Página:Contrato FCAyBsAsRosario.djvu/37

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

35

10 de la ya citada ley 5315. Las leyes de concesion del ferro earril Buenos Aires y Rosario disponen que para el trans

porte de pasajeros y carga por cuenta del Gobierno Nacio nal se haga una rebaja sobre las tarifas ordinarias de 50 %; las del ferrocarril Central Argentino solo disponen .que es tas rebajas se hagan para los militares y transportesque viajen o se conduzcan por ouenta del Ministerio de Guerra. Esta ultima empresa tiene, ademas, la obligacion de trans portar ininerales, materiales y utiles para la agricultura, maquinaria para establecimientos industriales y materiales para la construccion y explotacion de vias férreas de pro piedad nacional, por una tarifa no mayor de dos centavos moneda nacional por tonelada y por kilometro. Se introducen por lo tanto las siguientes modificacio nes con relacion a lo existente:

1‘> Emplectclos civilcs que viajcu por anemia del Go bicrno lY(`LCiO7ZCLZ.—GOZ31`7j1l de la rebaja del 50 % sobre las tarifas ordinarias propuestas. Actualmente,

el ferrocarril Central Argentine no esta obligado a rebaja alguna sobre las tarifas ordinarias vigentes Como las tarifas ordinarias propuestas para esta seccion son mas bajas que las vigentes, la dimi nucion que se proyecta para los pasajes oficiales

resultara muy importante sobre lo que actualmente abona el Gobierno.

Un ejemplo demostrara la verdad de esta asv veracionz

Por un pasaje de Retiro zi Cordoba, paga actualmente el Gobiernoa 34.80 S 14.24

Con la rebaja del 50 % sobre la tarifa ordinaria propuesta, abonara. o sea un 60 % menos.

En la seccion Buenos Aires y Rosario, las ven

tajas son mais reducidas, por cuanto esta empresa hace la rebaja del 50 73 para los pasajes de em pleados civiles que viajan por cuenta de la Na mon.

2* 1’usajm·0s uu'Iz'Iur0.¤ cou ordcn (Irl Go/n`m·1m .\'»: