Fuero de Molina de Aragón de 1112: 01

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Fuero de Molina de Aragón de 1112
Prólogo

En el nombre de Dios y de la divina piedad. Es a saber: del Padre del Hijo y del Espíritu Santo amen. Yo el conde Almerich halle un lugar muy antiguo desierto, el cual quiero que se apoblado, y en el sea Dios adorado y fielmente rogado.

Quiero que los hombres que en el poblaren lo tengan en heredad para ellos y sus hijos, con todo su término yermo y poblado, con sus montes y con aguas y con molinos.

Doilos en fuero que aquellos que allí poblaren y casas hicieren, si irse de alli quisieren puedan vender su casa y heredades, y vallan francos donde quisieren.

Doilos en fuero que el vecino que en Molina que caballo y armas de fuste o de hierro, o casa poblada, o mujer e hijos en Molina tuviere no pechen ninguna cosa.

Doilos en fuero que el vecino que en Molina casa poblada dentro tuviere, sea escusado de pecho, y no penche sino en la labor de los muros.

Y el aldeano que poblare en la villa por casa que tenga en pennos ni por alquiler no sea escusado, mas por su casa propia, y primero sea en la villa morador con mujer y con hijos por un año, y aquel año penche, y desde adelante sea escusado como vecino de Molina.

Doilos en fuero para siempre que todos los vecinos de Molina, caballeros y clérigos y otros, reciban sendos cahizes de sal cada año y den en precio de estos cahizes sendos mencales, y que reciban estos cahizes en trayt o en almayay con vuestro escribano y el mío, y quien de otra manera tomare pendre cien maravedis.

Yo el Conde Almerich doilos en fuero que siempre de mis hijos o nietos un señor hayan, aquel que a vos plazca y bien os haga, y no hayan sino un señor.

Despues de mis días, que Molina tuviere así en Zafra y todos los otros castillos poblados y yermos que en su termino no hagan partición mis hijos y mis nietos ni otros parientes míos de los castillos de Molina.

Quien en Zafra poblare o en otros castillos de Molina a fuero de Molina pueble y peche, según los otros vecinos de Molina pecharen.

Y el cayat que tuviere en Zafra u otro castillo de termino de Molina por la querella que de el hubieren.


HAY EN ESTOS FUEROS TREINTA CAPÍTULOS Y EL PRÓLOGO ENCIMA.


HAY EN ESTOS FUEROS DOSCIENTAS SIETE CÉDULAS CON LAS DEL PRÓLOGO.