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Historia

CAPÍTULO XII.


Otro predicador del Rey, que fué aquel licenciado Gregorio, que arriba dijimos haberse con los letrados juntando y hecho las siete proposiciones en el cap. 8.º asentadas, dió tambien su parecer, harto diforme de la moderacion que las proposiciones mostraban, y muy á la clara quiso mostrar su ignorancia y temeridad, en perdicion de los indios y en favor del ambicion y cudicia de los que cada hora le hablaban, que desta isla en la corte su condenacion negociaban. Este dijo así: «Muy alto y muy poderoso Señor: Ví una informacion que á Vuestra Alteza escribió un padre religioso de la órden de Sancto Domingo, cerca de la subjeccion que tienen á Vuestra Alteza los indios de la isla Española, y en ella prueba que Vuestra Alteza no se puede servir dellos de mandarlos que sirvan á los cristianos de España en cavar y sacar oro, porque son libres, y por tales Vuestra Alteza los ha tenido, y así los nombra, y no siervos; y pruébalo por una auctoridad de Ezequiel, en el cap. 34, la cual trae Sancto Tomás en un libro que hizo De Regimine Principum, en el libro III, cap. 10 y 11; y porque por parte de Vuestra Alteza me fué mandado que yo dijese mi parecer, lo diré aquí. Y para declaracion de la verdad presupongo lo que Aristóteles dice y todos los doctores; que hay dos maneras de principado, uno es real, y otro es dominico ó despótico, el primero es gobernar libres y súbditos, para el bien y utilidad dellos, el segundo es como de señor á siervo, y, aunque Vuestra Alteza sea Rey y tenga el justo dominio de las Indias, digo que puede muy bien y justamente, como señor, gobernarlos, y que sirvan por su mandado á los cristianos de la manera que sirven, con tanto que