Página:Acuerdos del Extinguido Cabildo TomoI LibrosXII XIV SerieII.djvu/488

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

LIBRO XIV 481 Governador, y Cap. General de estas Provincias, en que mandó se guardase lo proveydo por auto de treze del 1nes- mo; Y en cumplimiento de lo mandado por su señorla en el autto antecedente, hize sacar, y saqué testimonio de dicha Representaz.” y Decretto; cuyo tenor es el si- guiente.

Señor Governador, y Cap." General=Señor=Havien- do entendido de V. S. ha sido servido mandar hacer in- formacion del tiempo en que se podrá conceder licencia, para que los Vecinos de esta Ciudad puedan entrar a las Campañas de su Jurisdiccion á hacer recogidas de Gana- do bacuno para la tripulacion de sus rodeos y faenas de sevo, y Grasa, para el mantenimiento de élla, con las de- mas baquerias en tiempo que no sea perjudicial al au- mento, y paricion, de dicho Ganado; Y que algunas per- sonas han declarado ser este y el mes venidero los de la fuerza de dicha parizion, y que para baquear y hacer di- chas faenas son los mas apropositos Henero y febrero : He tenido por bien informar á V.S. lo cierto, supuesto que no he alcanzado los motivos de relazion tan siniestra, quando es contra la Verdad de lo que passa por haver ex- perimentado lo contrario ocularmente en la continua asis- tencia q. he tenido en la Campaña en este ministerio ; proponiendo á V, S. todos los daños, y perjuicios que se siguiran á toda la Republica, y sus vecinos, de no permi- tirles la entrada a las Campañas en este tiempo, y Jun- tamente el que lo es lexitimo de paricion; Todo lo qual he Juzgado por de mi obligacion, hallandome (aunque in- digno) constituido Padre de la Republica, y que si fuere necesario, sobre ello hara el Cavildo representazion á V. S. y los fundamentos, y razones son las siguientes—

El primero pongo en la Superior noticia de V. $. co- mo las Bacas de las Campañas, y las de los Rodeos en las estancias, no siguen una mesma regla en su paricion, Porque aquellas multiplican en un tiempo y estas en otro ;

Y por no haver observado esto algunos Yerran el tiempo ARCHIVO 31.—ToMO 1

Representaz.*

02