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160 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

botar asientos. En el Cavildo e atos publicos. E otras preminengias a los Regidores Capitulares añales e boz el dicho Governador Tenientes Cavildos e demas Justigias lo guardareis e hareis guardar e cumplir asi no consin- tiendo que contra ello se baya ni pase por bia ni ma- nera alguna so pena de la nuestra merged e de un mill pesos de oro para la nuestra Camara. Dada en La Plata a catorge dias del mes de Febrero de mill y seigientos y ocho años. Yo Diego dela Barrera de Ayala escrivano de Camara del Catolico Rey nuestro Señor la fise es- crivir por su mandado con acuerdo de su Presidente y Oydores rrefrendada.—Martin de Galarssa.—Por Chan- sillor Martin de Galarssa—El Ligengiado Ruis Bexarano. —El Licengiado Miguel de Horosco.—El Ligenciado Don Manuel de Castro y Padilla.

Con la qual dicha Real Provision requirio al dicho Cavildo y pidio su cumplimiento y aviendose leydo por mi el Escrivano la dicha Real Provision la dicha Jus- tigia mayor hordinaria y demas Regidores cada perso- na de por si obedegieron la dicha Real Provision y la pusieron sobre su cabega ! como auto y provision de su Rey e Señor natural a quien la Magestad divina guarde largos años con aumento de mayores rreynos y señorios y en cuanto a su cunplimiento el dicho Teniente de Go- vernador mando se guarde e cumpla segun e como en ella se contiene y por lo que asi toca esta presto de la guardar e cumplir como su magestad lo manda y los Capitulares del dicho Cavildo quanto al cumplimiento de la dicha real provision dixeron que por quanto en este Cavildo es costumbre antigua que el Regidor que se elixe de primer boto sea Alferez Real como lo es y

1 Era la forma acostumbrada de recibir y acatar las provisio- nes reales,