Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha de 1982/Disposición final

De Wikisource, la biblioteca libre.

DISPOSICIÓN FINAL

  1. El presente Estatuto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, quedando derogado el Real Decreto-ley 32/1978, de 31 de octubre, sobre Régimen Preautonómico de la Región de Castilla-La Mancha.
  2. La actual Junta Preautonómica de Castilla-La Mancha continuará en sus funciones hasta la elección de los Órganos que hayan de sustituirla de acuerdo con el presente Estatuto.


Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica. Palacio de Marivent, Palma de Mallorca, a diez de agosto de mil novecientos ochenta y dos.- JUAN CARLOS R.- El Presidente del Gobierno, Leopoldo Calvo-Sotelo y Bustelo.