Página:ACEC TomoIV Libro III SerieII.djvu/386

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Condiciones, con que se admito la anterior so- Jicitud.

Peticion.

Resolucion sobre elarrendamien- to de la mojo- Neira.


374 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

Y bista por los capitulares dixeron que con que den- tro de un año tenga en propiedad cassa le admiten por bezino y con que sea obligado a tener armas y caballo y acudir a todas las obligasiones y cargos que los de- mas bezinos y que se asiente en la matricula donde estan escritos y asentados en esta siudad mandaron se le notifique este decreto para que haga el juramen- to acostumbrado.

En este cavildo se leyeron una petision que pre- sento Alonso Guerrerc mercader y se decreto lo que por ella paresera,

En este cavildo se trato como la moxoneria que se trae en pregon para se arrendar desde sinco de Mar- o passado que se cunplio su arrendamiento hasta fin de Dizienbre de este año y que esta puesta en sesen- ta y sinco pessos por todo el dicho tienpo y porque otros arrendamientos de año entero no an librado es- ta cantidad y podra ser que subiese fueron de acuer- do unanimes y conformes que se remate en quien mas diere confiansa y condission que la mitad del presio sea de contado o dentro de dos meses y la otra mitad quatro meses adelante de manera que en seys meses este pagada la renta guardando las condissiones que estan puestas para el dicho remate.

En este cavildo se leyo y presento un titulo de AJcayde de la Carsel Publica de esta siudad fecho a Miguel Geronimo por el señor Governador don Diego de Gongora firmado de su nonbre y refrendado de mi Pedro de la Pobeda Escrivano Publico y Cavildo por el qual manda le ayan y tengan por tal Alcayde aten- to que tiene dadas fiansas a contento de mi el dicho Escrivano para su buen uso y dar residensia y bisto por los capitulares dixeron que el dicho Miguel Gero- nimo use de la comision que el dicho señor (+overnador le