Página:ACEC TomoXIV LibrosIXyX SerieII.djvu/325

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LIBRO X 317 dixo q*. no le consta la lisencia q”. tiene, pero q". con vista de ella resolvera y dara su pareser. Y a este tiempo y confiriendo los dhos. Capitulares sobre las conveniensias desta Republica sin enbargo de lo antesedente, acordaron q*. respeto de que el Sarg”. mayor don juan del poso ba a la prov*. de los charcas y a de asistir en la R'. audiencia de la plata conviene se le de poder gen]. para los pleytos causas y negosios que en ella se ofresieren desta Republica y Ubiere- pendientes Respeto de ofreser el suso dho. acudir a ellos sin costo alguno este cavildo y dha. ciu%. el qual poder sea gnl. para los dhos. efectos y en la primer ocacion que se ofresca se le remitira ynstrucion y esto dixeron y acordaron los dhos. Capitulares esepto el Regidor agustin gayoso q”. dixo contradise el q*. por aora se de el dho. po- der por q*. faltan en este Cavildo el mayor numero de Re- gidores digo tres Regidores=y nesesitan de consultarse con ellos el dho. poder el dho. teniente gnl. aviendo visto la contradicion sin enbargo de ello mando se de el dho. poder por ser el pareser de mayor numero de botos=con lo qual se acabo este Cavildo y lo firmaron=.

Ygnacio ffernandes de Aguero—Man!. ferry". de aguiar —Domingo de quintana—Luis de britto y alderete—Aug". Gayosso—don Juan del poso y silba.

APROBACIÓN DEL GOBIERNO (Foja 13 del libro original)

Aviendo visto su señoria este acuerdo del cavildo Jus- ticia y Regimiento desta ciu. en lo que mira a la comicion que ae acordo despachase el theniente genl. de su señoria mando se despachase por este govierno Respeto de tocarle