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COLÓN

moria honrosa del Almirante, ni siquiera de lo que atañe á su personalidad, siempre que no resulte perjuicio de tercero. Aun en tal caso, no ha de hacer uso de testimonio que no sea con anterioridad notorio, y si en remota extremidad algo aparece—no en contra de la fama y gloria mundanal, que éstas se encuentran á salvo de toda discusión,—empeciendo el carácter de santidad pretendido, sea á cargo de quien lo motiva con insistentes provocaciones.

La España católica en modo alguno se opone á que El Maestro de los navegantes alcance en los altares, si lo mereció, y así lo declara quien puede, el lugar que se destina á los que define como bienaventurados; muy al contrario, se honrará con la beatificación, porque no obstante el criterio singularísimo del Conde de Roselly de Lorgues, cualquiera que fuera el pueblo que dió cuna al Descubridor, naturalizado en España y al servicio de España, cuanto le ensalce ha de honrar á esta tierra, patria de sus hijos, heredera de sus timbres y sitio de reposo de sus huesos. Un insigne vate lo dijo8 cuando la ciudad de Génova erigía la remembranza artística que le ha dedicado: