a primera vista era caprichoso y complicado, aparece entonces regular y analógico, y presenta la unidad en la variedad, que es el carácter inequívoco de un verdadero sistema.

El de la conjugación castellana es acaso el más delicado y completo de cuantos se han formado en los dialectos que nacieron de la lengua latina. Yo me he dedicado a exponerlo. Si no he tenido buen suceso, a lo menos he acometido una empresa importante, y que debiera haber merecido antes de ahora el estudio de personas más competentes para llevarla a cabo.


Nota XIV
Modos del verbo

Para que la distribución de los tiempos en modos no penda del puro capricho de los gramáticos, y preste alguna utilidad práctica, debe atenderse principalmente al régimen, que sin duda fue la consideración que tuvieron presente los que primero clasificaron de esta manera los tiempos. Formas verbales que sólo difieren entre sí en cuanto significan diferentes relaciones de tiempo y que son regidas por unas mismas palabras, pertenecen a un mismo Modo. Por ejemplo, los mismos verbos que rigen el futuro de indicativo, rigen, variado el tiempo, la forma en ría (amaría, leería, partiría); pues si por medio del simple futuro decimos promete que vendrá, aseguro que iré, estamos ciertos de que nada nos faltará, trasladando el presente al pasado es menester que digamos: prometió que vendría, aseguré que iría, estábamos ciertos de que nada nos faltaría. Lo propio de esta forma es afirmar una cosa como futura respecto de una cosa pasada, como posterior a una cosa pretérita; y esto es lo que significa la denominación que le doy de pos-pretérito, colocándola en el indicativo porque afirma y porque es regida de los mismos verbos que rigen el futuro de indicativo.

Hay gramáticos (y son en el día los más) que la colocan en el indicativo, pero la llaman condicional, en lo que también se yerra, porque de suyo no significa la consecuencia de una condición (que es lo que se quiere decir llamándola condicional), y cuando así lo hace, es en virtud de una metáfora. La relación de pretérito que ella naturalmente envuelve, redunda entonces, y se hace el signo de una negación implícita, como sucede en otras formas verbales. Véase lo que digo sobre éste y otros usos metafóricos de los tiempos en la Gramática (número 313 y siguientes).

Guiado por los mismos principios he introducido un nuevo Modo: el subjuntivo Hipotético, que conviene con el subjuntivo común en adaptarse a las proposiciones subordinadas. Y aún es más exclusivamente propio de ellas que el subjuntivo común, pues éste en varios casos, y sobre todo cuando toma el sentido optativo, tiene cabida en proposiciones independientes.

Los caracteres del Modo hipotético, que no permiten confundirle con ningún otro, y en especial con el subjuntivo común, son muy señalados. Helos aquí:

Siempre significa condición; ningún otro modo lo hace sino accidentalmente. Ni significa la consecuencia de la condición, como el llamado condicional, sino la condición misma. No viene nunca, como ya he dicho, sino en proposiciones subordinadas. No recibe jamás, como el subjuntivo común, el sentido optativo. No es regido de verbos que rigen necesariamente el subjuntivo común. Así, verbos que por significar duda, temor, deseo, rigen el subjuntivo común, no rigen las formas que son propias del subjuntivo hipotético. Se dice dudo, temo, deseo, que venga (no viniere). Sobre los casos en que puede o debe ser subrogado o suplido por formas del indicativo o del subjuntivo común, no creo necesario repetir lo que he dicho en los números 299 y siguientes, que recomiendo particularmente a los lectores despreocupados.


Nota XV
Uso del artículo definido antes de nombres propios geográficos

Se ha pretendido explicar por medio de una elipsis el uso del artículo definido antes de ciertos nombres geográficos, suponiendo que en la Habana, se entiende la ciudad llamada Habana; en el Japón, el imperio llamado Japón; en el Ferrol, el puerto llamado Ferrol; en el Cairo, el pueblo llamado Cairo, etc.

Esto en primer lugar no explica nada, porque siempre queda por averiguar cuándo puede o debe emplearse el artículo antes de ciertos sustantivos mediante esa elipsis; de lo cual, en último resultado, no puede darse más razón que el haberlo querido así el uso.

Y en segundo lugar, es un concepto falsísimo el de semejantes elipsis, porque puertos e imperios hay que piden la, como la Guaira, la China, la Tartaria; ciudades y naciones que requieren el, como el Cairo, el Japón, el Perú, etc. La verdad es que el artículo toma en tales casos el género que corresponde a la terminación del nombre propio geográfico, y que se dice la Turquía, la Siberia, porque estos sustantivos terminan en a; el Ferrol, el Japón, el Cairo, porque las terminaciones ol, ón, o, son generalmente masculinas.