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148 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES munes Y en espezial Ruanes o landillas o estameñas de Yngalaterra Creas y medias de lana o de pesso, Sedas de cosser Paños y a este tono los mas nesesarios jeneros les den los Reales o abono p*. q*. los saquen de la tienda Donde Hubiere el Jenero que se necesita y al mesmo pressio Co- rriente Y assi Lo cumplan so la dha. Pena de mas de que a ssu costa sin embargo de q*. p”. replica o racon que dieren en conttrario se sacaran dhos. jeneros y seran apremiados a la paga Por que assi combiene al vien y utilidad comun Por la combeniensia que a los susso dhos. se les sigue en haversse Permitido pudiesen satisfaser los dhos. cueros en jeneros ofresiendo el dar dhos. Jeneros Y hazer toda com- beniensia sin exceder del Precio corriente Y Para que sea notorio a todos Los bezinos de esta ciudad se pondra un traslado de este acuerdo a las Puertas de las cassas del Ca- vildo donde le puedan Leer Los dhos. Vezinos Y assi mis- mo se les de Una copia a cada uno p*. q*. le conste con toda yndividualidad =

Con lo qual se acavo este Cavildo y lo firmaron =

D. Xpttoval Ximz. Lobatton—Jasinto ladron de gue- vara — don Juan del pozo y silba — Luis de britto y alde- rete — Diego Peres moreno — Aug”. Gayoso — Juan de Reluz y Huerta — Ante my: Bern“. Gayosso. S', de su mag”. ,

NOTIFICACIÓN A MATEO LOZANO, DOMINGO GONSALES, JUAN DE ONOLAGAS Y SEBAS- TIAN DE MENDIOLA.

ffixose testim". del auto de la corambre en las casas de Cav”, y nottifique este auto y su pena a El mre. matheo Lozano dom'. gonsales y a D*. Ju”. de onolaga y Sevastian de Mendiola En sus p'"". de que doy fee oy dies y nueve de agosto de seis*, y sententa y cinco a'. (1) Bern*. Gayosso.—S*”, de su magi.

(1) AZ, está en el original. Debiendo ser 1674.