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58 LUCILA DE GREGORIO LAVIE

delito o perjudicaran a terceros, el autor es responsable ante las autoridades competentes y debera sufrir la sancién que corresponda.

La libertad de Prensa es derecho fundamental de las na- ciones democréticas, ya que es el medio mas eficaz de difusién de las opiniones y el portavoz de las noticias de interés ge- neral. El abuso de esta libertad puede convertir a la Prensa en peligroso instrumento de desmoralizacién y engafio.

Ensefiar y aprender son dos preciosas libertades de que goza el pueblo de la Repfiblica, desde su nacimiento a la Vida independiente.

Si bien es un derecho de todos los habitantes, es un deber ineludible del Estado, el difundir la ensefianza en la medida mas amplia, para desterrar la ignorancia, fuente de males y semilla de tirania.

También es deber del Estado, fiscalizar y encauzar la en- sefianza de acuerdo a los principios fundamentales de su or- ganizacion politica y social y a sus orientaciones tradicionales e histéricas.

La esnefianza religiosa impartida pero no obligatoria en las Escuelas del Estado, responde a estos sanos postulados.

Se asegura también la inviolabilidad de la defensa en jui- cio, en especial, en las causas criminales en que esta en'juego, algo mas que el patrimonio, el honor y la libertad de los indi- viduos.

Por ello no puede condenarse a nadie sin sometérselo pre- viamente a juicio. Este juicio debe ajustarse a las formas procesales que garantizan su eficacia y realizarse ante el juez que la ley designe.

La ley en cuyas normas se basa la condena debe ser ante- rior al hecho de proceso, es decir, seré delito un hecho cuando asi lo califique una ley anterior a la comisién del mismo. Nadie podré ser condenado sin ser oido.