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Diario Oficial de El Salvador/Tomo 8/Número 10

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página 37

DIARIO OFICIAL.
REPÚBLICA DEL SALVADOR.AMÉRICA-CENTRAL.


TOMO 8. San Salvador, Domingo 11 de Enero de 1880. NUM. 10.


Sección Oficial[editar]

SECCION OFICIAL.

Ministerio de la Guerra[editar]

MINISTERIO DE LA GUERRA.

Código Militar[editar]

CÓDIGO MILITAR.

... página 38 ...

Ministerio de Gobernación[editar]

MINISTERIO DE GOBERNACION.

Palacio Nacional:
San Salvador, Enero 8 de 1880.

Observándose que el vecindario de esta Capital se ve expuesto con frecuencia á perder sus edificios, á causa de los temblores que produce la localidad que ocupa: que esto sucede ya por la intensidad de aquellos, como porque los propietarios en su propósito de solo especular, no han cuidado de construir sus casas con toda la debida seguridad; y que es un deber del Gobierno dictar las medidas que crea convenientes para cortar en lo posible los estragos y consecuencias que producen aquellos accidentes, el Supremo Gobierno acuerda: 1º Nombrar una comision compuesta de personas competentes con el objeto de que hagan un reconocimiento especial de todos los edificios públicos y particulares é informen del estado bue- página 39 no ó malo en que se encuentren. 2º para que propongan el plan de construccion que crean mas apropiado para dar la seguridad posible à los habitantes de la Ciudad; y 3º todos los edificios que resulten en mal estado, la autoridad local ordenará su demolicion y que sean reconstruidos con arreglo al plan que haya merecido la aprobacion superior.

(Rubricado por el Señor Presidente.)

El Secretario de Estado en el
Departamento de Gobernacion,
López

Tribunal de Jurados[editar]

...

Telegramas[editar]

...


No Oficial[editar]

NO OFICIAL.

Nuevo Municipio[editar]

Consideraciones sobre el proyecto de Constitución últimamente publicado[editar]

página 40 ...



Hospital de Santa Tecla[editar]

Aviso Oficial[editar]

Sección Judicial[editar]